Norma Legal Oficial del día 21 de julio del año 2005 (21/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, jueves 21 de MORDAZA de 2005
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

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Articulo Unico.- Declarar INFUNDADO el recurso de reconsideracion interpuesto por la senora MORDAZA MORDAZA INURRITEGUI MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 265-2004-PRODUCE/DNEPP, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 12904

Amplian provisionalmente permiso de pesca para extraccion de recurso anchoveta en cumplimiento de resoluciones judiciales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 177-2005-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 22 de junio del 2005 Visto las Resoluciones Nºs. 11 y 12 de fecha 9 de junio del 2005 emitidos por el Juzgado Mixto de Casma, Expedientes Nºs. 2004-0758-JM-Cautelar y 2004-0759-JM-Cautelar, y remitidos via Exhorto Nº 1077-05 y Nº 1082-05, ingresados con registro Nºs. 00004469 y 00004474 del 15 de junio de 2005 respectivamente, en los seguidos por PESQUERA S&S S.A.C. y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre acciones de MORDAZA contra el Ministerio de la Produccion. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Nº 11 del 9 de junio del 2005 emitida por el Juzgado Mixto de Casma en el Expediente Nº 2004-0758-JM-Cautelar, en los seguidos por PESQUERA S & S S.A.C. propietaria de la embarcacion "RUTH-M" de matricula CE-6496-CM sobre ACCION DE MORDAZA contra el Ministerio de la Produccion, se resuelve entre otros, notificar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, para que dentro del plazo de cuatro dias de notificado, cumpla con emitir la resolucion administrativa que provisionalmente otorgue ampliacion del permiso de pesca a la demandante para que opere su embarcacion MORDAZA mencionada en la extraccion del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, bajo apercibimiento de ley; Que mediante Resolucion Nº 12 del 9 de junio del 2005 emitida por el Juzgado Mixto de Casma en el Expediente Nº 2004-0759-JM-Cautelar, en los seguidos por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA propietario de la embarcacion "ANGIE K" de matricula PT-4605-CM sobre ACCION DE MORDAZA contra el Ministerio de la Produccion, se resuelve entre otros, notificar a la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, para que dentro del plazo de cuatro dias de notificado, cumpla con emitir la resolucion administrativa que provisionalmente otorgue ampliacion del permiso de pesca a la demandante para que opere su embarcacion MORDAZA mencionada en la extraccion del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, bajo apercibimiento de ley; Que la ampliacion de los permisos de pesca para recursos plenamente explotados como es la anchoveta, solicitados por los demandantes, fueron denegados por el Ministerio de la Produccion en sede administrativa por contravenir la Ley General de Pesca, Decreto Ley Nº 25977, sus normas reglamentarias y demas normatividad que sustenta el ordenamiento juridico pesquero, conforme constan en los actuados administrativos vinculados a las solicitudes indicadas; Que sin perjuicio de lo indicado, las sentencias judiciales son de obligatorio cumplimiento tal como lo establece el Articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial el cual establece que toda persona y autoridad esta obligada a acatar y dar cumplimiento a las decisiones judiciales o de indole administrativa, emanadas de autoridad judicial competente, en sus propios terminos, sin poder calificar su contenido o sus fundamentos, restrin-

gir sus efectos o interpretar sus alcances, bajo la responsabilidad civil, penal o administrativa que la ley senala, asimismo que ninguna autoridad, cualquiera sea su rango o denominacion, fuera de la organizacion jerarquica del Poder Judicial, puede avocarse al conocimiento de causas pendientes ante el organo jurisdiccional, no se puede dejar sin efecto resoluciones judiciales con autoridad de cosa juzgada, ni modificar su contenido, ni retardar su ejecucion, ni cortar procedimientos en tramite, bajo la responsabilidad politica, administrativa, civil y penal que la ley determine en cada caso; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 205-2005PRODUCE/DNEPP-Dchi y la opinion legal favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 4º del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS y, en cumplimiento de las Resoluciones Nºs. 11 y 12 de fecha 9 de junio del 2005 emitidos por el Juzgado Mixto de Casma, Expedientes Nºs. 2004-0758-JM-Cautelar y 2004-0759-JM-Cautelar, y remitidos via Exhorto Nº 1077-05 y Nº 1082-05, ingresados con registro Nºs. 00004469 y 00004474 del 15 de junio de 2005 respectivamente, en los seguidos por PESQUERA S&S S.A.C. y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre acciones de MORDAZA contra el Ministerio de la Produccion; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En estricto cumplimiento de la Resoluciones Nºs. 11 y 12 de fecha 9 de junio del 2005 emitidos por el Juzgado Mixto de Casma, Expedientes Nºs. 2004-0758-JM-Cautelar y 2004-0759-JM-Cautelar, y remitidos via Exhorto Nº 1077-05 y Nº 1082-05, ingresados con Registro Nº 00004469 y 00004474 del 15 de junio de 2005 respectivamente, en los seguidos por PESQUERA S&S S.A.C. y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA sobre acciones de MORDAZA contra el Ministerio de la Produccion; se dispone ampliar provisionalmente el permiso de pesca a la empresa PESQUERA S & S S.A.C. y al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar las embarcaciones denominadas "RUTH-M" de matricula CE-6496-CM y "ANGIE-K" de matricula PT4605-CM respectivamente, para extraer el recurso anchoveta con destino al consumo humano indirecto empleando para ello redes de cerco de tamano minimo de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.). Articulo 2º.- Incorporar la presente resolucion en el Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 284-2003PRODUCE. Articulo 3º.- Las embarcaciones pesqueras "RUTH-M" de matricula CE-6496-CM y "ANGIE-K" de matricula PT4605-CM no podran efectuar faenas de pesca en tanto no cuenten con el Sistema de Seguimiento Satelital instalado operativo. Articulo 4º.- Los derechos administrativos concedidos por la presente Resolucion quedaran sin efecto de pleno derecho en el caso que el Poder Judicial, como consecuencia de la revocacion de la medida cautelar lo ordene, o concluya el MORDAZA de accion de MORDAZA con sentencia firme y desfavorable al titular del derecho indicado. Articulo 5º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a las Direcciones Regionales Sectoriales de la Produccion del litoral, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y al Juzgado Mixto de Casma, debiendo consignarse en el MORDAZA de la Pagina Web del Ministerio de la Produccion: www.produce.gob.pe Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA RICHTER MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero (e) 12905

Otorgan autorizacion de incremento de flota a Pesquera MORDAZA S.A.
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 179-2005-PRODUCE/DNEPP
MORDAZA, 23 de junio del 2005

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