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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2005 (24/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 29

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G35/G32/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de julio de 2005 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA Visto, en Sesión Ordinaria del 11 de julio del 2005, el Dictamen Nº 012 de la Comisión de Administración, Ren-tas, Presupuesto e Informática de fecha 4 de julio del 2005, respecto a la reconsideración planteada contra el Acuerdo de Concejo Nº 023-2005 del fecha 20 de mayo del 2005por los señores Regidores: Norma Párraga de Harada, Carlos Talavera Álvarez, Miguel Guido Arteaga y Alberto Rivero Aguilar; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 023-2005 se aprobó la exoneración del proceso de selección y consi- guiente contratación del Servicio de Radio Digital Troncali-zado con la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A., hasta por un monto de S/. 115,628.25 (Ciento quince mil seiscientos veintiocho y 25/100 nuevos soles), durante el ejercicio 2005,con cargo a la Fuente de Financiamiento 09 - Recursos Directamente Recaudados; Que, mediante Dictamen Nº 012 de la Comisión de Administración, Rentas, Presupuesto e Informática, propo- ne al Concejo que se declare infundada la reconsideración planteada en la Sesión Ordinaria de Concejo del 9 de juniodel 2005; y, en consecuencia, se continúe con el trámite dispuesto por el Acuerdo de Concejo Nº 023-2005, indi- cándose que se consignen en la parte considerativa losinformes técnicos y legales, la precisión del tipo de proceso de selección materia de exoneración, el período de tiempo sujeto a contratación y las demás disposiciones de ordenlegal sobre la materia; Que, con Informe Nº 227-2005-MDLM-SGL, del 10 de marzo del 2005, la Subgerencia de Logística informó quese hace necesario contar con un sistema de comunicación entre el servicio de Serenazgo, las Juntas Vecinales de Seguridad y los puestos de vigilancia de los vecinos deldistrito de La Molina, así como, con el Depósito Municipal, los Gerentes y Subgerentes de esta Corporación Edilicia, por el período de 12 meses, de abril del 2005 a marzo del2006, indicando que la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Defensa Civil solicitó con Memorándum Nº 477-2004- MDLM-GSCDC del 15 de noviembre del 2004 a la Gerenciade Informática un informe sobre el sistema de comunica- ción idóneo para cubrir estas necesidades; Que, al respecto, mediante Oficio Nº 052-2004/MDLM- GA, la Gerencia de Administración ofició al Director Gene- ral de Gestión de Telecomunicaciones del Ministerio de Transporte y Comunicaciones, a efectos que informe sobrelas empresas que brindan servicio de Radio Comunicación Digital Troncalizada con cobertura en el departamento de Lima; Que mediante Oficio Nº 418-2004-MTC/17, el Director General de Gestión de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, informó que de acuerdoa su base de datos, la empresa que satisface el requeri- miento del servicio de Radio Comunicación Múltiple de Selección Automática (troncalizada) con tecnología digitales NEXTEL DEL PERÚ S.A.; Que, mediante Carta Nº 0008-2005-MDLM-SGL, del 24 de febrero del 2005, la Subgerencia de Logística solicitó ala empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A. una cotización para el plan tarifario aprobado por la Gerencia General para 72 equipos, la misma que con Carta s/n de fecha 25 de febre-ro del 2005, NEXTEL DEL PERÚ S.A. respondió remitien- do una cotización mensual con servicio de radio ilimitado por $ 2,866.07 dólares americanos incluido IGV y seguros; Que, mediante Memorándum Nº 178-2005//MDLM-GA, la Gerencia de Administración señaló que las caracterís- ticas del servicio antes citado, requerido por la Munici-palidad, lo califican dentro del concepto de aquellos que no admiten sustitutos; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto con Memorándum Nº 083-2005-MDLM-GPP, del 2 de marzo del 2005, dio cuenta de la existencia de disponibilidad presu- puestal para el año Fiscal 2005 por S/. 115,628.25 nuevossoles, y para el año Fiscal 2006 se compromete, a fin de materializar la previsión presupuestal en el Presupuesto Institucional correspondiente, asumir el monto deS/. 28,375.00 nuevos soles; Que, la Gerencia de Asuntos Jurídicos mediante Infor- me 221-2005-MDLM-GAJ, del 17 de marzo del 2005, con-cluye que, legalmente, es factible acceder para la aproba- ción de la exoneración a la contratación del servicio de Radio Comunicación Troncalizada Digital con la empresaNEXTEL DEL PERÚ S.A.; debiéndose cumplir con lo dis- puesto en el Artículo 147º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado con Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, en cuanto a la publi-cación en el Diario Oficial El Peruano dentro de los 10 días hábiles siguientes a su emisión o adopción y publicarse a través del SEACE; Que, asimismo, de conformidad con el Artículo 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, cuando no existan servicios sustitutos a los reque- ridos por el área usuaria y siempre que exista un solo proveedor en el mercado, la entidad podrá contratar direc-tamente; motivo por el cual, ante el requerimiento de la Subgerencia de Logística en el Informe Nº 227-2005-MDLM- SGL, del 10 de marzo del 2005, es viable contratar directa-mente con la empresa NEXTEL DEL PERÚ S.A., en tanto que, de acuerdo a lo comunicado por el Ministerio de Trans- portes y Comunicaciones, dicha empresa brinda un servi-cio de radiocomunicación (Servicio móvil de canales múlti- ples de selección automática) que utiliza tecnología digital en Lima, por lo que procede acceder a la exoneración delproceso de selección, debiéndose cumplir con las formali- dades señaladas en el Artículo 20º de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 9º, Nu- merales 8) y 35), Artículo 39º, primer párrafo y 41º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, por MAYORÍA ycon dispensa del trámite de aprobación del Acta; ACORDÓ:Artículo Primero.- DECLARAR INFUNDADA la reconsi- deración planteada en la Sesión Ordinaria de Concejo del9 de junio del 2005, contra el Acuerdo de Concejo Nº 023- 2005; y, en consecuencia CONTINÚESE con el trámite dis- puesto en el referido dispositivo municipal. Artículo Segundo.- RATIFICAR el Acuerdo de Concejo Nº 023-2005 mediante el cual se aprueba la exoneración del Proceso de Selección y consiguiente contratación del Servi-cio de Radio Digital Troncalizado con la EMPRESA NEXTEL DEL PERÚ S.A., hasta por un monto de S/. 115,628.25 (Ciento quince mil seiscientos veintiocho con 25/100 nuevos soles),por un plazo de doce (12) meses, a partir del mes de agosto del 2005, con cargo a la Fuente de Financiamiento 09 - Recursos Directamente Recaudados. Artículo Tercero.- ENCÁRGUESE al Comité Especial Permanente que conduce los Procesos de Menor Cuantía, aprobado por Resolución de Alcaldía Nº 107-2005, de lle-var a cabo el proceso de contratación respectivo. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Acuerdo del Concejo en el Dia-rio Oficial El Peruano dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal remitir copia certificada del presente Acuerdo de Concejo, así como de los informes técnico - legal a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrata-ciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Subgerencia de Lo- gística que publique el presente Acuerdo de Concejo en el Sistema Electrónico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado SEACE. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 13098 MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G72/G72/G6F/G72/G20/G6D/G61/G74/G65/G72/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G2E/G41/G2E /G4E/GBA/G20/G33/G33/G37/G2D/G32/G30/G30/G35/G20/G72/G65/G66/G65/G72/G65/G6E/G74/G65/G20/G61/G6C/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G61/GF1/G6F/G20/G32/G30/G30/G35 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 362-2005 Los Olivos, 19 de julio de 2005