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PÆg. 288505 NORMAS LEGALES Lima, sábado 5 de marzo de 2005 INEI Autorizan ejecución de la "Encuesta Nacional Agropecuaria sobre Produc- ción y Ventas" correspondiente al aæo 2005 INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 072-2005-INEI Lima, 23 de febrero del 2005 Visto el Oficio Nº 151-2005-AG-DGIA/049-DE, de la Dirección General de Información Agraria del Ministeriode Agricultura (MINAG), mediante el cual solicita autori- zación para realizar la “Encuesta Nacional Agropecua- ria sobre Producción y Ventas - ENAPROVE”, corres-pondiente al año 2005. CONSIDERANDO: Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 604 "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Es-tadística e Informática", el INEI es el ente rector del Sis- tema Nacional de Estadística y tiene entre sus funcio- nes normar, supervisar y evaluar los métodos, procedi-mientos y técnicas estadísticas, utilizadas por los órga-nos del Sistema para la producción de las EstadísticasBásicas; Que, la Dirección General de Información Agraria del MINAG, con la finalidad de continuar con las encuestas estructurales en los valles de la Región Costa y departa-mentos de la Región Sierra para obtener informaciónconfiable, oportuna y veraz, a fin de desarrollar un pro-grama de mejoras a nivel de producción de estadísticase indicadores agropecuarios, útiles para la oportuna toma de decisiones de los productores, ejecutará la “Encues- ta Nacional Agropecuaria sobre Producción y Ventas2005”; Que, en tal sentido es necesario autorizar la ejecu- ción de la mencionada Encuesta dirigida a los producto-res agropecuarios de las unidades catastrales seleccio- nadas y que se encuentran ubicadas en principales va- lles de la Región Costa y departamentos de la RegiónSierra, así como aprobar los formularios respectivos; Con la opinión técnica de la Dirección Nacional de Censos y Encuestas y la visación de la Subjefatura deEstadística y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en los artículos 81º y 83º del Decreto Supremo Nº 043-2001-PCM, Regla-mento de Organización y Funciones del INEI; En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, Ley de Organización yFunciones del Instituto Nacional de Estadística e Infor- mática. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de la “Encuesta Nacional Agropecuaria sobre Producción y Ventas”, co- rrespondiente al año 2005, que se realizará en 40 vallesde la Región Costa y 06 departamentos de la RegiónSierra , que será conducida por la Dirección General deInformación Agraria del Ministerio de Agricultura. Artículo 2º.- Aprobar los formularios correspondien- tes de la mencionada encuesta, que forma parte de la presente resolución y que se utilizará para relevar infor-mación estadística durante el presente año, en los luga-res que se señalan en el artículo precedente, según laprogramación siguiente: CRONOGRAMA DE EJECUCIONES ENAPROVE COSTA - 2005 MES DEPARTAMENTO V ALLE MUESTRA PIURA MEDIO PIURA 576 PIURA ALTO PIURA 610 Marzo PIURA CHIRA 520 LA LIBERTAD MOCHE - VIRU – CHAO 597 LIMA CHANCAY HUARAL 450MES DEPARTAMENTO V ALLE MUESTRA ICA ICA 614 PIURA BAJO PIURA 558 LA LIBERTAD CHICAMA 596 ANCASH SANTA LACRAMARCA 466 Abril ANCASH NEPEÑA 370 ICA NAZCA 321 ICA PALPA 364 AREQUIPA CAMANA 341 AREQUIPA MAJES 367 LA LIBERTAD JEQUETEPEQUE 524 LIMA SUPE - PATIVILCA – FORTALEZA 735 Mayo LIMA HUA URA SAYAN 541 LIMA CAÑETE 439 MOQUEGUA MOQ UEGUA - ILO – TORATA 440 TACNA CAPLINA 316 PIURA SAN LORENZO 657 LAMBAYEQUE CHANCAY LAMBAYEQUE 683 Junio ICA CHINCHA 536 ICA PISCO 450 AREQUIPA T AMBO 385 AREQUIPA VITOR LA JOYA 296 LAMBAYEQUE ZAÑA 550 PIURA ALTO PIURA 610 Agosto PIURA CHIRA 520 LA LIBERTAD VIRU - MOCHE – CHAO 597 LIMA CHANCAY HUARAL 450 PIURA MEDIO PIURA 576 Setiembre PIURA BAJO PIURA 558 ANCASH SANTA LACRAMARCA 466 ICA ICA 614 LIMA HUA URA SAYAN 541 LIMA CAÑETE 439 ICA NAZCA 321 Octubre ICA PALPA 364 AREQUIPA CAMANA 341 AREQUIPA MAJES 367 MOQUEGUA MOQ UEGUA - ILO – TORATA 440 TACNA CAPLINA 316 PIURA SAN LORENZO 657 LAMBAYEQUE CHANCAY LAMBAYEQUE 683 Noviembre LIMA SUPE - PATIVILCA – FORTALEZA 735 ICA CHINCHA 536 ICA PISCO 450 AREQUIPA T AMBO 385 TUMBES TUMBRES, ZARUMILLA Y BOCAPAN 800 ANCASH CASMA, CULEBRAS Y HUARMEY 700 Valles AREQUIPA PAMPA MAJES, SIGUAS, ACARI, 800 Nuevos YAUCA, CHAPARRA, OCOÑA ICA VILLACURI 500 TACNA LOCUMBA, SAMA Y LA YARADA 900 CRONOGRAMA DE EJECUCIONES ENAPROVE SIERRA - 2005 DEPARTAMENTO ENE FEB MAR ABR MAY JUN JUL AGO SET OCT NOV DIC Huánuco X Ancash X Cajamarca X La Libertad X Cusco X Junín X Artículo 3º.- Los productores agropecuarios, per- sonas naturales o jurídicas conductores de las parcelas catastrales seleccionadas están obligadas a suminis- trar información a los funcionarios de la Dirección Gene-ral de Información Agraria del MINAG.