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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE JULIO DEL AÑO 2005 (24/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 25

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G35/G31/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 24 de julio de 2005 facultades, presentó la Ordenanza Nº 000031-MDSJM modificada por la Nº 000038-MDSJM, mediante las cuales estableció la tasa por estacionamiento vehicular temporal en su circunscripción, las mismas que fueron publicadas enEl Diario Oficial El Peruano el 13 de mayo y el 17 de junio del presente ejercicio, respectivamente; Que, es necesario precisar que la tasa de estaciona- miento vehicular en el distrito de San Juan de Miraflores estuvo regulado por la Ordenanza Nº 004-2001 de fecha 14 de junio de 2001, la cual no cuenta con la ratificaciónde la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, el artículo 3º de la Ordenanza Nº 000031-MDSJM, señala que son deudores tributarios en calidad de contri-buyentes, los conductores de los vehículos cuando esta- cionen sus vehículos eventualmente en los espacios de las zonas habilitadas para la prestación del servicio deestacionamiento vehicular, y en calidad de responsables solidarios, las personas que aparezcan como titulares de las tarjetas de propiedad de los referidos vehículos; Que, el artículo 68º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal señala que las tasas por estacionamiento vehicular son aquellos tributos que debepagar todo aquél que estacione su vehículo en las zo- nas comerciales o de alta confluencia vehicular, estable- cidas para tal efecto por la Municipalidad Distrital, conlos límites que determine la Municipalidad Provincial res- pectiva; Que, en el caso de la provincia de Lima, debe tenerse en consideración que el artículo 14º de la Ordenanza Nº 739 dispone que en caso se establezcan estaciona- mientos en vías arteriales, colectoras y vías auxiliares delas vías expresas, la Municipalidad Distrital deberá contar con la autorización correspondiente expedida por la Direc- ción Municipal de Transporte Urbano (DMTU) de la Munici-palidad Metropolitana de Lima; Que, en el caso de vías o zonas distintas a las antes señaladas, la disposición antes mencionada señala quelas Municipalidades Distritales podrán establecer las zonas o vías aptas para el establecimiento del servicio; ello, sin perjuicio de la facultad de la Municipalidad Metropolitanade Lima de requerir información y opinar a través de la Dirección Municipal de Transporte Urbano, a efectos de conocer el impacto que produce la zona de estacionamien-to sobre las vías arteriales y colectoras; Que, sobre este punto, corresponde señalar que median- te Oficio Nº 154-05-MML/DMTU-DGTO del 25 de abril de2005, la Dirección Municipal de Transporte Urbano remite el "Estudio Técnico para la Implementación del Servicio de Estacionamiento Vehicular en el Distrito de San Juan deMiraflores", a través del cual se informa que 133 espacios se encuentran habilitados para la prestación del servicio de estacionamiento; Que, al respecto, cabe mencionar que los 133 espa- cios y su ubicación en las zonas y vías respectivas se encuentran recogidos en el artículo 8º de la OrdenanzaNº 000031-MDSJM, cuyo texto corregido en fe de erratas fue publicado el 27 de mayo 2005. En tal sentido, la disposi- ción municipal antes mencionada, se ajusta a lo estable-cido en el ordenamiento legal sobre la determinación de las zonas de estacionamiento; Que, en lo que se refiere al horario de prestación del servicio de estacionamiento vehicular en el distrito de San Juan de Miraflores, el artículo 5º de la Ordenanza Nº 000031- MDSJM, modificado por la Ordenanza Nº 000038-MDSJMestablece que la tasa será exigible de lunes a domingo dentro del horario de 10:00 horas hasta las 02:00 horas del día siguiente; Que, el artículo 66º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal establece que las tasas munici- pales son los tributos creados por los concejos municipalescuya obligación tiene como hecho generador la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o admi- nistrativo a favor del contribuyente. Siendo el estaciona-miento vehicular un tipo de tasa, el monto del servicio de- berá guardar correspondencia con el costo incurrido por la Municipalidad en la prestación o mantenimiento del servi-cio en su circunscripción; Que, debe tenerse presente el artículo 13º de la Orde- nanza Nº 739, en donde se señala que el cobro de la tasade estacionamiento vehicular temporal en la provincia de Lima deberá establecerse en nuevos soles y por cada 30 minutos de ocupación del servicio. Asimismo, también seestablece un tiempo mínimo de tolerancia de diez (10) minutos, el cual se encuentra exento de pago de tasa alguna;Que, la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflores, en cumplimiento de la norma citada, en el artículo 6º de su Ordenanza Nº 000031-MDSJM establece una tasa de estacionamiento cuyo monto asciende a S/.0.50, la cual permite el aprovechamiento del servicio du- rante treinta (30) minutos o fracción, estimación que estaría reflejando el costo incurrido por la Municipalidad Distrital deSan Juan de Miraflores para la prestación del servicio de estacionamiento vehicular temporal en su circunscripción; Que, de otro lado corresponde señalar que a partir de lo dispuesto en el artículo 5º de la Ordenanza Nº 000031- MDSJM modificado por la Ordenanza Nº 000038-MDSJM no se efectúa cobro alguno de la tasa de estacionamientolos doce (12) días feriados que tiene el año, los ocho (8) días correspondientes al aniversario del distrito (los cuales van desde el día 8 al 15 de enero de cada año), ni tampo-co el día 5 de noviembre (Día del Trabajador Municipal); Que, en el artículo 7º de la Ordenanza Nº 000031- MDSJM, la Municipalidad Distrital de San Juan de Miraflo-res dispuso que el período de tolerancia en las zonas y vías aptas para la prestación del servicio será de diez (10) minutos, luego de lo cual corresponde el pago de la tasarespectiva; Que, de otro lado, el artículo 9º de la Ordenanza Nº 000031-MDSJM dispone la publicación, en lugaresvisibles de las zonas y vías habilitadas para la presta- ción del servicio, de información relacionada con la Or- denanza que aprueba el servicio y el acuerdo ratifica-torio, el monto de la tasa, el período de prestación del servicio y tolerancia, el horario de prestación del servi- cio, el número de espacios habilitados en la vía o zona,entre otros aspectos. Cabe mencionar que la informa- ción antes mencionada será proporcionada también en los reversos de los tickets que reciban los contribuyen-tes que hagan uso del servicio. Señalando, en lo que se refiere a las inafectaciones el artículo 11º, quiénes se encuentran inafectos al pago de la tasa por estaciona-miento vehicular temporal; Que, sobre el particular, el artículo 26º de la Ordenanza Nº 739 dispone que la Ordenanza Distrital a través de lacual se establece el servicio de estacionamiento vehicular debe necesariamente contener la estructura de costos y estimación de ingresos que forman parte integrante de lareferida Ordenanza; Que, en atención a ello, el artículo 13º de la Ordenanza Nº 000031-MDSJM establece que los cuadros de estruc-tura de costos y estimación de ingresos forman parte inte- grante de la referida Ordenanza. Cabe señalar asimismo, que la Municipalidad Distrital de Miraflores, remitió copiaautenticada de la Ordenanza Nº 000038-MDSJM a través de la cual aprobó las modificaciones a los cuadros de es- tructuras de costos y estimación de ingresos por el serviciode estacionamiento vehicular; Que, el Servicio de Administración Tributaria - SAT, veri- ficó que en la estructura de costos anual, se ha considera-do los siguientes rubros: mano de obra, materiales, equi- pos de comunicación, servicio de señalización, uniformes, servicios de limpieza, depreciación y costos por serviciosbásicos, entre otros. Dicha estructura se encuentra dividi- da en costos directos, costos indirectos y costos fijos, es- tando el porcentaje de los costos indirectos alrededor del10.0% manteniéndose en el margen permitido. Entonces, se tiene que el costo de brindar el servicio de estaciona- miento temporal en el año asciende a S/. 366,626.00, talcomo se observa en el Anexo Nº 1 del informe del Servicio de Administración Tributaria - SAT; Que, de este modo, para verificar el financiamiento de los costos incurridos por la Municipalidad en la prestación efectiva del servicio, se ha efectuado la estimación de in- gresos y la determinación de la tasa por estacionamientovehicular temporal siguiendo los lineamientos de la Directi- va Nº 001-006-00000005; Que, la metodología especificada en la Directiva antes mencionada ha utilizado como base información como los 133 espacios físicos disponibles, las 16 horas de servicio por zona, los días y porcentajes de uso de los espacios dela semana, el número de semanas (49 semanas) del perío- do y el costo anual del servicio para calcular la tasa referi- da; Que, el ingreso estimado, al año asciende a S/. 364,952.00 conforme se aprecia en el Anexo Nº 2 del informe del Servicio de Administración Tributaria - SAT. Di-cho ingreso permite financiar el 99.5% de los costos, te- niéndose en cuenta que el déficit resultante deberá ser cubierto con otros ingresos municipales;