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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2005 (14/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G38/G39/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 14 de marzo de 2005 miento específico para la designación de una sociedad de auditoría, la Contraloría General de la República autoriza a la entidad el proceso de selección correspondiente; Que, en ese sentido, mediante el documento de vis- to, se concluye y recomienda que por las razones ex- puestas, debe autorizarse a la Presidencia del Consejo de Ministros la conducción del proceso de selección para la contratación de una sociedad de auditoría que realice el examen a los estados financieros del Contrato de Préstamo Nº 1437/OC-PE, por los ejercicios 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008; En uso de las atribuciones conferidas por los artícu- los 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y de conformidad con lo establecido en el artículo 49º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Presidencia del Consejo de Ministros la realización del proceso de se- lección para la contratación de una sociedad de audito- ría que realice el examen a los estados financieros del Contrato de Préstamo Nº 1437/OC-PE, por los ejerci- cios 2004, 2005, 2006, 2007 y 2008. Artículo Segundo.- La sociedad de auditoría desig- nada deberá encontrarse inscrita y hábil en el registro de la Contraloría General de la República. La Presiden- cia del Consejo de Ministros informará a la Contraloría General de la República sobre la ejecución y resultados del proceso de selección. Artículo Tercero.- La sociedad de auditoría designada y la Presidencia del Consejo de Ministros se sujetan a lo dispuesto en el Contrato de Préstamo Nº 1437/OC-PE y demás disposiciones contenidas en el Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, en lo que re- sulte aplicable. Artículo Cuarto.- Encargar a la Gerencia de Sociedades de Auditoría la supervisión de lo autorizado en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 05394 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G6C/G20/G53/G45/G4E/G41/G53/G41/G20/G61/G6D/G70/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G61/G6C/G63/G61/G6E/G63/G65/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G64/G69/G74/G6F/G72/GED/G61/G20/G65/G78/G2D/G74/G65/G72/G6E/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G78/G61/G6D/G69/G6E/G61/G72/G20/G65/G73/G74/G61/G64/G6F/G73/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G2D/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G53/G61/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G41/G67/G72/G6F/G70/G65/G63/G75/G61/G72/G69/G61/G20/G2D/G20/G50/G52/G4F/G44/G45/G53/G41/G2F/G43/G6F/G6E/G2D/G74/G72/G61/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G72/GE9/G73/G74/G61/G6D/G6F/G20/G4E/GBA/G20/G31/G30/G32/G35/G2F/G4F/G43/G2D/G50/G45 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 124-2005-CG Lima, 10 de marzo de 2005 Visto; la Hoja de Recomendación Nº 17-2005-CG/SOA de la Gerencia de Sociedades de Auditoría, sobre la ampliación del alcance de los servicios de auditoría ex- terna de la sociedad de auditoría Ramírez Enríquez y Asociados Sociedad Civil Ordinaria, solicitada por el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) para el examen del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agro- pecuaria- PRODESA/Préstamo Nº 1025/OC-PE, corres- pondiente al ejercicio 2004 y del 1 enero al 31 de julio de 2005; CONSIDERANDO: Que, con la Resolución de Contraloría Nº 166-2004- CG del 5.May.2004 correspondiente al Concurso Públi- co de Méritos Nº 02-2004-CG se designó a la sociedad de auditoría Ramírez Enríquez y Asociados Sociedad Civil Ordinaria para realizar el examen a los estados financieros del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA/Programa de Desarrollo de la Sanidad Agrope-cuaria- PRODESA- Préstamo Nº 1025/OC-PE, corres- pondiente al ejercicio 2003; Que, el SENASA con la Carta Nº 0104-2005-AG/SE- NASA solicitó la ampliación de alcance de los servicios de la sociedad de auditoría Ramírez Enríquez y Aso- ciados Sociedad Civil Ordinaria, para realizar el examen a los estados financieros del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agropecuaria, correspondiente al ejercicio 2004 y del 1 de enero al 31 de julio de 2005; Que, el Contrato de Préstamo Nº 1025/OC-PE celebrado con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, establece en la cláusula 5.02 de sus estipulaciones especiales, que los estados financieros del Programa se presentarán debidamente dictaminados por una fir- ma de contadores públicos independiente aceptable al Banco, durante el período de su ejecución; Que, en el numeral 6.01 del Documento Política del Banco sobre Auditoría de Proyectos y Entidades (Docu- mento AF-100) el BID considera beneficioso el mante- nimiento de los mismos auditores a lo largo de la eje- cución del proyecto, sujeto a los requisitos de elegibilidad mencionados en el párrafo 4.02 del referido documento; Que, el inciso c) del artículo 6º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG, señala que tratándose de préstamos y/o donaciones efectua- dos por organismos internacionales, la solicitud de designación puede extenderse hasta todo el período del financiamiento, siempre que ello sea exigible por el convenio internacional respectivo y/o en las normas del organismo internacional que corresponda; adicional- mente, el artículo 59º del Reglamento indica que la Con- traloría General de la República puede autorizar la am- pliación del alcance de la auditoría, para cuyo efecto emite la Resolución correspondiente, estableciendo los términos y condiciones de dicha autorización; Que, el BID con el Fax Nº 6076/2004 del 26.Nov.2004, otorga su no objeción para la continuidad de los servi- cios de auditoría de la sociedad de auditoría Ramírez Enríquez y Asociados Sociedad Civil Ordinaria por el ejercicio 2004 y del 1 enero al 31 de julio de 2005, verificándose la existencia del compromiso institucional ineludible del SENASA con el ente cooperante que justi- fica la ampliación de alcance solicitada; Que, en ese sentido, mediante el documento de visto se concluye que la solicitud presentada por el SENASA se sujeta a lo dispuesto por los artículos 6º inciso c) y 59º del Reglamento, recomendando la ampliación del al- cance de la auditoría solicitada; En uso de las atribuciones conferidas por los artículos 22º y 32º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y los artículos 6º literal c) y 59º del Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría aproba- do por Resolución de Contraloría Nº 140-2003-CG; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) la ampliación de alcance de los servicios de auditoría externa de la sociedad de au- ditoría Ramírez Enríquez y Asociados Sociedad Civil Ordinaria, para realizar el examen a los estados finan- cieros del Programa de Desarrollo de la Sanidad Agrope- cuaria - PRODESA/Contrato de Préstamo Nº 1025/OC- PE del ejercicio 2004 y del 1 enero al 31 de julio de 2005. Artículo Segundo.- El SENASA deberá suscribir con la sociedad de auditoría Ramírez Enríquez y Asociados Sociedad Civil Ordinaria el contrato para el examen se- ñalado en el artículo precedente, sujetándose a lo esta- blecido en el Contrato de Préstamo Nº 1025/OC-PE, a los lineamientos del BID y demás disposiciones conte- nidas en el Reglamento para la Designación de Socieda- des de Auditoría aprobado por Resolución de Contralo- ría Nº 140-2003-CG, en lo que resulte aplicable. Artículo Tercero.- Encargar a la Gerencia de Socie- dades de Auditoría la supervisión de lo autorizado por la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 05395