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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2005 (21/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 35

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G34/G36/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de marzo de 2005 ACUERDA: Artículo Primero.- APROBAR la realización del Plan Regional Participativo y Concertado en Salud, propues-to por el Consejo Regional de Salud del Sistema Regio-nal Coordinado y Descentralizado de Salud del Gobier-no Regional de La Libertad. Artículo Segundo.- APROBAR la realización de la Consulta Ciudadana para definir las Prioridades Regio-nales de Salud 2005 - 2010, cuyos resultados tendráncarácter vinculante para el Gobierno Regional de La Li-bertad y su Dirección Regional de Salud. Artículo Tercero.- ENCARGAR al Consejo Regional de Salud del Sistema Regional Coordinado y Descentra-lizado de Salud del Gobierno Regional de La Libertad laorganización y realización de lo dispuesto por el presen-te Acuerdo Regional. POR TANTO:Mando se publique y se cumpla.HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 05900 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G71/G75/G65/G20/G61/G70/G72/G6F/G62/GF3/G20/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/G66/G69/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F /G54/G75/G72/GED/G73/G74/G69/G63/G6F/G20/G45/G63/G6F/G6C/GF3/G67/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G75/G65/G76/G61/G20/G43/G69/G75/G2D /G64/G61/G64/G20/G64/G65/G20/G54/G72/G75/G6A/G69/G6C/G6C/G6F ACUERDO REGIONAL Nº 006-2005-CR/GR-LL Trujillo, 24 de febrero del 2005EL CONSEJO REGIONAL LA LIBERTAD VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha, el pedido formulado por el señor Consejero Regional Miguel Luperdi Brito,referente a la Nulidad del Acuerdo Regional Nº 079-2004- CR/R-LL de fecha 2.8.2004 por el cual se aprobó el Perfil del Proyecto Turístico Ecológico de la Nueva Ciudad deTrujillo; CONSIDERANDO: Que, el artículo 63º inciso a) de la "Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales" modificada por la Ley Nº 27902 se refiere a las funciones de los Gobiernos Regionales en materia de Turismo, las mismas que a lafecha NO HAN SIDO AÚN TRANSFERIDAS y por lo tanto no se puede utilizar como sustento del menciona- do Acuerdo, este artículo está referido a "POLÍTICAS" yno a "PERFILES"; Que, el artículo 53º inciso a) del mismo cuerpo legal modificado por Ley Nº 27902, prescribe: "For- mular, aprobar, ejecutar, dirigir, controlar y administrar los planes y políticas en materia ambiental y de orde-namiento territorial, en concordancia con los planes de los Gobiernos Locales", debe ser concordante con el inciso j) de la misma el que señala: "Preservar yadministrar en coordinación con los Gobiernos Loca- les, las reservas y áreas naturales protegidas regio- nales que están comprendidas íntegramente dentrode su jurisdicción, así como los territorios insulares, conforme a Ley", siendo que dicho artículo se refiere a un ÁREA NATURAL PROTEGIDA que es distinto ala CREACIÓN DE LA NUEVA CIUDAD TURÍSTICA ECOLÓGICA; Con el informe favorable de la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica de fecha 11 de febrero respecto a la REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Las normas y sentencias por publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2.- Las normas y sentencias cuya publicación se solicite para el día siguiente no deberán exceder de diez (10) páginas. 3.- Si las normas y sentencias que ingresaran al diario, en suma, tuvieran una extensión igual o mayor a dos (2) páginas de texto, se requerirá la presentación adjunta de disquete y deberán venirelaboradas en WORD. 4.- Las normas y sentencias además, deben ser remitidas en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . 5.- Cualquiera sea la cantidad de páginas, si las normas contuvieran tablas o cuadros, éstas deberán venir en diskette y trabajados en Excel una línea por celda sin justificar y, si contuvieran gráficos, éstos deberán ser presentados en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises. LA DIRECCIÓNDIARIOOFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU