Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2005 (21/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2005

Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 dispone que los viajes al exterior que irroguen gasto al Tesoro Publico, de funcionarios, servidores publicos o representantes del Poder Ejecutivo, a que se refieren el primer y MORDAZA parrafo del articulo 1º de la Ley Nº 27619, quedan prohibidos por el ejercicio fiscal 2005, prohibicion que no es aplicable a los sectores Relaciones Exteriores y Comercio Exterior y Turismo, asi como la Direccion de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyos casos los viajes seran autorizados a traves de resolucion del Titular del Pliego respectivo, la misma que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano MORDAZA del inicio de la comision de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares aeronauticos internacionales establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria ­ I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, la empresa Taca Peru S.A., con Carta GO-378/ 05, del 30 de junio de 2005, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar un chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 319/320, en el Centro de Entrenamiento CAE de la MORDAZA de Miami, a su personal aeronautico propuesto, durante el dia 25 de MORDAZA de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nº 18898 y 18899, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspeccion, estan integramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1314-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA Mecklenburg Raschio, para realizar un chequeo tecnico en simulador de vuelo del equipo Airbus 319/320, en el Centro de Entrenamiento CAE, al personal aeronautico propuesto por la empresa Taca Peru S.A., en la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 24 al 26 de MORDAZA de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar el chequeo tecnico a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1314-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA Mecklenburg Raschio, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Miami, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 24 al 26 de MORDAZA de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion.. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido integramente cubierto por la empresa Taca Peru S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nº 18898 y 18899, abonados a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, inclu-

yendo las asignaciones por concepto de viaticos y tarifa por uso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle : Viaticos Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ US$ 660.00 28.24

Articulo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el articulo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el articulo 1º de la presente Resolucion Ministerial, dentro de los quince (15) dias calendario siguientes de efectuado el viaje, debera presentar un informe al Despacho Ministerial, con MORDAZA a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial no MORDAZA derecho a exoneracion o liberacion de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 12889

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador impulsar acciones legales sobre presuntas irregularidades en las Municipalidades Provincial de Picota y Distritales de Pulan, Maquia, Chazuta y Moche
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 319-2005-CG MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 Vistos; la Hoja de Recomendacion Nº 15-2005-CG/GDPC de 24.JUN.2005, los Oficios Nºs. 713, 714 y 716-2005DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 11.MAY.2005, respectivamente y el Atestado Nº 035-2005-DIRCOCOR-PNP/DIVPACGR de 10.MAY.2005, resultante de las investigaciones realizadas por la Unidad Tecnica Especializada de la Policia Nacional del Peru Adscrita a la Contraloria General de la Republica, en la Municipalidad Provincial de Picota departamento y Region San Martin; y, CONSIDERANDO: Que, la Contraloria General de la Republica, a traves del Oficio Nº 476-2004-CG/ORMO de 13.SET.2004 dispuso se efectue una Verificacion de Denuncia en torno a presuntas irregularidades cometidas en la Municipalidad Provincial de Picota - departamento y Region San MORDAZA, designando para el caso una Comision a efectos de realizar la mencionada verificacion; Que, como resultado de dicha actividad se ha emitido el Informe de Verificacion de Denuncias Nº 002-2004-CG/ ORMO de 16.DIC.2004, en el cual se han determinado presuntas irregularidades en torno a que la autoridad y funcionarios de la citada municipalidad, en forma concertada con los representantes de determinada empresa, permitieron la ejecucion del servicio de instalacion de telefonia rural sin que MORDAZA existido ninguna relacion contractual formal ni legal, ni parametros de comparacion que permitan definir la necesidad de la entidad edilicia; asimismo la autoridad municipal unilateralmente decidio percibir por concepto de productividad determinada suma de dinero, durante los meses de FEB.-MAY. 2003, disponiendo indebidamente de los recursos del FONCOMUN, ordenando se le otorgara un monto adicional para sufragar los gastos de un proyecto, sin embargo utilizo dicha suma para pretender sustentar la devolucion de lo ilegalmente percibido por productividad elaborando documentacion que no se ajusta a la verdad y adulterada en otros casos; asimismo sin contrato ni justificacion alguna, se realizaron pagos a determinada empresa, que no estuvieron previstos en el PIA 2003, sustentando el egreso de naturaleza corriente al "crear" un proyecto que denominaron "Mejoramiento de la Calidad

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