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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G36/G37/G34/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 15 de julio de 2005 Que, en tal sentido, la realización de una Adjudica- ción Directa Pública para la contratación del servicio demantenimiento y soporte técnico de 4000 licencias deusuario del Sistema Operativo Novell Netware no cum- pliría función alguna, debido a que se trata de un servicio que no admite sustitutos, pues es el único que satisfacelas necesidades de la Entidad y, además, puede serprestado por un único proveedor NOVELL INC; Que, al haberse configurado la causal prevista en el literal e) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, resultaprocedente exonerar la contratación del servicio de man-tenimiento y soporte técnico de 4000 licencias de usuariodel Sistema Operativo Novell Netware, de la realizaciónde una Adjudicación Directa Pública; en consecuencia, la contratación del servicio deberá realizarse en forma di- recta mediante acción inmediata, debiéndose invitar a unsolo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracte-rísticas y condiciones establecidas en las Bases, la mis-ma que podrá ser obtenida por cualquier medio de comu-nicación, incluyendo el facsímil y el correo electrónico, tal como lo dispone el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM; Que, según el literal a) del artículo 20º del Texto Úni- co Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio-nes del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, la exoneración debe ser aprobada por reso- lución del Titular del Pliego de la Entidad; Que, de acuerdo con el artículo 8º de la Ley Nº 27056, Ley de Creación del Seguro Social de Salud(ESSALUD), concordado con el artículo 2º del Regla-mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084- 2004-PCM, el Presidente Ejecutivo es la más altaautoridad ejecutiva de ESSALUD y titular del Pliego Presu-puestal, por lo que le corresponde aprobar la exoneración; Que, de otro lado, el artículo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que la contratación del servicio objeto de la exo-neración, será realizada por la dependencia encargadade las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o elórgano designado para el efecto; De conformidad con la atribución conferida por el ar- tículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contra- taciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 083-2004-PCM; SE RESUELVE: 1. APROBAR la exoneración del proceso de Adjudi- cación Directa Pública, para la contratación del serviciode mantenimiento y soporte técnico para 4000 licenciasde usuario del Sistema Operativo Novell Netware por elperíodo de doce (12) meses, por un valor referencial total de US$152,456.80 (Ciento cincuenta y dos mil cua- trocientos cincuenta y seis y 80/100 dólares america-nos) o su equivalente en soles calculado al tipo de cam-bio del día de pago, con cargo a recursos propios. 2. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisiciones apruebe las Bases y se encargue de realizar la contratación, de acuerdo a lo dispuesto en el 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. 3. DISPONER que la Gerencia Central de Adquisicio- nes se encargue de la publicación de la presente Reso-lución en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Con-trataciones del Estado – SEACE. 4. DISPONER que la Secretaría General remita a la Contraloría General de la República y al Consejo Supe-rior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, copiade la presente Resolución y de los informes que la sus-tentan, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes ala fecha de su aprobación. 5. DISPONER que la Secretaría General haga de conocimiento del Consejo Directivo del Seguro Social deSalud la presente Resolución. 6. DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro del plazo de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese JOSE LUIS CHIRINOS CHIRINOS Presidente Ejecutivo 12493INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G73/G6F/G62/G72/G65/G20/G63/G72/G69/G74/G65/G72/G69/G6F/G73 /G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G76/G65/G6E/G63/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G69/G6E/G6D/G75/G65/G62/G6C/G65/G73/G20/G76/G69/G72/G72/G65/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G79/G20/G72/G65/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G61/G6E/G6F/G73/G69/G6E/G74/G65/G67/G72/G61/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G61/G74/G72/G69/G6D/G6F/G6E/G69/G6F/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 061/INC Lima, 26 de enero de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 28296 "Ley General del Patrimonio Cultu- ral de la Nación", establece en el numeral 22.1) del artículo 22º que toda obra pública o privada de edificación nueva,remodelación, restauración, ampliación, refacción, acondicio-namiento, demolición, puesta en valor o cualquier otra queinvolucre un bien inmueble integrante del Patrimonio Culturalde la Nación, requiere para su ejecución de la autorización previa del Instituto Nacional de Cultura; concordante con la Ley Nº 27580 "Ley que Dispone Medidas de Protección quedebe aplicar el Instituto Nacional de Cultura para la Ejecuciónde Obras en Bienes Culturales Inmuebles"; Que, el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacio- nal de Cultura, prescribe que el Instituto Nacional de Cultura es el organismo rector responsable de la promoción y desarrollode las manifestaciones culturales del país y de la investigación,preservación, conservación, restauración, difusión y promo-ción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, la Resolución Directoral Nacional Nº 105/INC del 4 de febrero de 2004, señala que la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republicano, es el órga-no encargado de la identificación, registro y estudio delPatrimonio Histórico Inmueble Colonial y Republicanointegrante del Patrimonio Cultural de la Nación, así comode proponer directivas técnicas y reglamentos relacio- nados a su conservación, preservación y gestión; Que, mediante Informe Nº 202-INC-2004/DREPH-DP- CHR la Dirección de Patrimonio Histórico Colonial y Republi-cano remite a la Dirección Nacional del Instituto Nacional deCultura el Reglamento General de Intervenciones en BienesIntegrantes del Patrimonio Cultural de la Nación de carácter Colonial y Republicano y Procedimientos para obtener auto- rizaciones; el mismo que es necesario aprobar; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Históricoy la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organi- zación y Funciones del Instituto Nacional de Cultura, Ley Nº28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; SE RESUELVE: Artículo Único.- APROBAR la Directiva Nº 001-2005- INC/DREPH-DG "Criterios generales de intervención enbienes inmuebles virreinales y republicanos integrantesdel Patrimonio Cultural de la Nación", que como anexoforma parte integrante de la presente Resolución. Regístrese y comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional ANEXO DIRECTIVA Nº 001-2005-INC/DREPH-DG "CRITERIOS GENERALES DE INTERVENCIÓN EN BIENES INMUEBLES VIRREINALES Y REPUBLICANOS INTEGRANTES DEL PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN" CAPÍTULO I: GENERALIDADES Artículo 1º.- Finalidad de la Directiva La presente Directiva tiene por finalidad normar las intervenciones en bienes inmuebles virreinales y repu-