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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JULIO DEL AÑO 2005 (28/07/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G37/G37/G32/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 28 de julio de 2005 Artículo 12º.- De las funciones del Consejo Consultivo Son funciones del Consejo Consultivo del CEPLAN: a) Conocer y opinar sobre las políticas, planes, objeti- vos y metas para el planeamiento estratégico nacional; b) Recomendar acciones que coadyuven en el desarro- llo de las actividades técnicas del CEPLAN; c) Conocer y recomendar acciones para mejorar los pro- cesos de planeamiento y el seguimiento y evaluación delos planes; d) Opinar y emitir recomendación sobre los asuntos que son sometidos a su consideración; e) Prestar asesoramiento a solicitud de los miembros del Consejo Directivo o del Presidente del CEPLAN; y, f) Las demás que le asigne el Presidente del CEPLAN. TÍTULO V DEL ÓRGANO DE CONTROL Artículo 13º.- Del Órgano de Control Institucional El Órgano de Control Institucional ejerce la función de supervisión y control conforme a lo dispuesto en la Ley delSistema Nacional de Control, disposiciones conexas, am-pliatorias, modificatorias y sustitorias. Está a cargo de un Jefe quien depende administrativa y funcionalmente de la Contraloría General de la Repúbli-ca, en su condición de ente técnico rector del sistema. Artículo 14º.- Funciones del Órgano de Control Insti- tucional Son funciones del Órgano de Control Institucional: a) Ejercer el control interno posterior a los actos y ope- raciones del CEPLAN, sobre la base de los lineamientos ycumplimiento del Plan Anual de Control, a que se refiere elArtículo 7º de la Ley Nº 27785, y el control externo a quese refiere el Artículo 8º de la referida Ley, por encargo de laContraloría General de la República; b) Efectuar auditorías a los estados financieros y presu- puestarios del CEPLAN, así como a la gestión de la misma,de conformidad con las pautas que señale la ContraloríaGeneral de la República. Alternativamente, estas audito-rías podrán ser contratadas por la entidad con Sociedadesde Auditoría Externa, con sujeción al Reglamento sobre lamateria; c) Ejecutar las acciones y actividades de control a los actos y operaciones del CEPLAN que disponga la Con-traloría General de la República, así como, las que seanrequeridas por el Titular de la entidad. Cuando estas últi-mas tengan carácter de no programadas, su realizaciónserá comunicada a la Contraloría General. Se consideranactividades de control, entre otras, las evaluaciones, dili-gencias, estudios, investigaciones, pronunciamientos, su-pervisiones y verificaciones; d) Efectuar control preventivo sin carácter vinculante, al órgano de más alto nivel de la entidad con el propósito deoptimizar la supervisión y mejora de los procesos, prácticase instrumentos de control interno, sin que ello genere pre-juzgamiento u opinión que comprometa el ejercicio de sufunción, vía el control posterior; e) Remitir los informes resultantes de sus acciones de control a la Contraloría General de la República, así comoal Titular de la entidad y del Sector cuando corresponda,conforme a las disposiciones sobre la materia; f) Actuar de oficio, cuando en los actos y operaciones del CEPLAN se adviertan indicios razonables de ilegali-dad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titularde la entidad para que adopte las medidas correctivaspertinentes; g) Recibir y atender las denuncias que formulen los funcionarios y servidores públicos y ciudadanos, sobre ac-tos y operaciones de la entidad, otorgándole el trámite quecorresponda a su mérito y documentación sustentatoriarespectiva; h) Formular, ejecutar y evaluar el Plan Anual de Control aprobado por la Contraloría General de la República, deacuerdo a los lineamientos y disposiciones emitidas para elefecto; i) Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de las acciones yactividades de control, comprobando su materializaciónefectiva, conforme a los términos y plazos respectivos. Di-cha función comprende efectuar el seguimiento de los pro-cesos judiciales y administrativos derivados de las accio-nes de control;j) Apoyar a las Comisiones que designe la Contraloría General de la República para la ejecución de las accionesde control en el ámbito de la entidad. Asimismo, el Jefe delÓrgano de Control Institucional y el personal de dicho Ór-gano colaborarán, por disposición de la Contraloría Gene-ral, en otras acciones de control externo, por razones ope-rativas o de especialidad; k) Verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y normativa interna aplicables al CEPLAN, por parte de lasunidades orgánicas y personal de ésta; l) Formular y proponer el presupuesto anual del Órgano de Control Institucional para su aprobación correspondien-te por la Contraloría General de la República; m) Cumplir diligentemente con los encargos, citaciones y requerimientos que le formule la Contraloría General dela República; y, n) Otras que establezca la Contraloría General de la República. Adicionalmente al cumplimiento de las funciones asig- nadas, el Órgano de Control Institucional ejercerá las atri-buciones que le confiere el Artículo 15º de la Ley Nº 27785. TÍTULO VI DEL ÓRGANO DE ASESORÍA CAPÍTULO I DE LA OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA Artículo 15º.- Oficina de Asesoría Jurídica La Oficina de Asesoría Jurídica es el órgano que tiene como finalidad asesorar al Presidente y a los órganos delCEPLAN en asuntos de naturaleza jurídico-legal. Está acargo de un Jefe y depende jerárquicamente de la AltaDirección del CEPLAN. Artículo 16º.- Funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica Son funciones de la Oficina de Asesoría Jurídica: a) Asesorar y emitir opinión en asuntos de carácter jurídico o legal, que le sean sometidos por la Presidencia ylos órganos del CEPLAN; b) Interpretar, concordar, sistematizar, coordinar y divul- gar las normas legales relacionadas con el Sistema Nacio-nal de Planeamiento Estratégico y demás sistemas relacio-nados a la gestión pública; c) Elaborar y proponer los proyectos de normas legales que se requieran para el funcionamiento y desarrollo institucional; d) Contribuir con la Procuraduría Pública, encargada de los Asuntos Judiciales de la PCM, respecto a las accio-nes relacionadas con el CEPLAN; e) Emitir informes previos a las resoluciones que emita el Presidente del CEPLAN y que pongan fin a los procedi-mientos administrativos; y, f) Las demás funciones que, acorde a su naturaleza, le asigne el Presidente del CEPLAN. TÍTULO VII DE LOS ÓRGANOS DE APOYO CAPÍTULO I DE LA OFICINA DE ADMINISTRACIÓN Artículo 17º.- De la Oficina de Administración La Oficina de Administración es el órgano de apoyo encargado de organizar, conducir, ejecutar y supervisar lacorrecta aplicación de los sistemas administrativos de per-sonal, logística, tesorería y contabilidad. Asimismo, optimi-za las acciones económicas y contables de la Institución,en concordancia con las disposiciones legales vigentes.Le corresponde, así mismo, organizar, dirigir y supervisar elsistema de trámite documentario de acuerdo a las normaslegales vigentes, así como de brindar apoyo administrativoa los órganos de la Institución. Está a cargo de un Jefe, quien depende jerárquica- mente de la Alta Dirección del CEPLAN. Artículo 18º.- Funciones de la Oficina de Admi- nistración Corresponde a la Oficina de Administración: a) Proponer las medidas de orden administrativo res- pecto a los recursos humanos, materiales y financieros dela institución;