TEXTO PAGINA: 38
PÆg. 295250 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 22 de junio de 2005 actividad para el cual esta destinado, de acuerdo a la verificación que La Jefatura llevará a cabo, en su opor-tunidad. Lote.- Unidad de terreno cuya área se encuentra comprendida dentro de un perímetro definido, debida- mente inscrito en el Registro de Predios. Lote ocupado.- Aquel donde se constate que el postulante se encuentra ejerciendo la actividad económi-ca, para la cual ha sido destinado. Lote ocupado para fines de vivienda.- Aquel lote destinado a industria, donde se constate que se estáempleando con fines de vivienda, sin desarrollar activi-dad económica alguna. Lote abandonado.- Aquel que físicamente presen- te vestigios de haber existido posesión y que a la fecha no sea conducido por persona alguna, a pesar de habersido entregado en custodia por El Ministerio. Lote vacío.- Aquel que físicamente no presente ves- tigios de haber sido ocupado a pesar de haber sido en- tregado en custodia por El Ministerio al gremio corres- pondiente. Registro de Lotes Aptos para su Adjudicación.- Aquel creado por La Jefatura, donde se establece el número delotes destinados a comercio, industria, equipamiento urbano vendible, otros usos y aportes reglamentarios. Instrumento público.- Documento idóneo para la inscripción registral. Empadronamiento.- Acto por el cual se levanta información individual de cada uno de los posesionarios de los lotes pertenecientes al Proyecto Especial CiudadPachacútec y/o Proyecto Piloto Nuevo Pachacútec y/oquienes determine La Jefatura, empleando la ficha deempadronamiento debidamente aprobada. Este procedi-miento se realizará en forma progresiva, conforme lo determine La Jefatura. Ficha de empadronamiento.- Documento en el cual consta los datos referidos a la identidad del posesionarioy/o solicitante, familiares, ingresos económicos y carac-terísticas físicas de los lotes materia de adjudicación, la misma que tiene calidad de Declaración Jurada. Equipamiento urbano vendible.- Engloba las áreas vendibles, destinadas a instituciones privadas sin finesde lucro. Otros Usos.- Comprende aportes destinados a equipamientos administrados por instituciones públicasy/o la iglesia católica. Aportes Reglamentarios.- Porcentaje de terreno útil, establecido en el Reglamento Nacional de Construccio- nes, destinados a Recreación Pública, Parques Zonales y Servicios Públicos Complementarios. Centro Direccional.- Unidad de apoyo de carácter integral, con participación activa del Gobierno Regionaldel Callao y de entidades públicas y privadas, que brin- dará servicios de capacitación, asesoría tecnológica, financiamiento, mercado y ventas, a la población del Pro-yecto Piloto. Lotes de Libre Disponibilidad.- Lotes que al con- cluir el proceso de adjudicación, no lograran ser adjudi- cados, quedarán de libre disposición del Gobierno Re- gional del Callao. Sostenibilidad del proyecto.- Calidad del Proyecto en función del mercado, definida por ser viable, con sufi-ciente sustento económico, rentabilidad y con posibilida- des de duración y crecimiento en el tiempo. Artículo 3º.- De los usos genéricos de los lotes La Jefatura, de acuerdo al plano de trazado y lotiza-ción inscrito en el Registro de Predios, dispondrá los usos genéricos de los lotes destinados a comercio, in-dustria, equipamiento urbano vendible y otros usos, pu-diendo llevar a cabo las modificaciones del Plano deTrazado y Lotización que sean convenientes Artículo 4º.- De la tasación Los predios antes de su enajenación deberán ser tasados aplicando el criterio de valorización comercial.Las tasaciones serán efectuadas por la Comisión Nacio-nal de Tasaciones - CONATA, en virtud a lo establecidopor el artículo 33º de la Ley Nº 23337. Costo que será asumido por el Adjudicado al momento de la Transferen- cia del bien. TÍTULO II ACTOS DE ENAJENACIÓN Y OTROS ACTOS DE DISPOSICIÓN DE LOS LOTES CAPÍTULO I DE LOS ACTOS DE ENAJENACIÓN DE LOTES A TÍTULO ONEROSO Artículo 5º.- Del Comité de Evaluación El Comité de Evaluación del Gobierno Regional del Callao es el órgano colegiado encargado de evaluar alos solicitantes de los lotes materia de enajenación, verifi-cando el estricto cumplimiento de los requisitos estable- cidos en el presente reglamento. Las decisiones que adopte el Comité de Evaluación serán de carácter inape-lable. Artículo 6º.- De los actos de enajenación a título oneroso de los lotes a personas naturales o jurídi- cas Los actos de enajenación a título oneroso de los lo- tes de los Proyectos Especial Ciudad Pachacútec y Pi-loto Nuevo Pachacútec, destinados a comercio, produc-ción, equipamiento urbano vendible y para otros usos, afavor de personas naturales o jurídicas interesadas, serán los siguientes: La venta directa predial al contado , en cuyo caso se extenderá el documento público idóneo de traslaciónde dominio, el mismo que deberá ser inscrito en el Re-gistro de Predios. La venta directa predial a plazos , se efectuará con la cancelación de la cuota inicial, ascendente al 30% delvalor de la tasación. Se extenderá el documento públicoidóneo de traslación de dominio, el mismo que deberáinscribirse en el Registro de Predios, constituyéndose la respectiva hipoteca legal sobre el saldo del precio, el cual será cancelado en un plazo máximo de doce (12)meses, con intereses compensatorios, al rebatir, a lamínima tasa establecida por el Banco Central de Reser-va. Artículo 7º.- De la enajenación a título oneroso a personas naturales o jurídicas de lotes destinadosa comercio Los lotes de los Proyectos Especial Ciudad Pachacútec y Piloto Nuevo Pachacútec, destinados acomercio, se adjudicarán a título oneroso al solicitante que cumpla con los requisitos establecidos en los Artículos 10º y 11º del presente Reglamento, previa eva-luación por el respectivo Comité de Evaluación. Artículo 8º.- De la adjudicación de los lotes desti- nados a Iglesia Católica, Iglesia No Católica y Edu- cación Privada Los lotes destinados a Iglesia Católica, No Católica y Educación Privada, se regirán por el proceso de adjudi-cación establecido en el Capítulo II, del Título II del pre-sente Reglamento. Artículo 9º.- De la adjudicación directa de los lo- tes industriales Para la adjudicación directa de lotes industriales se tomará en cuenta lo siguiente: