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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2005 (16/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 296797 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de julio de 2005 de autorización de incremento de flota para la adquisi- ción en el exterior de la embarcación pesquera de acerodenominada "CAPE OF GOOD HOPE" con 3,050 m3 decapacidad de bodega, para la extracción del recursoatún y especies afines; es improcedente porque de au-torizarse excedería la flota permitida por la CIAT paranuestro país, considerando que contamos con autoriza-ciones de incremento de flota vigentes; además la flotanacional estaría constituida por una sola nave no dándo-se margen para otras embarcaciones; Asimismo, se ha observado en los requisitos alcanza- dos por la recurrente, establecidos en el procedimientoNº 12 del Texto Único de Procedimientos Administrati-vos del Ministerio de la Producción, aprobado por De-creto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, en lo que co-rresponde al Contrato de Opción de compra de la citadaembarcación pesquera entre la empresa CARIBE FSMINC y la empresa CAPE FISHERIES S.A., suscrito el 5de julio del 2003, que se encuentra vencido al estable-cerse en sus condiciones la vigencia del plazo de con-trato por 90 días desde la fecha de su suscripción; deotro lado, el Certificado de Clasificación emitido por laSociedad de Clasificación reconocida por el IACS, Bu-reau Veritas, no consigna fecha de emisión ni vigenciade la misma, por lo que no procede otorgar la autoriza-ción de incremento de flota solicitada para la adquisiciónen el exterior de una embarcación pesquera para la ex-tracción del atún y especies afines; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano de la Dirección Nacional de Extracción y Pro-cesamiento Pesquero mediante Informe Nº 214-2004-PRODUCE/DNEPP-Dch y su Ampliatorio; y, con la opi-nión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídi-ca; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y elprocedimiento Nº 12 del Texto Único de ProcedimientosAdministrativos del Ministerio de la Producción, aproba-do por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar improcedente la solicitud de autorización de incremento de flota presentada por laempresa CAPE FISHERIES S.A., para la adquisición deuna embarcación pesquera denominada "CAPE OFGOOD HOPE", con 3,050 m3 de capacidad de bodegapara la extracción del recurso hidrobiológico atún y es-pecies afines; empleando redes de cerco, por las razo-nes expuestas en la parte considerativa de la presenteresolución. Artículo 2º.- Transcribir la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar-dacostas del Ministerio de Defensa, a la Dirección Na-cional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministeriode la Producción y a las Direcciones Regionales Secto-riales de la Producción del Litoral y consignarse en elPortal de la Página Web del Ministerio de la Producción: www.produce.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO RICHTER BENDEZU Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero (e) 12655 Aprueban cambio de titular de permi- so de pesca para operar embarcación de bandera nacional RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 156-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 7 de junio del 2005Visto el escrito de registro Nº CE-09995003 de fecha 26 de noviembre del 2004, presentado por EMPRESAPESQUERA COMANCHE S.A.C.; CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Ministerial Nº 607-97-PE de fecha 20 de octubre de 1997, se otorgó permiso depesca a plazo determinado, a la EMPRESA PESQUERAMAUI S.A., para operar la embarcación pesquera debandera nacional "INJEPASA V" con matrícula Nº CE-6613-PM de 385.33 m³ de capacidad de bodega, paradedicarse a la extracción de los recursos hidrobiológi-cos anchoveta y sardina con destino al consumo huma-no indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las5 millas costeras, utilizando red de cerco con longitudmínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que el artículo 5º de la Resolución Ministerial Nº 240- 98-PE de fecha 13 de mayo de 1998, modifica la denomi-nación de la embarcación pesquera "INJEPASA V" dematrícula Nº CE-6613-PM, por la denominación de "CO-MANCHE III"; Que mediante el escrito del visto, EMPRESA PES- QUERA COMANCHE S.A.C. solicita el cambio del titulardel permiso de pesca para operar la embarcación pes-quera "COMANCHE III" de matrícula Nº CE-6613-PM,de 385.33 m³ de capacidad de bodega; Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligablede la embarcación a la que corresponde y que durantesu vigencia, la transferencia de la propiedad o posesiónde las embarcaciones pesqueras de bandera nacionaldurante la vigencia del permiso de pesca conlleva latransferencia de dicho permiso en los mismos términosy condiciones en que fue otorgado; Que los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre del 2002,establecen que los recursos sardina (Sardinops sagaxsagax), jurel (Trachurus picturatus murphy) y caballa(Scomber japonicus peruanus) serán destinados al con-sumo humano directo y que los armadores de las em-barcaciones pesqueras con permiso de pesca indistin-tamente para los recursos sardina, jurel y caballa condestino al consumo humano directo y/o indirecto, sólopodrán desarrollar actividades extractivas de los recur-sos en mención, en el marco del Régimen de Abasteci-miento Permanente a la Industria Conservera, Congela-dora y de Curados aprobado por Resolución MinisterialNº 150-2001-PE, debiendo adecuarse a las disposicio-nes contenidas en la citada resolución; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que larecurrente ha cumplido con presentar los requisitos es-tablecidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único deProcedimientos Administrativos del Ministerio de la Pro-ducción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que resulta procedente aprobar elcambio del titular solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto a través del Informe Nº 405 -2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la visación de la OficinaGeneral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 34º, del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobadopor Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, apro-bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y las Reso-luciones Ministeriales Nºs. 229-2002-PRODUCE y 284-2003-PRODUCE; SE RESUELVE:Artículo 1º.- APROBAR el cambio del titular del per- miso de pesca solicitado por EMPRESA PESQUERACOMANCHE S.A.C. para operar la embarcación pesque-ra "COMANCHE III" de matrícula Nº CE-6613, en losmismos términos y condiciones en que fue otorgado,respetando lo establecido por la normatividad pesqueravigente