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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 16 DE JULIO DEL AÑO 2005 (16/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

PÆg. 296803 NORMAS LEGALES Lima, sábado 16 de julio de 2005 ción a los centros educativos estatales y a organizacio- nes sociales con fines educativos, de capacitación o depromoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministe-rios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley delPoder Ejecutivo, determinándose el número de Ministe-rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Mi-nisterio de la Presidencia, quedando extinguido para to-dos sus efectos, el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, según corresponda, asumía las compe-tencias, funciones, atribuciones, los derechos y obliga-ciones del Viceministerio de Infraestructura, del Progra-ma de Equipamiento Básico Municipal y los órganos deapoyo, control, defensa judicial y asesoría del Ministeriode la Presidencia; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento es un organismo público integrante del Po-der Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacióny Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Or-ganización y Funciones aprobado por Decreto Supre-mo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misiónmejorar las condiciones de vida de la población facili-tando su acceso a una vivienda adecuada y a losservicios básicos, proporcionando el ordenamiento,crecimiento, conservación, mantenimiento y protec-ción de los centros de población y sus áreas de in-fluencia, fomentando la participación de las organiza-ciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversiónprivada; Que, a través del Oficio de Vistos, el Sr. Julio Víctor Dávalos Flores, Alcalde de la Municipalidad provincial deJorge Basadre, solicitó al Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento la donación de maquinaria parala industria del cuero y mecánica de producción; Que, mediante Memorándum Nº 115-2005/ VIVIENDA-VMCS-PREBAM el Programa de Equipamien-to Básico Municipal remitió el Informe Técnico Nº 039-2005/VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, en el cual se pre-cisó que la entidad solicitante cuenta con infraestructuraadecuada para recibir e instalar la maquinaria solicitadacomo donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de Equipa-miento Básico Municipal - PREBAM y actuando de con-formidad con lo dispuesto en la Directiva para el Proce-dimiento Administrativo respecto de los actos de dispo-sición de bienes muebles no patrimoniales asumidos porel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamientopara ser transferidos, aprobada por la Resolución deSecretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opinapor la procedencia de la donación de la maquinaria deta-llada en el Anexo que forma parte integrante de la pre-sente Resolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1,que forman parte integrante de la presente Resolución,a favor de la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre,departamento de Tacna, con la finalidad de implementarun Maquicentro para el Colegio “Nuestro Señor de Lo-cumba”. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº27779, Ley Nº 27792 y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar la donación de la maquinaria descrita en el Anexo 1, que forma parte integrante dela presente Resolución, valorizadas en S/. 9,592.41(Nueve Mil Quinientos Noventa y Dos con 41/100), afavor de la Municipalidad Provincial de Jorge Basadre,departamento de Tacna, con la finalidad de implemen-tar el Maquicentro para el Colegio “Nuestro Señor deLocumba”.Artículo 2º.- El Programa de Equipamiento Básico Municipal será responsable de velar porque se cumplacon la finalidad de la donación. Artículo 3º.- Transcribir la presente Resolución Mi- nisterial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y ala Contraloría General de la República dentro de los tér-minos establecidos por Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 12678 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 169-2005-VIVIENDA Lima, 15 de julio de 2005Vistos; el Oficio Nº 115-2003-MDC-ALC de fecha 13 de noviembre de 2003, presentado por la MunicipalidadDistrital de Copa, provincia de Cajatambo, departamen-to de Lima; el Informe Técnico Nº 043-2005-VIVIENDA/VMCS/PREBAM-ARR del Programa de EquipamientoBásico Municipal y el Memorándum Nº 049-2005-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96 se dispuso la adquisición de maquinaria para la industria delcalzado, confección y tejido, procedentes de la Repúbli-ca Popular China con la finalidad de equipar a pequeñosy microempresarios; dicha norma fue modificada por De-creto de Urgencia Nº 023-97, con el cual se autorizódestinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%)de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto deUrgencia Nº 111-96 a entidades educativas del país,asimismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 semodificó el Decreto de Urgencia Nº 023-97 disponiendoque del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bie-nes de capital, se podrían transferir en calidad de dona-ción a los centros educativos estatales y a organizacio-nes sociales con fines educativos, de capacitación o depromoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministe-rios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley delPoder Ejecutivo, determinándose el número de Ministe-rios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vi-vienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposi- ción Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Mi-nisterio de la Presidencia, quedando extinguido para to-dos sus efectos, el 31 de julio de 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, según corresponda, asumía las compe-tencias, funciones, atribuciones, los derechos y obliga-ciones del Viceministerio de Infraestructura, del Progra-ma de Equipamiento Básico Municipal y los órganos deapoyo, control, defensa judicial y asesoría del Ministeriode la Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento es un organismo público integrante del PoderEjecutivo, que se rige por su Ley de Organización yFunciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organi-zación y Funciones aprobado por Decreto SupremoNº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejo-rar las condiciones de vida de la población facilitando suacceso a una vivienda adecuada y a los servicios bási-cos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, con-servación, mantenimiento y protección de los centrosde población y sus áreas de influencia, fomentando laparticipación de las organizaciones de la sociedad civil yde la iniciativa e inversión privada; Que, a través del Oficio de Vistos, el Sr. Quintiliano Cayetano Díaz, Alcalde de la Municipali-