Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2005 (21/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2005

Que, la Contraloria General de la Republica a traves del Oficio Nº 493-2004-CG/ORIQ de 17.AGO.2004 dispuso se efectue una verificacion de denuncia en torno a presuntas irregularidades detectadas en la anterior y actual gestion edilicia de la Municipalidad Distrital de Maquia - provincia de MORDAZA - Region MORDAZA, designando para el caso una Comision a efectos de realizar la mencionada verificacion; Que, como resultado de dicha verificacion se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 001-2005CG/ORIQ de 23.FEB.2005, en el cual se ha determinado presuntas irregularidades al haberse detectado en la Municipalidad Distrital de Maquia la existencia de egresos efectuados que aun se encuentran pendientes de rendicion, habiendose adquirido bienes que no han sido ingresados al almacen, afectando los recursos de la entidad; recursos provenientes del prestamo otorgado por el Banco de la Nacion fueron utilizados para fines distintos a los establecidos; asimismo, se favorecio indebidamente a una empresa en el MORDAZA de seleccion y ejecucion de la obra "RED DE DISTRIBUCION SECUNDARIA, ALUMBRADO PUBLICO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS - LOCALIDAD DE SAN MORDAZA - MAQUIA"; se realizo la adquisicion de equipos de comunicacion sin llevarse a cabo el MORDAZA de seleccion respectivo, favoreciendo indebidamente a un proveedor; no se ha reportado el destino de parte de la ayuda humanitaria brindada por el INDECI, desconociendose el uso dado a los bienes donados, asimismo personas que figuran como beneficiarios manifiestan no haber recibido lo senalado en los padrones respectivos; se sustentaron gastos con documentacion irregular; adquisiciones de combustible fueron realizadas sin contar con los requerimientos respectivos y no fueron ingresados en su totalidad a los almacenes de la municipalidad; la autoridad municipal, no ha cumplido con sustentar los viaticos y bolsa de viaje otorgados por su viaje en comision de servicios a la MORDAZA de Miami - Estados Unidos; se omitio llevar a cabo el MORDAZA de seleccion respectivo para la contratacion de servicios de consultoria, destinados a la elaboracion de expedientes tecnicos, favoreciendose a determinada empresa; adquisiciones de articulos de primera necesidad fueron realizadas sin contar con los requerimientos respectivos y no fueron ingresadas en su totalidad a los almacenes de la municipalidad; las planillas de salarios y relacion de servicios no personales - locacion de servicios del ejercicio 2003 contienen informacion falsa; se otorgaron prestamos a regidores de la municipalidad, los cuales mantienen aun saldo pendiente de devolver; se utilizaron boletas de venta y facturas con informacion irregular para justificar gastos efectuados por bienes y servicios; y por ultimo, adquisiciones de medicinas fueron realizadas sin contar con los requerimientos respectivos y no fueron ingresadas en su totalidad a los almacenes de la municipalidad; Que, la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 - Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Oficio de Vistos, segun el cual los hechos presuntamente irregulares detectados por la Contraloria General, son objeto de MORDAZA penal abierto ante el Juzgado Mixto de la Provincia de MORDAZA, seguido contra autoridades y funcionarios de la Municipalidad Distrital de Maquia - provincia de MORDAZA - Region MORDAZA, por los delitos de Omision de Actos Funcionales, Colusion, Peculado, Malversacion de Fondos, Aprovechamiento Indebido del Cargo, Falsificacion de Documentos y Falsedad Ideologica, ilicitos previstos y sancionados en los articulos 377º, 384º, 387º, 389º, 397º, 427º y 428º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en los documentos de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion Politica del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modificatorias;

Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, se apersone ante las instancias pertinentes e impulse las acciones legales correspondientes por los hechos expuestos en los Oficios de Vistos, remitiendosele para el efecto los antecedentes del caso. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 12884 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 322-2005-CG MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 018-2005-CG/ GDPC de 7.JUL.2005, los Oficios Nºs. 744 y 788-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 13 y 26.MAY.2005, respectivamente y el Atestado Nº 040-2005-DIRCOCOR-PNP/ DIVPACGR de 11.MAY.2005, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Municipalidad Distrital de Chazuta - departamento y Region San Martin; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves del Oficio Nº 428-2004-CG/ORMO de 10.AGO.2004 dispuso se efectue una Verificacion de Denuncias en torno a presuntas irregularidades cometidas en la Municipalidad Distrital de Chazuta - departamento y Region San MORDAZA, designando para el caso una Comision a efectos de realizar la mencionada verificacion; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 001-2004-CG/ ORMO de 13.OCT.2004, en el cual se han determinado presuntas irregularidades en torno a la inversion de fondos del prestamo otorgado por el Banco de la Nacion para la construccion de la Plaza de MORDAZA de Chazuta - Primera Etapa, y en el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva realizado a efectos de la construccion de dicha Plaza; y, la indebida utilizacion de los recursos economicos del FONCOMUN, al haberse ejecutado gastos carentes de sustentacion documentaria o rendicion de cuenta documentaria, otorgados a favor de la autoridad municipal y de terceras personas; Que, la mencionada Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional Adscrita a la Contraloria General, conforme a sus atribuciones senaladas en los articulos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 Ley Organica de la Policia Nacional del Peru, ha elaborado el Atestado de Vistos, el mismo que fue remitido por dicha Unidad Tecnica con Oficio Nº 744-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 13.MAY.2005 a la Primera Fiscalia Provincial Penal de San MORDAZA - Tarapoto, a fin que este organo formalice la denuncia pertinente ante el Juzgado Penal competente para el caso, por la comision de los delitos de Omision de Actos Funcionales, Abandono de Cargo, Colusion, Peculado, Malversacion de Fondos, Negociacion Incompatible con el Cargo y Falsedad Generica, ilicitos previstos y sancionados por los articulos 377º, 380º, 384º, 387º, 389º, 397º y 438º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, participar en los procesos judiciales, administrativos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de los intereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobre recursos y bienes de este, por lo que resulta conveniente autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, a fin que se apersone e impulse las acciones legales correspondientes e interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de la defensa judicial de los derechos e intereses del Estado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el articulo 47º de la Constitucion

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