Norma Legal Oficial del día 21 de marzo del año 2005 (21/03/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, lunes 21 de marzo de 2005

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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ternacional y que, para cursar dicho trafico, Nortek no utilizo los mecanismos establecidos legalmente. Por tanto, en el presente caso puede concluirse validamente que OSIPTEL habia previsto los mecanismos para cursar trafico y que Nortek al utilizar un mecanismo distinto a los previstos por las leyes de la materia ha ido en contra de las normas generales del MORDAZA de las telecomunicaciones. 109. Estos actos podrian haber sido sujeto de sancion de acuerdo al Reglamento de la Ley de Telecomunicaciones22 pero no estan tipificados por lo que ni el Cuerpo Colegiado ni el Tribunal de Solucion de Controversias pueden sancionarla. 110. Sin perjuicio de ello, este Tribunal considera pertinente oficiar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones sobre los hechos que han sido materia de analisis en el presente procedimiento pues podrian constituir infracciones las normas que son de su competencia. 111. Finalmente, a ello, este Tribunal considera pertinente recomendar al Consejo Directivo evaluar la elaboracion de un MORDAZA conjunto normativo que regule adecuadamente la comercializacion. RESUELVE: Articulo Primero.- Confirmar la Resolucion Nº 0072004-CCO/OSIPTEL en todos sus extremos. Articulo MORDAZA .- Disponer que la Secretaria Tecnica remita MORDAZA del Expediente Nº 001-2004-ST/IX al Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

Con el MORDAZA favorable de los senores vocales: MORDAZA del MORDAZA Cebrecos MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Antonioli y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cueva.
MORDAZA MORDAZA ANTONIOLI Presidente

Que, de conformidad con lo previsto por los actuales articulos 191º y 192º de la Constitucion vigente modificada por la Ley de Reforma Constitucional del Capitulo XIV, del Titulo IV, sobre Descentralizacion Ley Nº 27680 - en concordancia con lo previsto por el articulo 15º Inc. b) de la Ley Nº 27867 - Ley de Gobiernos Regionales -, y su modificatoria - Ley Nº 27902 -, es atribucion del Consejo Regional aprobar los Lineamientos de Politica Sectoriales Regionales del Gobierno Regional La Libertad; Que, la presente propuesta de Lineamientos de Politica Sectoriales Regionales del Gobierno Regional La MORDAZA, se enmarca dentro de lo dispuesto en el D.S. Nº 038-2004-PCM, que establece la transferencia de funciones de los sectores de Agricultura, Comercio, Turismo, Artesania, Energia, Minas, Industria y Pesqueria; han sido elaborados en concordancia con las politicas sectoriales nacionales correspondientes, adecuados a la realidad de la Region; Que, los Lineamientos de Politica Sectoriales Regionales del Gobierno Regional La Libertad; constituyen las orientaciones que deben guiar el desarrollo de los sectores productivos en la Region y deben servir de base y contexto para el ejercicio de las funciones especificas del Gobierno Regional en lo concerniente al desarrollo de los sectores productivos; Que, estando a lo informado por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y habiendo tratado y debatido la propuesta de los Lineamientos de Politica Sectoriales Regionales del Gobierno Regional La MORDAZA, el Consejo Regional en pleno la aprobo por unanimidad; Por consiguiente; ORDENA: Articulo Primero.- APROBAR los LINEAMIENTOS DE POLITICA SECTORIALES REGIONALES del Gobierno Regional La MORDAZA, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional y a las Gerencias Regionales de Desarrollo Economico y de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial la implementacion, seguimiento y evaluacion del Plan. Articulo Tercero.- FACULTAR al Secretario del Consejo Regional La MORDAZA, la publicacion en el Diario Oficial El Peruano de la presente Ordenanza Regional, de acuerdo a las formalidades de Ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla.

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Decreto Supremo Nº 06-94-TCC Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones Articulo 233º.- Toda accion u omision que importe incumplimiento o violacion de obligaciones contenidas en la Ley, en el Reglamento o en las normas que se dicten de conformidad con los mismos, y las que se deriven de las respectivas concesiones o autorizaciones, constituye infraccion susceptible de ser sancionada administrativamente.

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GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA MORDAZA
Aprueban los Lineamientos de Politica Sectoriales Regionales del Gobierno Regional
ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2005-CR/RLL MORDAZA, 24 de febrero del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD; VISTO: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional de la fecha, la propuesta formulada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, referido a la aprobacion del Lineamientos de Politica Sectoriales Regionales del Gobierno Regional La Libertad;

MORDAZA MORDAZA OLIVEROS Presidente Regional 05905

Aprueban el Programa Regional de Desarrollo Institucional 2005-2008
ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2005-CR/RLL MORDAZA, 24 de febrero del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD; VISTO: En Sesion Ordinaria del Consejo Regional de la fecha, la propuesta formulada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, referido a la aprobacion del Programa Regional de Desarrollo Institucional 2005-2008;

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