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PÆg. 297079 NORMAS LEGALES Lima, lunes 18 de julio de 2005 Aprueban cambio de titular de permi- so de pesca a favor de Industrial Pes-quera Santa Mónica S.A. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 164-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 15 de junio del 2005Visto el escrito con registro Nº CE-10267003 del 7 de diciembre del 2004 y su adjunto del 18 de febrero del 2005, presentado por la empresa INDUSTRIAL PES- QUERA SANTA MONICA S.A.; CONSIDERANDO:Que, por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE del 29 de mayo del 2003, se aprobó el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza, en cuyonumeral 5.4 del artículo 5º se establece que para dedi-carse a la extracción del citado recurso, debe utilizarsered de arrastre con tamaño mínimo de malla de 110 mm.en el copo; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 570-97-PE del 15 de octubre de 1997, se otorgó permiso de pescaa plazo determinado, a la empresa CONSORCIO PACI-FICO SUR S.R.Ltda., para operar la embarcación pes-quera de bandera nacional denominada INES, de matrí-cula PT-0937-PM y 91.91 m 3 de capacidad de bodega, en la extracción del recurso hidrobiológico merluza con destino al consumo humano directo, en el ámbito dellitoral peruano, utilizando cajas con hielo como sistemade preservación a bordo y redes de arrastre con longi-tud mínima de malla en el copo de 90 mm.; Que, a través del escrito del visto, la empresa INDUS- TRIAL PESQUERA SANTA MONICA S.A. solicitó cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pes-quera INES, de matrícula PT-0937-CM, de 91.91 m 3 de capacidad de bodega, para la extracción del recursomerluza empleando red de arrastre y con destino al con-sumo humano directo; dado que la embarcación fue obje- to de compra-venta a favor de esta empresa, siendo ne-cesario regularizar la titularidad del permiso de pesca; Que, de la evaluación efectuada a los documentos presentados con el escrito del visto y la aplicabilidad de la legislación pesquera vigente, se ha determinado queel recurrente ha cumplido con presentar los requisitossustantivos y los establecidos en el procedimiento Nº 6del Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de la Producción, aprobado por Decreto Su- premo Nº 035-2003-PRODUCE; Que, al haberse precisado en el artículo 34º de la Ley General de Pesca, D.L. Nº 25977, que: “... la transferen-cia de la propiedad o la posesión de las embarcacionespesqueras de bandera nacional durante la vigencia delpermiso de pesca, conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron”, el cambio de titular solicitado debe efec-tuarse en los mismos términos y condiciones señaladasen la Resolución Ministerial Nº 570-97-PE; en razón aello resulta procedente aprobar el cambio de titular delpermiso de pesca de la embarcación pesquera INES, de matrícula PT-0937-CM y 91.91 m3 de capacidad de bo- dega y establecer que el tamaño mínimo de malla de lared de arrastre debe estar conforme a lo dispuesto en elnumeral 5.4 del artículo 5º del Reglamento de Ordena-miento Pesquero de la merluza, aprobado por DecretoSupremo Nº 016-2003-PRODUCE; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano mediante Informe Nº 080-2005-PRODUCE/DNEPP-Dch y con el visado de la Oficina General deAsesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Regla- mento de Ordenamiento Pesquero de la merluza apro-bado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE, laResolución Ministerial Nº 011-2005-PRODUCE y el Tex-to Único de Procedimientos Administrativos del Ministe-rio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberántener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete y deberán venir elaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU