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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2005 (08/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 24

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G32/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de mayo de 2005 dd) Las diferencias en el tratamiento contable y tri- butario establecidos en el país o países donde se ne- gocien estos valores con relación al régimen nacional; ee) El régimen de emisión y características de los valores, así como los mecanismos o medios a su dispo- sición, a efectos de ejercer los derechos que dichos valores otorgan; ff) Las condiciones y circunstancias relativas a los países donde estos valores se negocian; gg) La inaplicabilidad de ciertas normas peruanas respecto del régimen legal establecido para las bolsas o mercados organizados donde dicho valor se encuen- tra listado; y, hh) Que no habrá oferta pública de compra por ex- clusión, en caso se deslisten estos valores del RBVL y del Registro Público del Mercado de Valores. Dicha declaración deberá constar en el documento que contiene la orden o en la ficha del cliente, preci-sando el o los valores a que se refiere específicamente o si está referida a todos los valores extranjeros. Además, en el caso de que la Empresa Junior II decida realizar una Oferta Pública Primaria deberá cum- plir con los requisitos exigidos en las normas que regu- lan las ofertas públicas primarias de acciones inscritasen el Registro Público del Mercado de Valores y en el Reglamento de Oferta Pública Primaria de Acciones Comunes con Derecho a Voto de Empresas Junior. Artículo 8º.- Listado de las acciones comunes con derecho a voto de empresas junior extranjeras com-prendidas en la categoría de Empresa Junior III A efectos de obtener el listado de acciones comu- nes con derecho a voto en el RBVL, y después dehaber efectuado una Oferta Pública Primaria en el mer- cado local, las Empresas Junior III deberán cumplir con presentar la documentación prevista en los incisos a),b), c) d), e), f), g) y h) del artículo 6º del presente regla- mento. Asimismo, deberán cumplir con los requisitos exigidos en las normas que regulan las ofertas públicasprimarias de acciones inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores, y la siguiente documentación: a) Estados Financieros Auditados y Memoria corres- pondientes a los dos últimos ejercicios económicos, y sus Estados Financieros No Auditados al trimestre an-terior a la fecha de la solicitud, así como los Estados Financieros Consolidados Auditados de los dos últimos años, de ser el caso. Cuando la empresa tuviese menos de dos años de constituida, presentará el Balance General de Apertura y los Estados Financieros No Auditados del ejercicio encurso, cerrado al trimestre anterior a la fecha de pre- sentación de la solicitud y, si fuera el caso, la Memoria, su Estado Financiero Anual Auditado así como los Es-tados Financieros Consolidados Auditados correspon- dientes. Los Estados Financieros deberán ser preparados en la forma exigida en su país de origen, salvo disposi- ción legal en contrario, los mismos que deberán ser suscritos por una empresa auditora del exterior quegoce de reconocido prestigio internacional. b) Copia simple actualizada de la ficha registral, ex- pedida por la Oficina Registral respectiva o instrumentolegal equivalente del país de origen. c) Copia simple del acuerdo adoptado por el órgano competente para incorporar a la negociación bursátillas acciones comunes con derecho a voto, o instrumen- to legal equivalente, cuando corresponda. d) Copia simple de la Escritura Pública de Constitu- ción y un ejemplar actualizado del estatuto debidamen- te suscrito por su representante legal. Si hubiere algún aumento de capital o modificación estatutaria en proce-so de inscripción, deberá presentarse copia del acuer- do certificada por notario o autoridad similar. e) Copia simple de la Escritura Pública, el contrato de emisión o instrumento legal equivalente, donde cons- ten las condiciones o características de las acciones comunes con derecho a voto, siempre que no aparez-can en el estatuto social. Entre las características de- berá incluirse la cantidad de acciones, el importe total, la fecha de emisión, el valor nominal, derechos y obli-gaciones que éstas representan, su plazo de vigencia, modo de transmisión, y de ser el caso, el código ISIN y el mnemónico de la acción.f) Constancia de haber celebrado el contrato para la Representación de Valores por Anotaciones en Cuen- ta, expedida por una Institución de Compensación y Liquidación de Valores del país. Para las acciones comunes con derecho a voto man- tenidas en instituciones del exterior encargadas de la custodia, compensación y liquidación de valores, debe- rá acreditarse la suscripción del convenio respectivoentre las instituciones del exterior mencionadas y una Institución de Compensación y Liquidación de Valores del país, o un informe detallando los medios y facilida-des para la custodia, compensación y liquidación de esos valores. g) Datos del representante que tramita el listado; así como el poder que lo autorice para realizarlo con laconstancia de su inscripción en el Registro de Poderes y Mandatos de la Oficina Registral de Lima y Callao, en el que consten las facultades para tramitar el listado,las facultades generales y especiales de representa- ción ante las autoridades administrativas y judiciales peruanas. También se presentará el instrumento en elque conste la aceptación de la representación. h) Designación de la persona, domiciliada en el Perú, que será la representante ante la BVL durante la vigen- cia del listado (Representante Bursátil). i) Relación de accionistas que representen una par- ticipación superior al cinco por ciento (5%) del capital social, directores y plana gerencial de la empresa ju- nior; así como de las personas jurídicas integrantes delgrupo económico al que pertenece la empresa junior. j) Copia simple del acuerdo de la Junta General de Accionistas en la que conste la política de dividendos aprobada cuando las acciones comunes con derecho avoto a listar tengan derecho a dividendos. k) Informe indicando los principales negocios de la sociedad, proyectos y aquellos aspectos que su Direc- torio considere oportunos por su relevancia para losinversionistas. Deberá precisarse los dividendos y de- rechos o beneficios pendientes de entrega. l) Copia simple del acuerdo adoptado por el órgano competente de la empresa junior por el que se sometea las normas y disposiciones de la BVL conforme a las disposiciones legales nacionales y las dictadas por el Directorio de la BVL. m) Informe del régimen legal del país en el que esté constituida la empresa junior y las principales diferen- cias con la legislación peruana, abarcando las materias societarias, tributarias, del mercado de valores, restric-ciones al ingreso y salida de capital, dividendos, intere- ses, comisiones, medios con que contará el titular de los valores para hacer valer sus derechos ante la em-presa junior y todas aquellas de importancia. El informe será suscrito por el profesional responsable; n) Informe de las principales diferencias entre el tra- tamiento contable del país de origen con el Perú, enespecial los principios para la preparación de estados financieros de las emisoras, indicando si se rige por normas y principios aceptados a nivel internacional; asícomo, si la presentación de la información anual conso- lidada es dictaminada por auditores independientes, y haciendo referencia a su efecto sobre las cuentas delbalance y el estado de ganancias y pérdidas. El infor- me será suscrito por el profesional responsable; o) Restricciones y controles a los que está sujeta: 1. La documentación se presentará en un ejemplar en original o copia autenticada en su idioma de origen, y en español. Los documentos equivalentes a los seña- lados en este artículo, que correspondan, deberán es-tar autenticados por las autoridades nacionales. 2. Asimismo, las sociedades agentes de bolsa sólo ejecutarán las órdenes, relativas a estas acciones conderecho a voto, que reciban de sus comitentes, siem- pre que éstos hubieren suscrito una declaración mani- festando conocer lo siguiente: i. Que dichas acciones comunes con derecho a voto se encuentran sujetas a las normas que regulan losmercados de valores extranjeros donde éstas se nego- cian; ii. La información referente a estos valores está su- jeta a la forma y oportunidad de presentación estable- cidas por las normas que rigen las bolsas o mercados organizados donde están listados;