Norma Legal Oficial del día 28 de julio del año 2005 (28/07/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 28 de MORDAZA de 2005

cion de la gestion basada en resultados, en los tres niveles de gobierno; y, n) Las demas funciones que, acorde a su naturaleza, le asigne el Presidente del CEPLAN. TITULO IX DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS Articulo 29º.- De las Oficinas Desconcentradas del CEPLAN Son las dependencias desconcentradas de nivel macrorregional encargadas de cumplir los objetivos y funciones del CEPLAN en apoyo a los gobiernos regionales y locales en el ambito territorial de su competencia, desarrollando los procesos y actividades que por su naturaleza les compete. Brindan asesoramiento y apoyo en materia de su competencia a las Juntas de Coordinacion Interregional a que se refiere la MORDAZA Disposicion Transitoria de la Ley que crea el Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y el Articulo 3º de la Ley Nº 28274, Ley de Incentivos para la Integracion y Conformacion de Regiones. El CEPLAN no podra establecer mas de cinco oficinas desconcentradas. Cada Oficina esta a cargo de un Coordinador, que depende jerarquicamente de la Alta Direccion del CEPLAN. Articulo 30º.- Funciones de las Oficinas Desconcentradas del CEPLAN Corresponde a las Oficinas Desconcentradas del CEPLAN: a) Coordinar, organizar, ejecutar y supervisar las actividades relacionadas al analisis prospectivo, al planeamiento estrategico y al seguimiento y evaluacion encomendados al CEPLAN en el ambito territorial que se le asigna, en apoyo a los gobiernos regionales y locales que lo soliciten; b) Coordinar el MORDAZA tecnico de planeamiento estrategico con las Gerencias de Planificacion, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial de los Gobiernos Regionales y las Oficinas de Planificacion y Presupuesto de las Municipalidades Provinciales y Distritales; c) Realizar el seguimiento y la evaluacion a fin de asegurar que los procesos de desarrollo se ajusten a los terminos de los planes concertados de cada nivel, a las prioridades del gasto y de la inversion publica y a las estrategias de desarrollo del pais; d) Propiciar la participacion de la sociedad civil y el sector privado en los Consejos de Coordinacion Regional y Provincial, en el MORDAZA de analisis prospectivo, de planeamiento estrategico y de seguimiento y evaluacion del avance en la consecucion de los objetivos estrategicos acordados; e) Promover o llevar a cabo la capacitacion de recursos humanos en analisis prospectivo, planeamiento estrategico y seguimiento y evaluacion en coordinacion con los organos de linea del CEPLAN y los gobiernos regionales y locales; f) Implementar las medidas internas que resulten necesarias para cautelar el adecuado uso de los recursos financieros asignados por el CEPLAN; g) Participar en la programacion, formulacion y ejecucion de los Planes y Presupuestos Institucionales con el objeto de atender los requerimientos de los gobiernos regionales y locales; h) Las demas funciones que, acorde a su naturaleza, le asigne el Presidente del CEPLAN. TITULO X REGIMEN ECONOMICO Y LABORAL Articulo 31º.- Recursos del CEPLAN Los recursos del CEPLAN son los siguientes: a) Los asignados en el Presupuesto Anual del Sector Publico, los cuales deben asegurar su adecuado financiamiento, su independencia y estabilidad; b) Las donaciones que a su favor MORDAZA las personas naturales o juridicas, nacionales o extranjeras; c) Los recursos de la cooperacion internacional reembolsable y no reembolsable que gestione, de conformidad con la legislacion vigente. Articulo 32º.- Del Regimen Laboral El personal del CEPLAN esta sujeto al regimen laboral de la actividad privada en tanto se aprueben las leyes complementarias de la Ley MORDAZA del Empleo Publico, momento en que se adecuara al MORDAZA regimen.

Los funcionarios del CEPLAN son funcionarios de carrera. Se incorporan mediante concurso publico los profesionales que hayan obtenido niveles de excelencia en programas de posgrado universitario. Son cargos de confianza unicamente los asesores de la Alta Direccion del CEPLAN y los inmediatamente inferiores al cargo de Director Ejecutivo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- En tanto se implementa el MORDAZA regimen del Empleo Publico, el CEPLAN podra contratar a profesionales de reconocida trayectoria, con experiencia en el MORDAZA del planeamiento y experiencia en el sector publico. Segunda.- Los miembros del Consejo Directivo del CEPLAN seran designados en un plazo no mayor a los 30 dias habiles contados a partir del dia siguiente de la publicacion del presente Reglamento. Tercera.- El CEPLAN asumira la coordinacion de las comisiones multisectoriales que tienen caracter estrategico, segun lo determine la Presidencia del Consejo de Ministros. 13463

Autorizan viaje de Ministro de Agricultura a la Republica MORDAZA y encargan su Despacho al Ministro de Justicia
RESOLUCION SUPREMA Nº 180-2005-PCM MORDAZA, 26 de MORDAZA de 2005 CONSIDERANDO: Que, por el facsimil (SUR-APU) Nº 223 de fecha 15 de MORDAZA de 2005 de la Ministra Consejera de Relaciones Exteriores del Peru, se ha alcanzado la invitacion cursada por la Sociedad Rural MORDAZA, dando cuenta de la invitacion que esta ha formulado para que el senor Ministro de Agricultura del Peru asista el dia 30 de MORDAZA a la inauguracion de la 119ava. Exposicion de Ganaderia, Agricultura e Industria Internacional a efectuarse en la MORDAZA de Buenos Aires de la Republica Argentina; Que, la asistencia al citado evento por parte del Ministro de Agricultura contribuira a reforzar los lazos de amistad y cooperacion tecnica entre la Republica del Peru y la Republica de Argentina; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27619 Ley que regula el viaje al exterior de servidores y funcionarios publicos, y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Ley Nº 28427 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano Fiscal 2005, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ugarte, Ministro de Agricultura a la MORDAZA de Buenos Aires - Republica MORDAZA, del 29 de MORDAZA al 2 de agosto de 2005, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El cumplimiento de la presente resolucion, no generara egreso alguno al Tesoro Publico, tampoco otorga derechos a exoneracion o liberacion del pago de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 3º.- Encargar, al Dr. MORDAZA Salhuana Cavides, Ministro de Justicia, el despacho del Ministro de Agricultura mientras dure la ausencia del titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Agricultura. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA FERRERO Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Agricultura 13347

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