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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE MARZO DEL AÑO 2005 (21/03/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 33

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G38/G39/G34/G35/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 21 de marzo de 2005 ternacional y que, para cursar dicho tráfico, Nortek no utilizó los mecanismos establecidos legalmente. Por tan-to, en el presente caso puede concluirse válidamente que OSIPTEL había previsto los mecanismos para cur- sar tráfico y que Nortek al utilizar un mecanismo distintoa los previstos por las leyes de la materia ha ido en contra de las normas generales del mercado de las tele- comunicaciones. 109. Estos actos podrían haber sido sujeto de san- ción de acuerdo al Reglamento de la Ley de Telecomuni- caciones 22 pero no están tipificados por lo que ni el Cuerpo Colegiado ni el Tribunal de Solución de Controversias pueden sancionarla. 110. Sin perjuicio de ello, este Tribunal considera per- tinente oficiar al Ministerio de Transportes y Comunica- ciones sobre los hechos que han sido materia de análi- sis en el presente procedimiento pues podrían constituirinfracciones las normas que son de su competencia. 111. Finalmente, a ello, este Tribunal considera perti- nente recomendar al Consejo Directivo evaluar la elabo-ración de un nuevo conjunto normativo que regule ade- cuadamente la comercialización. RESUELVE: Artículo Primero.- Confirmar la Resolución Nº 007- 2004-CCO/OSIPTEL en todos sus extremos. Artículo Segundo .- Disponer que la Secretaría Téc- nica remita copia del Expediente Nº 001-2004-ST/IX alMinisterio de Transportes y Comunicaciones. Con el voto favorable de los señores vocales: María del Pilar Cebrecos González, Luis Alberto Maraví Sáez, Dante Mendoza Antonioli y Juan Carlos Valderrama Cue- va. DANTE MENDOZA ANTONIOLIPresidente 2 2Decreto Supremo Nº 06-94-TCC Reglamento General de la Ley de Telecomu- nicacionesArtículo 233º.- Toda acción u omisión que importe incumplimiento o violación de obligaciones contenidas en la Ley, en el Reglamento o en las normas que se dicten de conformidad con los mismos, y las que se deriven de las respec-tivas concesiones o autorizaciones, constituye infracción susceptible de ser sancionada administrativamente. 05859 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4C/G69/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G6F/G6C/GED/G74/G69/G2D /G63/G61/G20/G53/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2005-CR/RLL Trujillo, 24 de febrero del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD; VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de la fe- cha, la propuesta formulada por la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Terri-torial, referido a la aprobación del Lineamientos de Políti- ca Sectoriales Regionales del Gobierno Regional La Libertad;CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por los actua- les artículos 191º y 192º de la Constitución vigente modificada por la Ley de Reforma Constitucional delCapítulo XIV, del Título IV, sobre Descentralización - Ley Nº 27680 - en concordancia con lo previsto por el artículo 15º Inc. b) de la Ley Nº 27867 - Ley de Gobier-nos Regionales -, y su modificatoria - Ley Nº 27902 -, es atribución del Consejo Regional aprobar los Linea- mientos de Política Sectoriales Regionales del Gobier-no Regional La Libertad; Que, la presente propuesta de Lineamientos de Polí- tica Sectoriales Regionales del Gobierno Regional La Libertad, se enmarca dentro de lo dispuesto en el D.S. Nº 038-2004-PCM, que establece la transferencia defunciones de los sectores de Agricultura, Comercio, Tu- rismo, Artesanía, Energía, Minas, Industria y Pesquería; han sido elaborados en concordancia con las políticassectoriales nacionales correspondientes, adecuados a la realidad de la Región; Que, los Lineamientos de Política Sectoriales Regiona- les del Gobierno Regional La Libertad; constituyen las orientaciones que deben guiar el desarrollo de los secto-res productivos en la Región y deben servir de base y contexto para el ejercicio de las funciones específicas del Gobierno Regional en lo concerniente al desarrollode los sectores productivos; Que, estando a lo informado por la Gerencia Regio- nal de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial y habiendo tratado y debatido la propuesta de los Lineamientos de Política Sectoriales Regionales delGobierno Regional La Libertad, el Consejo Regional en pleno la aprobó por unanimidad; Por consiguiente; ORDENA: Artículo Primero.- APROBAR los LINEAMIENTOS DE POLÍTICA SECTORIALES REGIONALES del Go- bierno Regional La Libertad, cuyo texto forma parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Ge- neral Regional y a las Gerencias Regionales de Desa- rrollo Económico y de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial la implementación, segui- miento y evaluación del Plan. Artículo Tercero.- FACULTAR al Secretario del Con- sejo Regional La Libertad, la publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano de la presente Ordenanza Regional, de acuerdo a las formalidades de Ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. HOMERO BURGOS OLIVEROS Presidente Regional 05905 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G38 ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2005-CR/RLL Trujillo, 24 de febrero del 2005 EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD; VISTO: En Sesión Ordinaria del Consejo Regional de la fe- cha, la propuesta formulada por la Gerencia Regional dePlaneamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Terri- torial, referido a la aprobación del Programa Regional de Desarrollo Institucional 2005-2008;