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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G33/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 21 de julio de 2005 costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante Resolución Directoral Nº 201-2000-PE/ DNE de fecha 27 de julio de 2000, se autorizó el cambio detitular del permiso de pesca de la embarcación "PIRATA"de matrícula CE-2792-PM a favor de REPRESENTA-CIONES CHAVEZ S.R.Ltda. dejando sin efecto la titulari-dad del permiso de pesca otorgado a los señores LUCIOCHAVEZ VILLALOBOS y BENIGNA CELIS GONZALES; Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable dela embarcación a la que corresponde y que durante suvigencia la transferencia de la propiedad o posesión de lasembarcaciones pesqueras de bandera nacional conllevala transferencia de dicho permiso en los mismos términos ycondiciones en que fue otorgado; Que el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE de fecha 5 de setiembre de 2002, que los recursos sardina( Sardinops sagax sagax ), jurel (Trachurus picturatus mur- phy) y caballa ( Scomber japonicus peruanus ) serán desti- nados para el consumo humano directo; Que mediante los escritos del visto la empresa PES- QUERA TRES MARIAS S.A.C., solicita cambio de titular delpermiso de pesca de la embarcación "PIRATA" de matrícu-la CE-2792-CM de 111.09 m 3 de capacidad de bodega; Que de la evaluación a los documentos que obran en el expediente se ha verificado que el BANCO DE CRÉDITODEL PERU adquirió la embarcación pesquera denominada"PIRATA" mediante contrato de compra-venta celebradocon REPRESENTACIONES CHAVEZ S.R.L., tal como cons-ta en la Escritura Pública de fecha 27 de noviembre de2003, extendida ante Notario Público Ricardo Ortiz de Ze-vallos Villarán, asimismo, la citada entidad financiera seencuentra acreditada como propietaria en el CertificadoCompendioso de Dominio, emitido por el Registro de Em-barcaciones Pesqueras de la Zona Registral Nº VII - Ofici-na Registral de Chimbote de la Superintendencia Nacionalde los Registros Públicos, documento en el cual además,se deja constancia que actualmente la embarcación "PI-RATA" se encuentra otorgada en Arrendamiento Financie-ro a favor de la empresa PESQUERA TRES MARÍAS S.A.C.; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente se ha determinado que la recu-rrente ha cumplido con presentar los requisitos estable-cidos en el procedimiento Nº 6 del Texto Único de Procedi-mientos Administrativos del Ministerio de la Producción,aprobado mediante Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE, por lo que es procedente aprobar el cambio detitular de permiso de pesca solicitado; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto mediante Informes Nºs. 038 y 143-2005-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con el visado de la Oficina Ge-neral de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único de Pro-cedimientos Administrativos aprobado por Decreto Supre-mo Nº 035-2003-PRODUCE; y, En uso de la facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado por la empresa PESQUERA TRESMARIAS S.A.C., por los fundamentos expuestos en laparte considerativa de la presente Resolución Directoral. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgada por la Resolución Ministerial Nº 633-97-PE modificada por Resolución Directoral Nº 201-2000-PE/DNE a REPRESENTACIONES CHAVEZ S.R.Ltda. con res-pecto a la embarcación "PIRATA". Artículo 3º.- Incorporar a la empresa PESQUERA TRES MARIAS S.A.C. como titular del permiso de pesca paraoperar la embarcación pesquera "PIRATA" de matrículaCE-2792-CM de 111.09 m 3 de capacidad de bodega, así como la presente Resolución, al Anexo I y Anexo V de laResolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE y al AnexoIII de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE,excluyendo a la empresa REPRESENTACIONES CHAVEZS.R.Ltda. de los indicados anexos con respecto a la citadaembarcación. Artículo 4º.- El permiso de pesca a que se refiere la presente Resolución será ejercido conforme a lo dispuestopor el Decreto Supremo Nº 001-2002-PRODUCE, queestablece que los recursos sardina, jurel y caballa serán destinados al consumo humano directo, o las normasque lo modifiquen o sustituyan, y a las sanciones previs-tas por su incumplimiento establecidas en el DecretoSupremo Nº 003-2004-PRODUCE. En este supuesto latotalidad de la bodega de la embarcación debe mante-ner implementado y operativo el medio o el sistema depreservación a bordo RSW o CSW, cuyo funcionamientoes obligatorio. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostasdel Ministerio de Defensa, a la Dirección Nacional de Se-guimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produc-ción, a las Direcciones Regionales Sectoriales del litoral yconsignarse en el Portal de la Página Web del Ministerio dela Producción: www.produce.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.FERNANDO RICHTER BENDEZÚ Director Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero (e) 12902 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 174-2005-PRODUCE/DNEPP Lima, 22 de junio del 2005 Visto el escrito de registro Nº CE-10942003 de fecha 16 de diciembre del 2004, presentado por el señorCRISTOBAL GALAN CHIMOY; CONSIDERANDO:Que mediante Resolución Directoral Nº 057-98-CTAR- LL/DIREPE, de fecha 28 de setiembre de 1998, se otorgóal señor JULIO VALERIANO GALAN RAMIREZ permiso depesca a plazo determinado para operar la embarcaciónpesquera "SANTA ELVIRA 2" de matrícula Nº PO-6029-BMcon 36.9 m³ de capacidad de bodega, para dedicarse a laextracción de los recursos hidrobiológicos anchoveta y sar-dina con destino al consumo humano directo e indirectoutilizando redes de cerco con longitud mínima de aberturade malla de ½ pulgada (13 mm.) y 1 ½ pulgadas (38 mm.)en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5)millas costeras; Que mediante Resolución Directoral Nº 036-2000-PRE/ P de fecha 29 de noviembre del 2000, se amplió el permisode pesca otorgado por Resolución Directoral Nº 057-98-CTAR-LL/DIREPE para dedicarse a la extracción de losrecursos hidrobiológicos jurel y caballa con destino al con-sumo humano directo, utilizando redes de cerco, con tama-ño mínimo de abertura de malla de 1 ½ pulgadas (38 mm.),en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cinco (5)millas costeras; Que mediante el escrito del visto, el señor CRISTOBAL GALAN CHIMOY solicita el cambio del titular del permiso depesca de la embarcación pesquera "SANTA ELVIRA 2", dematrícula Nº PL-6029-CM, con 36.04 m³ de capacidad debodega, al haberle sido transferida como anticipo de he-rencia; Que por Nota Nº 911-2005-PRODUCE/OGAJ de fe- cha 10 de mayo de 2005, la Oficina General de AsesoríaJurídica solicita a la Dirección Nacional de Extracción yProcesamiento Pesquero que especifique la real capaci-dad de bodega de la embarcación pesquera "SANTAELVIRA 2"; Que mediante informe Nº 166-2005-PRODUCE/DNE- PP-Dchi de fecha 13 de mayo de 2005, la DirecciónNacional de extracción y Procesamiento Pesquero ma-nifiesta que la capacidad de bodega de la embarcaciónpesquera "SANTA ELVIRA 2" de matrícula Nº PL-6029-CM asciende a 36.03 m³, de acuerdo a lo señalado enel certificado de matrícula de fecha 12 de mayo de2004; Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el permiso de pesca es indesligable dela embarcación a la que corresponde y que durante suvigencia, la transferencia de la propiedad o posesión delas embarcaciones pesqueras de bandera nacional duran-te la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferen-cia de dicho permiso en los mismos términos y condicionesen que se otorgaron;