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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G32/G33/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de mayo de 2005 ración a la Contraloría General de la República y al Conse- jo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha de su aprobación, así como difundirla a través del SEACE, con-forme a lo dispuesto en los artículos 20º y 147º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicio- nes del Estado y su Reglamento, respectivamente. Regístrese, comuníquese y archívese. ROBERTO MORALES MORALES Rector 08701 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G65/G67/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G61/G70/G69/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G52/G69/G65/G73/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G42/G6F/G6C/G73/G61/G20/G64/G65 /G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G4C/G69/G6D/G61 RESOLUCIÓN CONASEV Nº 026-2005-EF/94.10 Lima, 3 de mayo de 2005 VISTO: El proyecto de modificación del Reglamento del Seg- mento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima presentado por la Bolsa de Valores de Lima S.A., así comoel Informe Nº 113-2005-EF/94.45 del 11 de abril de 2005 y el Memorándum Nº 1510-2005-EF/94.45 del 3 de mayo del año en curso, presentados por la Gerencia de Mercados yEmisores, con el visto bueno de la Gerencia General; CONSIDERANDO:Que, de acuerdo con lo establecido por el artículo 132º, incisos a) y c), del Texto Único Ordenado de la Ley delMercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, son funciones de las bolsas de valores inscribir y registrar valores mobiliarios para su negociaciónen bolsa así como excluirlos, y proponer a CONASEV la introducción de nuevas facilidades y productos en la nego- ciación bursátil; Que, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 131º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valo- res, las bolsas deben reglamentar su actividad, vigilando elcumplimiento de la ley y de las demás normas dictadas por CONASEV o por la bolsa. En este marco, CONASEV podrá delegar en una o más bolsas las facultades que la ley leconfiere respecto a las sociedades agentes y a los emiso- res con valores inscritos en dicha bolsa; Que, la regulación de la actividad de los mecanismos centralizados de negociación a través de sus reglamen- tos internos, se realiza sin perjuicio de las facultades normativas, de supervisión y control que corresponden aCONASEV de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2º, inciso a), del Texto Único Concordado de su Ley Orgáni- ca, aprobado por Decreto Ley Nº 26126, y el artículo 7ºdel Texto Único Ordenado de la Ley de Mercado de Valores; Que, los artículos 145º y 146º, inciso c), del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores disponen que los reglamentos internos de las bolsas deben ser previa- mente aprobados por CONASEV y que deben contenernormas que regulen la inscripción y el registro de los valo- res mobiliarios para su negociación en bolsa, así como aquellas relativas a la exclusión de dichos valores; Que, en atención a las disposiciones anteriores, la Bol- sa de Valores de Lima S.A. ha presentado a CONASEV para su aprobación, el proyecto de modificación del Regla-mento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima; y, Estando a lo dispuesto por el segundo párrafo del artículo 7º y el artículo 145º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercado de Valores, así como a lo acordado por el Directorio de CONASEV en su sesión del 11 de abril de2005.SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la modificación al Reglamento del Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores deLima, la cual forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Las disposiciones que complementen los artículos 5º, incisos c), d), e), y f), 6, 7, 8 y 9 del Reglamentodel Segmento de Capital de Riesgo de la Bolsa de Valores de Lima, requerirán previa aprobación de CONASEV para su entrada en vigencia. Las demás disposiciones comple-mentarias de dicho reglamento serán comunicadas a CONASEV de conformidad con el tercer párrafo del artícu- lo 145º del Texto Único Ordenado de la Ley del Mercadode Valores. Las disposiciones complementarias serán difundidas adecuadamente por la Bolsa de Valores de Lima S.A. ypuestas a disposición del público a través del Registro Público del Mercado de Valores. Artículo 3º.- Derogar los artículos1º y 2º de la Resolu- ción CONASEV Nº 069-2003-EF/94.10. Artículo 4º.- La presente resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Artículo 5º. - Transcribir la presente resolución a la Bol- sa de Valores de Lima S.A. y a Cavali ICLV S.A. Regístrese, comuníquese y publíquese. LILIAN ROCCA CARBAJAL Presidente REGLAMENTO DEL SEGMENTO DE CAPITAL DE RIESGO DE LA BOLSA DE VALORES DE LIMA TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1º.- Alcances El presente reglamento regula la inscripción en el RBVL de las acciones comunes con derecho a voto emitidas por empresas junior, los requisitos y funciones del sponsor, los requerimientos de permanencia y la exclusión de las accio-nes comunes con derecho a voto de empresas junior del RBVL. Artículo 2º.- Definiciones En el presente reglamento resultan de aplicación los términos definidos en el Texto Único Ordenado de la Leydel Mercado de Valores y en sus reglamentos; asimismo, los términos indicados a continuación tienen los significa- dos siguientes: Acciones Semilla : Las acciones que tiene emitidas una empresa junior antes de realizar una oferta públicaprimaria en cualquier país miembro de la Organización In- ternacional de Comisiones de Valores (IOSCO, por sus siglas en inglés), sea que se encuentren con restriccionesa su libre transmisibilidad o no. Estas acciones no pueden tener mayores derechos ni menores obligaciones que las acciones comunes con derecho a voto emitidas por ofertapública. Accionistas Públicos : Las personas distintas a los promotores, a las personas relacionadas, a las que forman parte o controlan el grupo económico al que pertenece la empresa junior y a los miembros del pro group. BVL: Bolsa de Valores de Lima. Empresa Junior : Es aquella empresa comprendida en una de las tres categorías siguientes: 1. Empresa Junior I: Empresa minera constituida en el país, que satisface los requisitos establecidos en el artícu-lo 5º, inciso a) del presente reglamento. 2. Empresa Junior II: Empresa minera cuyas acciones con derecho a voto se encuentran listadas en uno o másde los siguientes mercados organizados: TSX-Venture Ex- change de Canadá, Alternative Investment Market - AIM de Inglaterra, Australian Stock Exchange - ASX de Austra-lia o en bolsas o mercados organizados que autorice pre- viamente CONASEV. 3. Empresa Junior III: Empresa minera constituida en el exterior que satisface los requisitos establecidos en el artículo