TEXTO PAGINA: 48
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G33/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 21 de julio de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Contraloría General de la República a través del Oficio Nº 493-2004-CG/ORIQ de 17.AGO.2004 dispu-so se efectúe una verificación de denuncia en torno apresuntas irregularidades detectadas en la anterior y ac-tual gestión edilicia de la Municipalidad Distrital de Maquía- provincia de Requena - Región Loreto, designando parael caso una Comisión a efectos de realizar la mencionadaverificación; Que, como resultado de dicha verificación se ha emiti- do el Informe de Verificación de Denuncias Nº 001-2005-CG/ORIQ de 23.FEB.2005, en el cual se ha determinadopresuntas irregularidades al haberse detectado en la Muni-cipalidad Distrital de Maquía la existencia de egresos efec-tuados que aún se encuentran pendientes de rendición,habiéndose adquirido bienes que no han sido ingresadosal almacén, afectando los recursos de la entidad; recursosprovenientes del préstamo otorgado por el Banco de laNación fueron utilizados para fines distintos a los estable-cidos; asimismo, se favoreció indebidamente a una empre-sa en el proceso de selección y ejecución de la obra “REDDE DISTRIBUCIÓN SECUNDARIA, ALUMBRADO PÚBLI-CO Y CONEXIONES DOMICILIARIAS - LOCALIDAD DESAN ROQUE - MAQUÍA”; se realizó la adquisición de equi-pos de comunicación sin llevarse a cabo el proceso deselección respectivo, favoreciendo indebidamente a unproveedor; no se ha reportado el destino de parte de laayuda humanitaria brindada por el INDECI, desconocién-dose el uso dado a los bienes donados, asimismo perso-nas que figuran como beneficiarios manifiestan no haberrecibido lo señalado en los padrones respectivos; se sus-tentaron gastos con documentación irregular; adquisicio-nes de combustible fueron realizadas sin contar con losrequerimientos respectivos y no fueron ingresados en sutotalidad a los almacenes de la municipalidad; la autoridadmunicipal, no ha cumplido con sustentar los viáticos y bolsade viaje otorgados por su viaje en comisión de servicios ala ciudad de Miami - Estados Unidos; se omitió llevar a caboel proceso de selección respectivo para la contratación deservicios de consultoría, destinados a la elaboración deexpedientes técnicos, favoreciéndose a determinada em-presa; adquisiciones de artículos de primera necesidadfueron realizadas sin contar con los requerimientos respec-tivos y no fueron ingresadas en su totalidad a los almace-nes de la municipalidad; las planillas de salarios y relaciónde servicios no personales - locación de servicios del ejer-cicio 2003 contienen información falsa; se otorgaron prés-tamos a regidores de la municipalidad, los cuales mantie-nen aún saldo pendiente de devolver; se utilizaron boletasde venta y facturas con información irregular para justificargastos efectuados por bienes y servicios; y por último, ad-quisiciones de medicinas fueron realizadas sin contar conlos requerimientos respectivos y no fueron ingresadas ensu totalidad a los almacenes de la municipalidad; Que, la Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacio- nal Adscrita a la Contraloría General conforme a sus atribucio-nes señaladas en los artículos 3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6)de la Ley Nº 27238 - Ley Orgánica de la Policía Nacional delPerú, ha elaborado el Oficio de Vistos, según el cual los he-chos presuntamente irregulares detectados por la ContraloríaGeneral, son objeto de proceso penal abierto ante el JuzgadoMixto de la Provincia de Requena, seguido contra autoridadesy funcionarios de la Municipalidad Distrital de Maquía - provin-cia de Requena - Región Loreto, por los delitos de Omisión deActos Funcionales, Colusión, Peculado, Malversación de Fon-dos, Aprovechamiento Indebido del Cargo, Falsificación deDocumentos y Falsedad Ideológica, ilícitos previstos y sancio-nados en los artículos 377º, 384º, 387º, 389º, 397º, 427º y428º del Código Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repú-blica, constituye atribución de este Organismo Superior deControl, participar en los procesos judiciales, administrati-vos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de losintereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobrerecursos y bienes de éste, por lo que resulta convenienteautorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judi-ciales de la Contraloría General de la República, a fin que seapersone e impulse las acciones legales correspondientese interponga los recursos que la Ley le faculta en aras de ladefensa judicial de los derechos e intereses del Estado, porlos hechos revelados en los documentos de Vistos; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Estado, el Decreto Ley Nº 17537, y sus modifi-catorias;SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al señor Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloría Generalde la República, para que en nombre y representación delEstado, se apersone ante las instancias pertinentes e im-pulse las acciones legales correspondientes por los he-chos expuestos en los Oficios de Vistos, remitiéndoselepara el efecto los antecedentes del caso. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 12884 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 322-2005-CG Lima, 18 de julio de 2005Vistos; la Hoja de Recomendación Nº 018-2005-CG/ GDPC de 7.JUL.2005, los Oficios Nºs. 744 y 788-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 13 y 26.MAY.2005, res-pectivamente y el Atestado Nº 040-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 11.MAY.2005, resultante de las investiga-ciones realizadas por la Unidad Técnica Especializada dela Policía Nacional del Perú Adscrita a la Contraloría Gene-ral de la República, en la Municipalidad Distrital de Chazuta- departamento y Región San Martín; y, CONSIDERANDO:Que, la Contraloría General de la República, a través del Oficio Nº 428-2004-CG/ORMO de 10.AGO.2004 dispu-so se efectúe una Verificación de Denuncias en torno apresuntas irregularidades cometidas en la MunicipalidadDistrital de Chazuta - departamento y Región San Martín,designando para el caso una Comisión a efectos de reali-zar la mencionada verificación; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verificación de Denuncias Nº 001-2004-CG/ORMO de 13.OCT.2004, en el cual se han determinadopresuntas irregularidades en torno a la inversión de fondosdel préstamo otorgado por el Banco de la Nación para laconstrucción de la Plaza de Armas de Chazuta - PrimeraEtapa, y en el proceso de Adjudicación Directa Selectivarealizado a efectos de la construcción de dicha Plaza; y, laindebida utilización de los recursos económicos del FON-COMÚN, al haberse ejecutado gastos carentes de susten-tación documentaria o rendición de cuenta documentaria,otorgados a favor de la autoridad municipal y de terceraspersonas; Que, la mencionada Unidad Técnica Especializada de la Policía Nacional Adscrita a la Contraloría General,conforme a sus atribuciones señaladas en los artículos3º, 7º numeral 2) y 8º numeral 6) de la Ley Nº 27238 -Ley Orgánica de la Policía Nacional del Perú, ha elabo-rado el Atestado de Vistos, el mismo que fue remitido pordicha Unidad Técnica con Oficio Nº 744-2005-DIRCO-COR-PNP/DIVPACGR de 13.MAY.2005 a la Primera Fis-calía Provincial Penal de San Martín - Tarapoto, a finque este órgano formalice la denuncia pertinente ante elJuzgado Penal competente para el caso, por la comisiónde los delitos de Omisión de Actos Funcionales, Aban-dono de Cargo, Colusión, Peculado, Malversación deFondos, Negociación Incompatible con el Cargo y False-dad Genérica, ilícitos previstos y sancionados por losartículos 377º, 380º, 384º, 387º, 389º, 397º y 438º delCódigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo con lo establecido en el literal o) del artículo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del SistemaNacional de Control y de la Contraloría General de la Repú-blica, constituye atribución de este Organismo Superior deControl, participar en los procesos judiciales, administrati-vos, arbitrales u otros, para la adecuada defensa de losintereses del Estado, cuando tales procesos incidan sobrerecursos y bienes de éste, por lo que resulta convenienteautorizar al Procurador Público a cargo de los asuntosjudiciales de la Contraloría General de la República, a finque se apersone e impulse las acciones legales correspon-dientes e interponga los recursos que la Ley le faculta enaras de la defensa judicial de los derechos e intereses delEstado, por los hechos revelados en el Atestado de Vistos; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución