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PÆg. 295252 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de junio de 2005 encuentra en posesión de ningún lote destinado a Termi- nal de Transporte Público u otros usos dentro de losProyectos Especial Ciudad Pachacútec y/o ProyectoPiloto Nuevo Pachacútec. i) Otros documentos que sirvan para sustentar su pedido. Artículo 13º.- Del Perfil de Inversión Para ser beneficiario en la adjudicación, a título onero- so, de lote comercial, industrial, equipamiento urbanovendible o de lote destinado a transporte público, segúncada caso, el aspirante deberá elaborar por cuenta pro- pia y presentar un perfil de inversión en la actividad que pretende realizar, considerando para ello, como mínimo,los siguientes aspectos, sin perjuicio de cumplir los de-más requisitos señalados en este Reglamento: a) Localización del lote en el terreno. b) Uso efectivo y real del lote, cuando fuere el caso. c) Generación aproximada de empleo local.d) Impacto de su proyecto de inversión en el desa- rrollo económico local. e) Características, monto y fuente del financiamien- to. f) Tiempo de implementación de su proyecto y de la inversión prevista. g) Sostenibilidad de su proyecto. Artículo 14º.- De la enajenación de los lotes desti- nados a mercados En los casos de lotes destinados a mercados, su adjudicación se realizará necesariamente a la personajurídica. Para el caso del Proyecto Piloto Nuevo Pachacú-tec, la adjudicación será directa a la persona jurídica quese encuentra en ejercicio de la actividad comercial, envirtud a una posesión pacífica y pública otorgada me- diante documento por funcionario público en ejercicio de sus funciones y se llevará a cabo sobre la totalidad dellote, obligándose dicha organización a efectuar la trans-ferencia de los puestos comerciales a cada uno de susasociados, luego de cumplir con lo establecido en elReglamento Nacional de Construcciones. Artículo 15º.- De la enajenación de los lotes de equipamiento urbano vendible y otros usos a enti-dades públicas o privadas, sin fines de lucro. Los lotes de los Proyectos, destinados a equipamien- to urbano vendible, se adjudicarán, a titulo oneroso, a favor de entidades públicas o privadas sin fines de lucro, para el cumplimiento o desarrollo específico de sus fun-ciones, debiendo cumplir la entidad pública o privadasolicitante con los requisitos establecidos en el Artículo11º y presentar el mejor Proyecto de Inversión a llevar-se a cabo en el predio que solicita, previa evaluación por el Comité de Gestión Patrimonial. Los lotes destinados a otros usos, serán otorgados en propiedad, en forma gratuita, directamente a favor delas entidades solicitantes, siempre y cuando exista re-querimiento expreso de la entidad interesada, indicandola necesidad de la afectación y el destino que se dará al lote, todo lo cual será evaluado por el Comité de Evalua- ción. CAPÍTULO II DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA A FAVOR DE PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS DOMICILIADAS EN EL PROYECTO ESPECIAL CIUDAD PACHACÚTEC Y/O PROYECTO PILOTO NUEVO PACHACÚTEC Artículo 16º.- Del procedimiento general para la adjudicación a título oneroso de lotes destinados a comercio, industria, equipamiento urbano vendibley otros usos El proceso de adjudicación en venta directa, al con- tado o a plazos, de los lotes destinados a comercio,industria, equipamiento urbano vendible y otros usos, establecido en el presente Reglamento a favor de perso- nas naturales o jurídicas interesadas que integran oconstituyen la población reubicada dentro del ProyectoPiloto Nuevo Pachacútec o domiciliados en el ProyectoEspecial Ciudad Pachacútec, se realizará del modo si- guiente: 1. El Comité de Evaluación fijará los precios de los lotes de acuerdo a la valorización comercial, realizadapor la CONATA, encargándose para ello de oficiar a este organismo solicitando la tasación correspondiente. 2. El Comité de Evaluación convocará la adjudica- ción de los lotes, mediante aviso publicado por una vezen el Diario Oficial El Peruano, y otro de mayor circula-ción de la Provincia Constitucional del Callao, conteniendo: a) Relación y ubicación de lotes a adjudicar, áreas, usos, precios y partidas registrales de los lotes oferta-dos; b) Relación de documentos que los interesados de- ben acompañar y requisitos que deben cumplir, confor-me al presente Reglamento; c) La forma, modo de formulación y entrega de las propuestas, en sobre cerrado, conforme a lo dispuestoen el Artículo 18º, por los interesados; d) Las fechas y hora de recepción de las propues- tas, así como el plazo final de entrega de los sobres; e) La fecha en que, en acto público, se abrirán los sobres conteniendo las propuestas. 3. En ningún caso el término entre la fecha de convocatoria y la fecha de presentación de las propues-tas será menor de diez (10) días calendario. 4. El Comité de Evaluación a la hora señalada, podrá dar inicio al proceso de evaluación de los Expedientes con un mínimo de tres propuestas; de no haber el nume-ro mínimo de propuestas se señalará nueva fecha yhora para dicho acto. Excepcionalmente, en los casosde lotes que se encuentran en posesión pacífica y públi-ca otorgada mediante documento por funcionario públi- co en ejercicio de sus funciones y ejerciendo la actividad económica para la cual ha sido destinado el lote, bastarácon la presentación de la propuesta del posesionario,siempre y cuando cumpla con los demás requisitos delpresente Reglamento. La prórroga o postergación del proceso será comuni- cada en forma oportuna a los solicitantes que presenta- ron su propuesta. Artículo 17º.- De la identificación previa del postu- lante Previo a la evaluación de cada Expediente, el primer acto que realizará el Comité de Evaluación será identifi- car al postulante interesado y confirmar si éste figura enla relación, preparada para este fin por La Jefatura, deno ser así devolverá el Expediente al interesado, quienpodrá participar posteriormente en otro proceso de su-basta pública. Artículo 18º.- De la presentación de las propues- tas Las propuestas se presentarán en un Expediente conteniendo un juego de documentos en original y otroen copia simple. Las hojas de la propuestas llevarán la rúbrica del solicitante y serán foliadas correlativamente empezando por el número uno. Artículo 19º.- Del Puntaje total que se asigna a los participantes El puntaje total obtenido por los participantes en el proceso de adjudicación en venta, al contado o a plazos, establecido en el presente Reglamento a favor de perso-nas naturales o jurídicas interesadas, se obtendrá deacuerdo a los siguientes criterios: a) Por ser poblador del Proyecto, donde se encuen- tra ubicado el lote materia de la adjudicación, entendiéndo- se que posee un lote de vivienda, será acreedor de 10puntos. En el caso de personas jurídicas, se considera-rá cumplido este requisito si al menos la mitad más unode sus asociados, se encuentra domiciliado en el Pro-yecto donde se encuentra ubicado el lote materia de la adjudicación, bastando para demostrar este hecho la presentación del Documento Nacional de Identidad. b) Por estar en posesión del lote materia de adjudi- cación, de manera pacífica, pública y ejerciendo la acti-