Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 2005 (14/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

MORDAZA, lunes 14 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES

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faria y MORDAZA de la Resolucion final que fije la tarifa MORDAZA se realizara la Audiencia Publica Descentralizada en donde se expondran los criterios, metodologias, estudios, informes, modelos economicos o dictamenes, que hayan servido de base para la propuesta de fijacion tarifaria; Que, con fecha 2 de marzo de 2005, se llevo a cabo la Audiencia Publica convocada por OSITRAN en las instalaciones de la Universidad del MORDAZA, en la cual los interesados -entre los cuales estuvo AETAI- y el publico en general que asistio expusieron sus comentarios y sugerencias a la propuesta tarifaria aplicable al servicio de puentes de embarque en el AIJCH; Que, con fecha 2 de marzo de 2005, y mediante el documento de Vistos, AETAI solicito, entre otras consideraciones, una ampliacion de plazo de sesenta (60) dias utiles para la MORDAZA de comentarios y sugerencias respecto de la prepublicacion de la Propuesta de la Tarifa MORDAZA aplicable al servicio de puentes de embarque en el AIJCH, a que se refiere el articulo 1º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 011-2005-CDOSITRAN, por considerar que el plazo inicialmente otorgado no era suficiente para la MORDAZA adecuada de las consideraciones tecnicas que sustenten el Estudio; Que, el articulo 43º del Reglamento General de Tarifas establece que el plazo para la recepcion de comentarios y las respectivas Audiencias no podra ser menor de quince (15) dias contados desde la fecha de publicacion; Que, a la fecha no se ha vencido el plazo otorgado mediante el articulo 1º de la Resolucion Nº 011-2005CD-OSITRAN, asi como tampoco existe impedimento alguno para que el plazo otorgado para la recepcion de comentarios sea mayor de los quince dias concedidos, en virtud del articulo 43º del Reglamento General de Tarifas; Que, en ese sentido, y a efectos de otorgar mayor transparencia en el MORDAZA tarifario correspondiente a la Tarifa MORDAZA para el servicio de puentes de embarque en el AIJCH, resulta necesario que el plazo concedido sea MORDAZA hasta el 1 de MORDAZA de 2005, con la finalidad que los interesados puedan presentar sus comentarios y sugerencias respecto de la prepublicacion de la Propuesta de la Tarifa MORDAZA aplicable al servicio de puentes de embarque en el AIJCH, a que se refiere el articulo 1º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 011-2005-CD-OSITRAN; De conformidad con la funcion normativa ejercida exclusivamente por el Consejo Directivo, segun lo establecido en el articulo 23º del Reglamento General de OSITRAN aprobado mediante D.S. Nº 010-2001-PCM y estando a lo acordado por el Consejo Directivo en su sesion de fecha 4 de marzo de 2005; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Ampliar hasta el dia 1 de MORDAZA de 2005, el plazo establecido en el articulo 1º de la Resolucion de Consejo Directivo Nº 011-2005-CD-OSITRAN a efectos que los interesados puedan presentar sus comentarios y sugerencias respecto de la prepublicacion de la Propuesta de la Tarifa MORDAZA aplicable al servicio de puentes de embarque en el AIJCH, segun lo dispuesto en el articulo 42º del Reglamento General de Tarifas de OSITRAN. Articulo 2º.- Notificar la presente Resolucion a la Asociacion de Empresas de Transporte Aereo Internacional (AETAI) y a la empresa concesionaria MORDAZA Airport Partners S.R.L. (LAP) Articulo 3º.- Publicar la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de OSITRAN. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA CHIANG Presidente 05331

SUNARP
Aprueban publicacion del Compendio de Precedentes de Observancia Obligatoria en formato digital
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 062-2005-SUNARP/SN MORDAZA, 9 de marzo de 2005 CONSIDERANDO: Que, es importante promover la predictibilidad de las decisiones de los Registradores en el momento de la calificacion de los titulos, facilitandoles al efecto medios que les permitan conocer en forma inmediata e integral los distintos Precedentes de Observancia Obligatoria aprobados por el Tribunal Registral; Que, de acuerdo al articulo 28º de la Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS, que aprueba el Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, el Tribunal Registral es el Organo de MORDAZA Instancia Administrativa Registral con competencia nacional, conformado por MORDAZA descentralizadas e itinerantes; Que, de conformidad con lo previsto en el literal c) del articulo 64º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la SUNARP, es funcion del Tribunal Registral aprobar los Precedentes de Observancia Obligatoria en los Plenos Registrales que para ese efecto se convoquen; Que, hasta la fecha, el Tribunal Registral se ha reunido en nueve (09) Plenos Registrales, habiendose aprobado setenticuatro (74) Precedentes de Observancia Obligatoria; Que, el articulo 40º del Reglamento del Tribunal Registral establece que los Precedentes de Observancia Obligatoria aprobados en cada Pleno del Tribunal Registral deben publicarse; Que, mediante Memorandum Nº 084-2005SUNARP-ECR, la Escuela de Capacitacion Registral eleva al Despacho de la Superintendencia Nacional un Compendio de Precedentes de Observancia Obligatoria en formato digital, el mismo que contiene los precedentes aprobados por el Tribunal Registral en los nueve (09) Plenos Registrales realizados hasta el momento; Estando a las consideraciones que anteceden y a las facultades que confiere el articulo 7º inciso v) del Estatuto de la SUNARP, aprobado mediante Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la publicacion del Compendio de Precedentes de Observancia Obligatoria elaborado por la Escuela de Capacitacion Registral en formato digital, para su edicion en discos compactos. Articulo 2º.- Disponer la distribucion en forma gratuita del Compendio de Precedentes de Observancia Obligatoria, entre los Registradores y Vocales del Tribunal Registral. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KRENZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos (e) 05405

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