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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2005 (21/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G34/G34/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de marzo de 2005 sea un trabajador de la Municipalidad Distrital de San- cos; asimismo y a mayor abundamiento debe precisarseque, en el expediente materia del presente proceso, no obra la citación a la sesión extraordinaria en la cual se declaró la vacancia del cargo del regidor afectador a finque haya podido ejercer su derecho de defensa confor- me a ley; Que la información omitida fue requerida con Oficios Nºs. 1261 y 2019-2004-SG/JNE, según fojas 10 y 11; y, por Acuerdo Nº 070094-034 del 7 de setiembre de 2004, adoptado por el Pleno del Jurado Nacional de Eleccio-nes, comunicado con Oficio Nº 2326-2004-SG/JNE, de fojas 12, se le requirió al Alcalde cumpla con remitir lo solicitado, bajo apercibimiento de resolver los autos conlos actuados que obran en el expediente; y, con Oficio Nº 164-2005-SG/JNE , según fojas 15, se comunicó al citado burgomaestre que por Acuerdo Nº 20014-022 del20 de enero del presente año, el Pleno de este colegia- do, dispuso que cumpla con remitir la mencionada información, bajo apercibimiento de ser denunciado porincumplimiento de deberes funcionales; Que pese a las reiteraciones y a lo acordado por este Supremo Organismo Electoral, el Alcalde de laMunicipalidad Distrital de Sancos no ha cumplido con presentar lo requerido; hecho que debe ser puesto en conocimiento del Ministerio Público; asimismo, respectoa la insuficiente documentación presentada, debe preci- sarse que no se acredita que don José Santa Cruz Bau- tista Flores haya incurrido en la causal de vacancia pre-vista en el inciso 10) del artículo 22º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Eleccio- nes, en uso de sus atribuciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar nulo el Acuerdo de declaratoria de vacancia del cargo del regidor don JoséSanta Cruz Bautista Flores, adoptado por el Concejo Distrital de Sancos, provincia de Lucanas, departamen- to de Ayacucho, adoptado en sesión extraordinaria del16 de abril de 2004. Artículo Segundo.- Declarar que don José Santa Cruz Bautista Flores continuará ejerciendo el cargo deregidor del Concejo Distrital de Sancos, provincia de Lucanas, departamento de Ayacucho, por el período 2003-2006 para el cual fue elegido. Artículo Tercero.- Poner en conocimiento de la Fisca- lía de la Nación, el incumplimiento del Alcalde del Conce- jo Distrital de Sancos, provincia de Lucanas, departa-mento de Ayacucho, don Pedro Fidel Quispe Márquez de remitir la información solicitada a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución, a fin queproceda de acuerdo a sus atribuciones, remitiéndole copia certificada de los actuados. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. MENDOZA RAMÍREZ VELA MARQUILLÓ VELARDE URDANIVIABALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 05834 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G73/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G61/G64/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 334-2005-JEF/RENIEC Lima, 25 de febrero de 2005Visto, el Informe Nº 31-2005-GP/SGP/RENIEC y el In- forme Nº 208-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerenciade Asesoría Jurídica, de fecha 21 de febrero del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su permanente laborfiscalizadora, así como del proceso de depuración, inhe- rente al procedimiento administrativo, ha detectado que la ciudadana CARMEN ROSA CAMARA DE VALCARCEL oCARMEN ROSA CAMARA CAMARA, en atención al prin- cipio de veracidad de las declaraciones, se presentó al Registro a efectos de obtener ilegalmente una segundainscripción, declarando ser de estado civil soltera; Que, mediante Oficio Nº 487-04-DRRCC/MDMM, la Jefatura de Registros Civiles de la Municipalidad Distritalde Magdalena del Mar remite copia de la Partida de Matri- monio Nº 1, a nombre de TEODORO ALBERTO VALCAR- CEL PORTILLO y CARMEN ROSA CAMARA CAMARA; Que, la Subgerencia de Procesamiento, unidad orgá- nica encargada de evaluar el trámite solicitado, rechaza tal pretensión al señalar que la ciudadana CARMENROSA CAMARA CAMARA presenta una inscripción an- terior con estado civil casada, lo que hace presumir que declaró datos falsos en documento público y que ade-más pretendió registrarlo en el Sistema del Archivo Na- cional de Identificación, cuya organización y manteni- miento es encargada por Ley al RENIEC; Que, los hechos antes descritos constituyen indicio razonable de la comisión del presunto delito contra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológica, previs-to y sancionado en el artículo 428º del Código Penal vigente, dado que se ha insertado datos falsos, afectan- do la seguridad y funcionabilidad del registro; Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y en atención al considerando precedente resul- ta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo delos asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado ydel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil con- tra la ciudadana CARMEN ROSA CAMARA DE VALCAR- CEL o CARMEN ROSA CAMARA CAMARA; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado interponga las acciones legalesque correspondan contra la ciudadana CARMEN ROSA CAMARA DE VALCARCEL o CARMEN ROSA CAMARA CAMARA, por presunto delito contra la Fe Pública, en lamodalidad de Falsedad Ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo 2º.- Remítase lo actuado al Procurador Pú- blico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 05853 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 335-2005-JEF/RENIEC Lima, 25 de febrero de 2005 Visto, el Oficio Nº 257-2005/GO/RENIEC, el Informe Nº 104-2005-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 201- 2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Aseso-ría Jurídica, de fecha 18 de febrero del 2005; CONSIDERANDO: Que, la Subgerencia de Registros de Estado Civil del Re- gistro Nacional de Identificación y Estado Civil, en su perma- nente labor fiscalizadora, ha detectado que el Sr. JORGEVICTOR SANTOS JAIMES, Jefe de la Oficina de Registro