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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE MARZO DEL AÑO 2005 (05/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 51

PÆg. 288493 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de marzo de 2005 Autorizan a procurador iniciar accio- nes legales para declarar la nulidad delicencia de conducir RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 142-2005-MTC/02 Lima, 2 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Directoral Nº 3997-2004- MTC/15 de fecha 24 de setiembre de 2004, se sancionóa diversos conductores con la inhabilitación por el térmi- no de dos (02) años para obtener licencia de conducir, computado a partir de la fecha en que fueron interveni-dos por conducir vehículos con licencia de conduciradulterada, infringiendo lo dispuesto en el literal F-3 delartículo 314º del Reglamento Nacional de Tránsito, apro-bado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, estando comprendido, entre ellos, BEDON GRAZA, CARLOS MANUEL, con licencia de conducir Nº Q-292871/AII, aquien se impuso la sanción desde el 28 de febrero de2003; Que, con Informe Nº 1816-2004-MTC/15.03.1.AA el encargado del Área de Antecedentes del Conductor de la Subdirección de Licencias de Conducir y Educación Vial informa que mediante acción de control posterior seha verificado en la Base de Datos de Conductores delÁrea de Antecedentes de la Subdirección de Licenciasde Conducir y Educación Vial, que don BEDON GRAZA,CARLOS MANUEL, ha obtenido la licencia de conducir Nº Q-32042222/AII con fecha del 28 de marzo del 2003 en la modalidad de recategorización, con posterioridad ala fecha de la comisión de la infracción comunicada porparte de la Autoridad de Control de Tránsito a esta Admi-nistración; Que, mediante Memorándum Nº 039-2005-MTC/15, el Director General de Circulación Terrestre solicita se declare la nulidad de la licencia de conducir Nº Q-32042222/AII correspondiente a don BEDON GRAZA,CARLOS MANUEL; Que, de conformidad el numeral 3 del artículo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, son nulos los actos expresos por los que se adquiere facultades o derechos, cuando son contrariosal ordenamiento jurídico, o cuando no se cumplen conlos requisitos, documentación o trámite esenciales parasu adquisición; Que, de acuerdo a lo informado por la Subdirección de Otorgamiento de Licencias de Conducir, y tal como consta en los reportes electrónicos de la Base de Datosde Conductores del Área de Antecedentes de laSubdirección de Licencias de Conducir y Educación Vial,los mismos que obran en el expediente de vista, donBEDON GRAZA, CARLOS MANUEL, obtuvo nueva li- cencia de conducir a través de la modalidad de revalida- ción, mientras se encontraba inhabilitado por el términode dos (02) años para obtener licencia de conducir, tér-mino computado a partir del 28 de febrero de 2003, ha-biendo transgredido lo dispuesto en el artículo 296º delReglamento Nacional de Tránsito, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC; Que, de acuerdo a lo expuesto, queda demostrado que la mencionada licencia de conducir ha sido obtenidadentro del período de inhabilitación establecido por laResolución Directoral Nº 3997-2004-MTC/15, de fecha24 de setiembre de 2004; Que, en tal sentido, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1 del artículo 10º de la Ley del Procedi-miento Administrativo General, Ley Nº 27444, la licenciade conducir Nº Q-32042222/AII debe ser declarada nula,sin embargo esta facultad para declarar la nulidad deoficio prescribe al año, contando a partir de la fecha en que el acto administrativo haya quedado consentido, por lo que sólo procede demandar la nulidad ante el PoderJudicial vía el proceso contencioso administrativo enuso de la facultad establecida en el artículo 202º de la leymencionada; Que, el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, señala que la defensa de los intereses el Estado está a cargode los Procuradores Públicos; Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537, señala que los Procuradores Públicos tienen la plena represen-tación del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actúecomo demandante, demandado, denunciante o parte ci-vil; Que, el artículo único del Decreto Ley Nº 17667, publi- cado el 28 de mayo de 1969 establece que para deman-dar y/o formular denuncias a nombre del Estado es ne-cesario la expedición previa de la Resolución Ministerialautoritativa; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes yComunicaciones, para que en representación y defensade los intereses del Estado, inicie y culmine las accioneslegales que correspondan a efectos de declarar la nuli-dad de la licencia de conducir Nº Q-32042222/AII correspondiente a don BEDON GRAZA, CARLOS MA- NUEL, por los hechos descritos en la parte considerati-va de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución así como de los antecedentes respectivos a la OficinaGeneral de Auditoría Interna, a fin de que se determinen las responsabilidades a que hubiera lugar. Artículo 3º.- Remitir copia de esta Resolución, así como los antecedentes del caso al mencionado Procura-dor Público, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04790 VIVIENDA Declaran nulidad de proceso de Convo- catoria Pœblica Internacional paraPrecalificación - CPI N” 0001-2004/VIVIENDA/VMCS/PARSSA RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007-2005/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE Lima, 2 de marzo de 2005 Vistos; el escrito de fecha 19 de enero de 2005 presen- tado por el postor Consorcio Aguas de Iquitos, con Re-gistro Nº 01002 del 19 de enero de 2005; el Informe Nº001-2005/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/CE-CPIP 001-2004 del 9 de febrero de 2005; el Informe Nº 011-2005-VIVIEN- DA/VMCS/PARSSA/OAL del 2 de marzo de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, a través de la Convocatoria Pública Internacio- nal para Precalificación - CPI Nº 0001-2004/VIVIENDA/VMCS/PARSSA el Programa de Apoyo a la Reforma delSector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento - PARSSA efectuó la precalifica- ción de empresas contratistas para que se ejecute tra-bajos involucrados en el Proyecto de Expansión y Mejo-ramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua y Al-cantarillado de las ciudades provinciales de Iquitos, Cuscoy Sicuani, en el marco del Convenio de Préstamo Nº PE- P29, suscrito entre la República del Perú y en Japan Bank For International Cooperation - JBIC; precisamen-te respecto de las obras de la ciudad de Iquitos: Lote 1Sistema de Agua Potable, cuyos Documentos de Preca-lificación fueron aprobados por la Resolución DirectoralNº 171-2004-VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 227-2004- VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE, la Dirección Ejecutiva delPARSSA designó a los miembros del Comité de Evalua-ción del Proceso de Precalificación, encargado de con-ducir el Proceso de Precalificación de las empresas con-tratistas con la finalidad de determinar una Lista Corta,