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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE MAYO DEL AÑO 2005 (08/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G32/G35/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de mayo de 2005 Artículo 10º.- El Alcalde es el representante legal y máxima autoridad administrativa de la Municipalidad Distri- tal de San Luis; le corresponde ejercer la función ejecutiva del gobierno local de conformidad con la Constitución Po-lítica del Perú, la Ley Orgánica de Municipalidades y de- más normas concordantes. Son atribuciones del Alcalde: 10.1 Defender y cautelar los derechos e intereses de la municipalidad y los vecinos. 10.2 Convocar, presidir y dar por concluidas las sesio- nes del Concejo Municipal. 10.3 Ejecutar los acuerdos del Concejo Municipal, bajo responsabilidad. 10.4 Proponer al Concejo Municipal proyectos de orde- nanzas y acuerdos. 10.5 Promulgar las ordenanzas y disponer su publica- ción. 10.6 Dictar Decretos y Resoluciones de Alcaldía, con sujeción a las leyes y ordenanzas. 10.7 Dirigir a formulación y someter a aprobación del Concejo el plan integral de desarrollo sostenible local y el programa de inversiones concertado con la sociedad civil. 10.8 Dirigir la ejecución de los planes de desarrollo municipal. 10.9 Someter a aprobación del Concejo Municipal, bajo responsabilidad y dentro de los plazos y modalidades esta- blecidas en la Ley Anual de Presupuesto de la República, el Presupuesto Municipal Participativo, debidamente equi-librado y financiado. 10.10 Aprobar el Presupuesto Municipal, en caso de que el Concejo Municipal no lo apruebe dentro del plazoprevisto en la presente ley. 10.11 Someter a aprobación del Concejo Municipal, dentro del primer trimestre del ejercicio presupuestal si-guiente y bajo responsabilidad, el balance general y la memoria del ejercicio económico fenecido. 10.12 Proponer al Concejo Municipal la creación, modi- ficación, supresión o exoneración de contribuciones, ta- sas, arbitrios, derechos y licencias; y, con acuerdo del Con- cejo Municipal, solicitar al Poder Legislativo la creación delos impuestos que considere necesarios. 10.13 Someter al Concejo Municipal la aprobación del sistema de gestión ambiental local y de sus instrumentos,dentro del marco del sistema de gestión ambiental nacio- nal y regional. 10.14 Proponer al Concejo Municipal los proyectos de reglamento interno del Concejo Municipal, los de personal, los administrativos y todos los que sean necesarios para el gobierno y la administración municipal. 10.15 Informar al Concejo Municipal mensualmente res- pecto al control de la recaudación de los ingresos munici- pales y autorizar los egresos de conformidad con la ley y elpresupuesto aprobado. 10.16 Celebrar matrimonios civiles de los vecinos, de acuerdo con las normas del Código Civil. 10.17 Designar y cesar al Gerente Municipal y, a pro- puesta de éste, a los demás funcionarios de confianza. 10.18 Autorizar las licencias solicitadas por los funcio- narios y demás servidores de la municipalidad. 10.19 Cumplir y hacer cumplir las disposiciones munici- pales con el auxilio del servicio de Serenazgo y la PolicíaNacional. 10.20 Delegar sus atribuciones políticas en un regidor hábil y las administrativas en el Gerente Municipal. 10.21 Proponer la realización de auditorías, exámenes especiales y otros actos de control. 10.22 Implementar, bajo responsabilidad, las recomen- daciones contenidas en los Informes de auditoría interna. 10.23 Celebrar los actos, contratos y convenios nece- sarios para el ejercicio de sus funciones. 10.24 Proponer la creación de empresas municipales bajo cualquier modalidad legalmente permitida, sugerir la participación accionaria, y recomendar la concesión de obrasde infraestructura y servicios públicos municipales. 10.25 Supervisar la recaudación municipal, el buen fun- cionamiento y los resultados económicos y financieros delas empresas municipales y de las obras y servicios públi- cos municipales ofrecidos directamente o bajo delegación al sector privado. 10.26 Nombrar, contratar, cesar y sancionar a los servi- dores municipales de carrera. 10.27 Proponer al Concejo Municipal las operaciones de crédito interno y externo, conforme a Ley. 10.28 Presidir el comité de Defensa Civil de San Luis. 10.29 Suscribir convenios con otras municipalidadespara la ejecución de obras y prestación de servicios comu- nes. 10.30 Atender y resolver los pedidos que formulen las organizaciones vecinales o, de ser el caso, tramitarlos anteel Concejo Municipal. 10.31 Resolver en última instancia administrativa los asuntos de su competencia de acuerdo al Texto Único deProcedimientos Administrativos de la Municipalidad. 10.32 Proponer al Concejo Municipal espacios de con- certación y participación vecinal. 10.33 Presidir el Concejo de Coordinación Local Distri- tal de San Luis, el Comité del Vaso de Leche, el Comité Municipal por los Derechos del Niño y del Adolescente, elComité de Seguridad Ciudadana, y otros comités, etc. 10.34 Ejecutar las funciones ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía y Resoluciones de Alcaldía. 10.34 Las demás que le correspondan de acuerdo a ley. Artículo 11º.- El caso de vacancia o ausencia del Alcal- de lo reemplaza el Teniente Alcalde que es el primer regi- dor hábil que siguió al Alcalde en su propia lista electoral,conforme el art. 24º de la Ley Orgánica de Municipalida- des. Artículo 12º.- Si el Teniente Alcalde tuviese impedi- mento temporal para desempeñar la Alcaldía, el cargo lo asumirá el Regidor hábil que le sigue a éste en su propia lista. Artículo 13º.- Los regidores tienen las siguientes atri- buciones: 13.1 Proponer proyectos de Ordenanzas y Acuerdos. 13.2 Formular pedidos y mociones de orden del día. 13.3 Desempeñar por delegación las atribuciones polí- ticas del Alcalde. 13.4 Desempeñar funciones de fiscalización de la ges- tión municipal. 13.5 Integrar, concurrir y participar en las sesiones de las Comisiones ordinarias y especiales que determine el Reglamento interno, y en las reuniones de trabajo quedetermine o apruebe el Concejo Municipal. 13.6 Mantener comunicación con las Organizaciones sociales y los vecinos, a fin de informar al Concejo Munici-pal y proponer la solución de problemas. Artículo 14º.- La función de fiscalización es irrestricta y se extiende al cumplimiento de las normas municipales en la jurisdicción del distrito, así como las acciones internas y externas de la administración municipal. Es obligación dela administración municipal, de las personas naturales y jurídicas, publicas y privadas sobre las cuales la municipa- lidad ejerce acciones de control y supervisión, prestar apo-yo a los Regidores para el adecuado cumplimiento de aque- lla función. La Policía Municipal y el Servicio de Seguridad Ciudadana, brindarán pleno apoyo a los regidores que enel cumplimiento de su función lo soliciten. Cuando en el ejercicio de la función de fiscalización de un Regidor se detecte incumplimiento o infracción de normas municipa-les, pondrán este hecho por escrito en conocimiento del Alcalde y al Concejo para que se disponga las acciones y/ o sanciones que corresponda. Artículo 15º.- En caso de vacancia de regidores lo remplazará los suplentes, respetando la precedencia esta- blecida en su propia lista electoral. Artículo 16º.- Toda investigación de los actos de la administración municipal que efectúen los regidores será previamente puesta en conocimiento del Alcalde así comode los Regidores que presidan la comisión cuya área de servicios pueda ser motivo de investigación o fiscaliza- ción. El Regidor que estime necesario fiscalizar e investigar cualquiera de las áreas de la administración municipal de- berá dirigirse por escrito al Alcalde, el mismo que en unplazo perentorio, por intermedio de la Secretaría General y/o Gerencia Municipal tramitará de inmediato el pedido a fin de que los funcionarios respondan por escrito los pedi-dos dentro de los cinco (5) días hábiles de recibida la comunicación, bajo responsabilidad, pudiendo este último solicitar un plazo adicional de cinco (5) días hábiles si lamagnitud del caso lo requiera. Su incumplimiento acarreará las sanciones administrati- vas que correspondan a los funcionarios responsables,conforme a las leyes laborales vigentes. Artículo 17º.- El Alcalde y los Regidores están obliga- dos a presentar Declaraciones Juradas de Bienes y Ren-