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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G32/G35/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 8 de mayo de 2005 MSI, ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 437-MML, no es de aplicación para dicha Ordenanza la ratificación dispues- ta por la Primera Disposición Transitoria de la Ordenanza Nº 739-MML, debiendo sólo adecuarse a las disposicionesde ésta última; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, numeral 8), y 40º de la LeyOrgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, por Unanimi- dad y con dispensa de trámite de aprobación de Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE ADECUA LA ORDENANZA Nº 083-MSI, RATIFICADA POR ACUERDO DE CONCEJO Nº 437-MML, A LA ORDENANZA Nº 739-MML Artículo Primero.- El tiempo mínimo de tolerancia para el estacionamiento temporal de vehículos por cada vez, será de diez (10) minutos, transcurrido ese tiempo se procederá alcobro de la unidad mínima, aún cuando el vehículo no haya llegado a usar el total del tiempo establecido. Artículo Segundo.- Para el cobro de la tasa de estacio- namiento, se publicitará en lugares visibles de las zonas de estacionamiento, la siguiente información: - La Ordenanza de la Municipalidad de San Isidro que crea la tasa de estacionamiento vigente. - El Acuerdo del Concejo de la Municipalidad Metro- politana de Lima que ratifica la Ordenanza señalada en el inciso a). - El monto de la tasa aprobada vigente por cada media (1/2) hora o fracción (unidad de medida). - El tiempo de tolerancia. - El horario de cobro para el uso de los estaciona- mientos. - El número de espacios habilitados en la vía. - El significado del color de las vías señalizadas. Artículo Tercero.- Los boletos o comprobantes de pago de la tasa deben consignar los datos relevantes señaladosen el artículo precedente, así como el nombre del conce- sionario de ser el caso. Artículo Cuarto.- Se encuentran inafectos al pago de la tasa de estacionamiento vehicular, los conductores de los vehículos oficiales que se encuentren cumpliendo sus funciones asignadas por Ley o labores propias de su acti-vidad, de: - El Cuerpo General de Bomberos del Perú. - Las Fuerzas Armadas. - La Policía Nacional del Perú. - Ambulancias en general.- Vehículos Oficiales del Gobierno Nacional, Regional o Local de San Isidro. - Vehículos estacionados en zonas reservadas según autorización municipal. - Vehículos de propiedad de vecinos afectados por la zona de estacionamiento ubicado en zonas comerciales yrecreacionales de alta circulación vehicular, debidamente identificados y empadronados. Artículo Quinto.- Mediante Ordenanza se podrán establecer exoneraciones totales o parciales del cobro de la tasa de estacionamiento temporal vehicularatendiendo a fines de protección, promoción e incenti- vos a un sector de contribuyentes, así como se regla- mentará el aprovechamiento privativo de los espacioshabilitados para el servicio de estacionamiento vehicu- lar, en función a las necesidades e intereses de su comunidad, teniendo en consideración que sólo podráser solicitado por los residentes del distrito y aspectos como: requisitos, monto de la contraprestación, concu- rrencia de solicitudes de aprovechamiento privativo,entre otros aspectos. Artículo Sexto.- Cuando mediante Ordenanza se va- ríen los montos, se incrementen las tasas o se incrementeel número de espacios habilitados para estacionamiento de vehículos establecidos por Ordenanza Nº 083-MSI, ésta deberá ser presentada necesariamente para su ratifica-ción. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Quedan sin efecto las disposiciones de la Ordenanza Nº 083-MSI que contravengan lo establecidopor la presente Ordenanza de adecuación, ratificándose los demás extremos de la misma. Segunda.- Incluir como Anexos de la Ordenanza Nº 083-MSI, la estructura de costos del servicio y la estima-ción de ingresos por el servicio de estacionamiento vehicu- lar que sirvieron de sustento para su ratificación efectuada por Acuerdo de Concejo Nº 437-MML, los que formaránparte integrante de la citada Ordenanza Nº 083-MSI. POR TANTO:Mando se registre, publique, comunique y cumpla. Dado en San Isidro a los cinco días del mes de mayo de 2005. JORGE SALMON JORDAN Alcalde 08711 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G38/G32/G2D/G4D/G53/G49/G20/G65/G6E /G65/G6C/G20/G73/G65/G6E/G74/G69/G64/G6F/G20/G71/G75/G65/G20/G73/G65/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G20/G63/G6F/G6D/G6F/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G2D /G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G54/GE9/G63/G6E/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G72/G64/G69/G2D /G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G4C/G6F/G63/G61/G6C/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64 ORDENANZA Nº 109-MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTOS, en Sesión Ordinaria de fecha 3 de mayo de 2005, los Informes Nºs. 025 y 037-2005-07-GCPV/MSI de la Gerencia de Comunicaciones, Participación Vecinal y Proyectos Especiales y Nº 366-2005-15-OAJ/MSI de laOficina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 082-MSI se aprobó el Reglamento de Conformación del Consejo de Coordina- ción Local - CCL; Que, el artículo 5º de la referida norma establece que la Gerencia de Comunicaciones, Participación Vecinal y Pro- yectos Especiales actuará como secretaría técnica, siendo responsable de la organización y funcionamiento del cita-do Consejo; Que, es necesario modificar dicho artículo, designando como secretario técnico a la Secretaría General del Conce-jo, en concordancia con el artículo 76º de nuestro Regla- mento de Organización y Funciones, aprobado mediante Ordenanza Nº 049-MSI; En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, se aprobó por Unanimidad y con dispensa del trámite deaprobación del acta la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 5º DE LA ORDENANZA Nº 082-MSI Artículo Único.- Modificar el artículo quinto de la Orde- nanza Nº 082-MSI, en el extremo de designar como secre- tario técnico del Consejo de Coordinación Local a la Secre-taría General del Concejo de la Municipalidad Distrital de San Isidro. POR TANTO: Mando se registre, publique, comunique y cumpla.Dado en San Isidro a los cinco días del mes de mayo de 2005. JORGE SALMON JORDAN Alcalde 08713