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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2005 (08/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 37

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G32/G35/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de mayo de 2005 gente que tenga como finalidad el desarrollo integral de nuestros niños y adolescentes; Por lo que estando a lo dispuesto por el Artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,el Consejo Regional del Gobierno Regional Lambayeque ha emitido la siguiente; ORDENANZA REGIONAL Artículo Primero.- GARANTIZAR la organización, implemen- tación y funcionamiento de los municipios escolares en todas las instituciones educativas de los niveles de educación inicial, especial, primaria y secundaria de menores, del ámbito de laDirección Regional de Educación de Lambayeque. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Dirección Regional de Educación de Lambayeque, las acciones necesarias parael cumplimiento de la Resolución Viceministerial Nº 049-2002- ED y Directiva Nº 005-VMGP-DINEIP-2002, por parte de las instituciones educativas de la Región Lambayeque en un pla-zo máximo de sesenta (60) días de comenzadas oficialmente las actividades educativas en la Región. Artículo Tercero.- OFICIAR a través de la Dirección Regional de Educación de Lambayeque, a todas las insti- tuciones educativas de esta Región, dándoles a conocer los contenidos de la presente Ordenanza Regional y de laResolución Viceministerial Nº 049-2002-ED y Directiva Nº 005-VMGP.DINEIP-2002. Artículo Cuarto.- RESPONSABILIZAR del debido cumplimiento de lo dispuesto por la presente Ordenanza Regional a los directores de la instituciones educativas de la Región Lambayeque, quienes en caso de omisión de suobservancia serán pasivos de la instauración del proceso administrativo disciplinario correspondiente de conformidad con las normas reguladoras de esta materia de la Ley deBases de la Carrera Administrativa y su Reglamento. Artículo Quinto.- SOLICITAR a la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE, su participación como vee-dor en todos los procesos eleccionarios que se lleven a cabo para elegir representantes ante los municipios esco- lares. Artículo Sexto.- DISPONER que la Dirección Regional de Educación efectúe las coordinaciones correspondientes con los Gobiernos Locales, provinciales y distritales, a finde contar con su apoyo y trabajar en conjunto conforme a las competencias que en esta materia les confiere la Ley. POR TANTO: Mando se publique, registre y cumpla. YEHUDE SIMON MUNARO Presidente Regional 08705 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G44/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65 /G62/G72/G69/G6E/G64/G61/G72/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G65/G6C/G70/G6F/G72/G74/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G65/G74/G20/G65/G6E/G20/G61/G70/G6C/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G70/G72/G69/G6E/G63/G69/G70/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G70/G75/G62/G6C/G69/G63/G69/G64/G61/G64 PROYECTO ESPECIAL CHIRA - PIURA RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 033/2005-GRP-PECHP-406000 Piura, 13 de abril de 2005 CONSIDERANDO: Que, el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806 de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobadopor Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, establece en su artículo 1º que la misma tiene por finalidad promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derechofundamental del acceso a la información consagrada en el numeral 5 del artículo 2º de la Constitución Política del Perú; Que, los artículos 3º y 8º de la precitada ley establecen que el Estado adoptará medidas básicas que garanticen y promuevan la transparencia en la actuación de las entida- des de la Administración Pública así como tiene la obliga-ción de entregar la información que demanden las perso- nas en aplicación del principio de publicidad; Que, asimismo, conforme a lo explicado en el artículo 8º de dicha norma, las entidades obligadas a brindar informa-ción identificarán, bajo responsabilidad de su máximo repre- sentante, al funcionario responsable de brindar la informa- ción solicitada en virtud de lo establecido en la referida Ley; Que, el artículo 4º del D.S. Nº 072-2003-PCM que aprue- ba el Reglamento de la norma glosada, prevé la designa- ción del funcionario o funcionarios responsables de entre-gar la información que se requiera al amparo de la Ley; y del funcionario responsable de la elaboración y actualiza- ción del portal; tal designación se efectuará mediante Re-solución correspondiente, la misma que debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano debiendo la Entidad colocar copia de la misma en lugar visible; Por los propios fundamentos de la presente Resolución, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 14º inciso j) del Reglamento de Organización y Funciones del ProyectoEspecial Chira Piura, aprobado por Resolución Ejecutiva Re- gional Nº 0563-2004/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR y conforme a lo dispuesto en la Resolución Ejecutiva RegionalNº 0599-2004/GOBIERNO REGIONAL PIURA-PR; y contan- do con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Designar al Jefe (e) de la Oficina de Administración como el funcionario responsable de brindar la información requerida por los ciudadanos al amparo del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, aprobado porDecreto Supremo Nº 043-2003-PCM, y Reglamentada por el D.S. Nº 072-2003-PCM. Asimismo en aplicación de la normativa mencionada, designar al profesional "D" encar-gado del Área de Informática, de la Oficina de Admi- nistración como el funcionario responsable de la elabora- ción y actualización del portal correspondiente. Artículo Segundo.- Procedan a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y coló- quense copias de la misma en los lugares visibles al interiordel local institucional del Proyecto. Artículo Tercero.- Hágase de conocimiento la presente Resolución a la Gerencia General del Gobierno Regionalde Piura y demás organismos pertinentes. Regístrese y comuníquese.GUSTAVO HEYSEN SILVA Gerente GeneralProyecto Especial Chira Piura 08542 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD DE BARRANCO /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G76/G69/G67/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61 /G4E/GBA/G20/G32/G32/G31/G2D/G4D/G44/G42/G20/G71/G75/G65/G20/G6F/G74/G6F/G72/G67/GF3/G20/G62/G65/G6E/G65/G66/G69/G63/G69/G6F/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G6F/G6E/G64/G75/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G4E/GBA/G20/G32 DECRETO DE ALCALDÍA Nº 013-2005-MDB Barranco, 5 de mayo del 2005 EL ALCALDE DISTRITAL DE BARRANCO CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú establece que las municipalidades son órganos de gobierno local y tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ordenanza Nº 221-MDB, que otorgó beneficio especial de exoneración y regularización para los con- ductores del Mercado Municipal Nº 2, tenía vigencia hastael 28 de febrero del 2005, siendo prorrogada hasta el 29 de abril del 2005 mediante D.A. Nº 010-2005-MDB; Que, a fin de que un mayor número de conductores del Mercado Municipal Nº 2 pueda cumplir puntualmente con