Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2005 (05/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, sabado 5 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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Autorizan a procurador iniciar acciones legales para declarar la nulidad de licencia de conducir
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 142-2005-MTC/02
MORDAZA, 2 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 3997-2004MTC/15 de fecha 24 de setiembre de 2004, se sanciono a diversos conductores con la inhabilitacion por el termino de dos (02) anos para obtener licencia de conducir, computado a partir de la fecha en que fueron intervenidos por conducir vehiculos con licencia de conducir adulterada, infringiendo lo dispuesto en el literal F-3 del articulo 314º del Reglamento Nacional de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC, estando comprendido, entre ellos, BEDON GRAZA, MORDAZA MORDAZA, con licencia de conducir Nº Q-292871/AII, a quien se impuso la sancion desde el 28 de febrero de 2003; Que, con Informe Nº 1816-2004-MTC/15.03.1.AA el encargado del Area de Antecedentes del Conductor de la Subdireccion de Licencias de Conducir y Educacion Vial informa que mediante accion de control posterior se ha verificado en la Base de Datos de Conductores del Area de Antecedentes de la Subdireccion de Licencias de Conducir y Educacion Vial, que don BEDON GRAZA, MORDAZA MORDAZA, ha obtenido la licencia de conducir Nº Q-32042222/AII con fecha del 28 de marzo del 2003 en la modalidad de recategorizacion, con posterioridad a la fecha de la comision de la infraccion comunicada por parte de la Autoridad de Control de MORDAZA a esta Administracion; Que, mediante Memorandum Nº 039-2005-MTC/15, el Director General de Circulacion Terrestre solicita se declare la nulidad de la licencia de conducir Nº Q32042222/AII correspondiente a don BEDON GRAZA, MORDAZA MANUEL; Que, de conformidad el numeral 3 del articulo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, son nulos los actos expresos por los que se adquiere facultades o derechos, cuando son contrarios al ordenamiento juridico, o cuando no se cumplen con los requisitos, documentacion o tramite esenciales para su adquisicion; Que, de acuerdo a lo informado por la Subdireccion de Otorgamiento de Licencias de Conducir, y tal como consta en los reportes electronicos de la Base de Datos de Conductores del Area de Antecedentes de la Subdireccion de Licencias de Conducir y Educacion Vial, los mismos que obran en el expediente de vista, don BEDON GRAZA, MORDAZA MORDAZA, obtuvo nueva licencia de conducir a traves de la modalidad de revalidacion, mientras se encontraba inhabilitado por el termino de dos (02) anos para obtener licencia de conducir, termino computado a partir del 28 de febrero de 2003, habiendo transgredido lo dispuesto en el articulo 296º del Reglamento Nacional de MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2001-MTC; Que, de acuerdo a lo expuesto, queda demostrado que la mencionada licencia de conducir ha sido obtenida dentro del periodo de inhabilitacion establecido por la Resolucion Directoral Nº 3997-2004-MTC/15, de fecha 24 de setiembre de 2004; Que, en tal sentido, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 1 del articulo 10º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, la licencia de conducir Nº Q-32042222/AII debe ser declarada nula, sin embargo esta facultad para declarar la nulidad de oficio prescribe al ano, contando a partir de la fecha en que el acto administrativo MORDAZA quedado consentido, por lo que solo procede demandar la nulidad ante el Poder Judicial via el MORDAZA contencioso administrativo en uso de la facultad establecida en el articulo 202º de la ley mencionada; Que, el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, senala que la defensa de los intereses el Estado esta a cargo de los Procuradores Publicos; Que, el articulo 2º del Decreto Ley Nº 17537, senala que los Procuradores Publicos tienen la plena represen-

MORDAZA del Estado en juicio y ejercitan su defensa en todos los procesos y procedimientos en los que actue como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el articulo unico del Decreto Ley Nº 17667, publicado el 28 de MORDAZA de 1969 establece que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado es necesario la expedicion previa de la Resolucion Ministerial autoritativa; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decretos Leyes Nºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan a efectos de declarar la nulidad de la licencia de conducir Nº Q-32042222/AII correspondiente a don BEDON GRAZA, MORDAZA MORDAZA, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion asi como de los antecedentes respectivos a la Oficina General de Auditoria Interna, a fin de que se determinen las responsabilidades a que hubiera lugar. Articulo 3º.- Remitir MORDAZA de esta Resolucion, asi como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 04790

VIVIENDA
Declaran nulidad de MORDAZA de Convocatoria Publica Internacional para Precalificacion - CPI Nº 0001-2004/ VIVIENDA/VMCS/PARSSA
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 007-2005/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE
MORDAZA, 2 de marzo de 2005 Vistos; el escrito de fecha 19 de enero de 2005 presentado por el postor Consorcio Aguas de Iquitos, con Registro Nº 01002 del 19 de enero de 2005; el Informe Nº 001-2005/VIVIENDA/VMCS/PARSSA/CE-CPIP 001-2004 del 9 de febrero de 2005; el Informe Nº 011-2005-VIVIENDA/VMCS/PARSSA/OAL del 2 de marzo de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, a traves de la Convocatoria Publica Internacional para Precalificacion - CPI Nº 0001-2004/VIVIENDA/ VMCS/PARSSA el Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento - PARSSA efectuo la precalificacion de empresas contratistas para que se ejecute trabajos involucrados en el Proyecto de Expansion y Mejoramiento del Sistema de Abastecimiento de Agua y Alcantarillado de las ciudades provinciales de Iquitos, MORDAZA y Sicuani, en el MORDAZA del Convenio de Prestamo Nº PEP29, suscrito entre la Republica del Peru y en Japan Bank For International Cooperation - JBIC; precisamente respecto de las obras de la MORDAZA de Iquitos: Lote 1 Sistema de Agua Potable, cuyos Documentos de Precalificacion fueron aprobados por la Resolucion Directoral Nº 171-2004-VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE; Que, mediante la Resolucion Directoral Nº 227-2004VIVIENDA/VMCS/PARSSA/DE, la Direccion Ejecutiva del PARSSA designo a los miembros del Comite de Evaluacion del MORDAZA de Precalificacion, encargado de conducir el MORDAZA de Precalificacion de las empresas contratistas con la finalidad de determinar una Lista Corta,

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