Norma Legal Oficial del día 24 de julio del año 2005 (24/07/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 24 de MORDAZA de 2005

13. Bancos multinacionales Los bancos multinacionales deberan considerar los financiamientos otorgados por el libro domestico al extraterritorial como financiamientos a vinculados para el computo del limite establecido en el articulo 202º de la Ley General. Asimismo, deben aplicarse a los financiamientos otorgados al libro extraterritorial, a los depositos constituidos en el, asi como los avales, fianzas y otras garantias recibidos de dicho libro, los limites establecidos en el articulo 205º de la Ley General, de conformidad con el numeral 5 de la presente norma. 14. Aplicacion de limites a nivel consolidado La aplicacion de limites a nivel consolidado debe efectuarse de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento para la Supervision Consolidada de los Conglomerados Financieros y Mixtos. 15. Derogatoria del articulo 210º de la Ley General A partir del dia 3 de marzo de 2004, en aplicacion de la Ley Nº 28184, los arrendamientos financieros a personas residentes en el MORDAZA se deben incluir dentro del limite contemplado en el articulo 209º de la Ley General. Las empresas que registraban excesos de dicho limite en la citada fecha producto de operaciones de arrendamiento financiero no pueden incrementar los niveles de exposicion en operaciones de arrendamiento financiero existentes en ese momento. Estas empresas deberan adecuarse al citado limite en un plazo que no debe exceder del 31 de diciembre del ano 2006. Con dicho fin, al 31 de diciembre del ano 2005 los excesos que se registren no podran superar un monto equivalente al 50% del patrimonio efectivo. 16. Vigencia La presente Circular entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, fecha a partir de la cual quedara sin efecto la Circular Nº B1834-89, F-177-89, EAF-071-89. Atentamente, MORDAZA MORDAZA MARTHANS MORDAZA Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 13112

Energia Nuclear, con retencion del cargo que viene desempenando en la Oficina de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion. Articulo Segundo.- Dejar sin efecto la Resolucion de Presidencia Nº 090-05-IPEN/PRES. Articulo Tercero.- El egreso que origine el cumplimiento de la presente Resolucion, se aplicara a las Partidas Genericas y Especificas correspondientes del Presupuesto del Instituto Peruano de Energia Nuclear. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Instituto Peruano de Energia Nuclear 13073

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican Ordenanzas emitidas por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores que establecieron tasa de estacionamiento vehicular temporal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 203
MORDAZA, 7 de MORDAZA de 2005 Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 7 de MORDAZA de 2005, el Oficio Nº 001-090-00002490 emitido por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, que adjunta el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 000031MDSJM modificada por la Ordenanza Nº 000038-MDSJM, emitidas por la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, que establecen la tasa de estacionamiento vehicular temporal en su circunscripcion; CONSIDERANDO: Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica establecen la facultad de las Municipalidades para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. En el mismo sentido, el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, establece la potestad municipal para crear, modificar y suprimir tributos; Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, a traves de la Ordenanza Nº 739 se aprobo la Ordenanza MORDAZA de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de MORDAZA, estableciendo en su Primera Disposicion Transitoria, la obligacion de las Municipalidades Distritales que cuenten con Ordenanzas que regulen el servicio de estacionamiento vehicular de presentar sus solicitudes de ratificacion dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 727 (en este caso hasta el ultimo dia del mes de abril), todo ello con la finalidad de adaptarse a las disposiciones contenidas en la citada Ordenanza MORDAZA y en la Directiva Nº 001-006-00000005, que senala los criterios y metodologia para la estimacion de ingresos y determinacion de la tasa a cobrar por el servicio de estacionamiento vehicular; Que, cabe indicar que la Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo de 2004, establecio un MORDAZA procedimiento para la ratificacion de las Ordenanzas tributarias, motivo por el cual resulta de aplicacion para el presente procedimiento de ratificacion; Que, en virtud a lo senalado, mediante Oficio Nº 2432005-MDSJM-SG del 29 de MORDAZA de 2005, la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Miraflores, en ejercicio de sus

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS IPEN
Designan Director General de Administracion del Instituto Peruano de Energia Nuclear
RESOLUCION DE PRESIDENCIA Nº 096-05-IPEN/PRES
MORDAZA, 18 de MORDAZA de 2005 VISTO: El Memorandum Nº 125-05-EJEC, del Director Ejecutivo, sobre designacion en cargo de confianza; CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de direccion de Director General de Administracion; Que, es necesario designar al profesional que asuma el referido cargo; De conformidad con el articulo 3º de la Ley Nº 27594, y el articulo 9º, inciso i) del Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Resolucion Suprema Nº 054-91EM/VME; Con el visto del Director Ejecutivo y de la Directora General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Designar con efectividad al 1 de MORDAZA de 2005, al Lic. MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director General de Administracion del Instituto Peruano de

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