TEXTO PAGINA: 5
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G39/G35/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de marzo de 2005 Consejo Nacional de la Magistratura, para que cumpla con lo ordenado en la sentencia antes referida; Que, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratu- ra en la sesión de tres de marzo de dos mil cinco, acordó por unanimidad reincorporar a la doctora Betty Marta Matos Sánchez, en el cargo de Juez Especializado en lo Civil de Coronel Portillo, Distrito Judicial de Ucayali, al no encontrarse vacante la plaza de Juez Especializado en lo Civil de Huánuco; expidiéndosele el título corres- pondiente, previa cancelación del título de nombramien- to que ostentaba; Que, la plaza del Juzgado Especializado en lo Civil de Coronel Portillo, Distrito Judicial de Ucayali, se en- cuentra sometida a concurso en la Convocatoria Nº 001- 2004-CNM, por lo que, en atención a los considerandos precedentes, debe excluirse de la misma; Que, en cumplimiento a los acuerdos adoptados y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 37º incisos b) y e) de la Ley número 26397 -Ley Orgáni- ca del Consejo Nacional de la Magistratura-; SE RESUELVE:Primero.- Reincorporar a la doctora BETTY MARTA MATOS SÁNCHEZ, en el cargo de Juez Especializado en lo Civil de Coronel Portillo, Distrito Judicial de Ucayali. Segundo.- Cancelar el título de Juez Titular del Juz- gado en lo Civil de la Provincia de Huánuco del Distrito Judicial de Huánuco, otorgado a favor de la doctora BETTY MARTA MATOS SÁNCHEZ. Tercero.- Expedir el título de Juez Especializado en lo Civil de Coronel Portillo, Distrito Judicial de Ucayali a favor de la doctora BETTY MARTA MATOS SÁNCHEZ. Cuarto.- Excluir la plaza del Juzgado Especializado en lo Civil de Coronel Portillo, Distrito Judicial de Ucayali, de la Convocatoria Nº 001-2004-CNM. Quinto.- Remitir copia de la presente resolución al señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL CABALLERO CISNEROS Presidente (e) 05391 CONTRALORÍA GENERAL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G50/G43/G4D/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G64/G65/G20/G73/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/GED/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G65/G78/G61/G6D/G69/G6E/G61/G2D/G72/GE1/G20/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65 /G70/G72/GE9/G73/G74/G61/G6D/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G31/G34/G33/G37/G2F/G4F/G43/G2D/G50/G45 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 123-2005-CG Lima, 10 de marzo de 2005Visto; la Hoja de Recomendación Nº 015-2005-CG/SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre autori- zación a la Presidencia del Consejo de Ministros para con- ducir el proceso de selección de una sociedad de auditoría que realice el examen a los estados financieros del Contra- to de Préstamo Nº 1437/OC-PE, por los ejercicios 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008; CONSIDERANDO: Que, la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) celebraron el Contrato de Préstamo Nº 1437/OC-PE para cooperar en la ejecución de un Programa consistente en un conjunto de actividades de apoyo al desarrollo de un proceso eficaz de moderniza- ción y descentralización de la administración pública, designándose como Organismo Ejecutor a la Presiden- cia del Consejo de Ministros; Que, mediante Oficios Nºs. 020-2005-PCM/SGP-PAM- DE y 48-2005-PCM/SGP-PAMDE, la Presidencia del Con- sejo de Ministros solicitó a la Contraloría General de la República la autorización para conducir directamente el proceso de selección de una sociedad de auditoría que realice el examen a los estados financieros del Programa financiado con el Contrato de Préstamo Nº 1437/OC-PE, por los ejercicios 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008; Que, el BID mediante comunicación Nº 330/2005 otor- gó su no objeción a las bases de la Licitación Nacional Nº 001-2005-PCM-PMDE para los servicios de audito- ría externa del referido Programa, remitidas por la Presi- dencia del Consejo de Ministros para la contratación de los servicios de auditoría externa del Contrato de Prés- tamo Nº 1437/OC-PE; Que, la cláusula 5.02 del Contrato de Préstamo Nº 1437/OC-PE señala que los estados financieros del Programa y los del Organismo Ejecutor se presentarán dictaminados por una firma de contadores públicos in- dependientes, aceptable al Banco, durante la ejecución del programa; asimismo, del numeral III del Anexo A (Costo del Programa y Plan de Financiamiento) de las Normas Generales aplicables al referido Contrato se desprende que el pago de los servicios de auditoría será financiado con fondos del BID; Que, el Documento de Licitación de Auditorías Exter- nas - AF-200 emitido por el BID establece un procedi- miento específico para la designación de una sociedad de auditoría que se aplica cuando los servicios de auditoría externa son financiados con los recursos del Banco y en el contrato se estipula que la auditoría debe ser efectuada por auditores independientes, condiciones que se verifi- can en el Contrato de Préstamo Nº 1437/OC-PE; Que, el artículo 6º inciso c) del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, establece que tratándose de préstamos y/o donaciones efectua- das por organismos internacionales, la solicitud de designación puede extenderse hasta todo el período de financiamiento, siempre que ello sea exigible por el con- venio internacional respectivo y/o en las normas del or- ganismo internacional que corresponda; Que, asimismo, el artículo 49º del Reglamento señala que cuando las disposiciones de un convenio y/o las nor- mas del organismo internacional establecen un procedi-