TEXTO PAGINA: 8
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G38/G38/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de mayo de 2005 Nº 013-2005-PRODUCE/CAS 03/03/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por AUSTRAL GROUP S.A.A., contra la Resolución Directoral Nº 482-2004-PRODUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente reso- lución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 014-2005-PRODUCE/CAS 03/03/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa COR- PORACION DEL MAR S.A. contra la Resolución Directoral Nº 449-2004-PRO- DUCE/DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 015-2005-PRODUCE/CAS 07/03/05 Declarar FUNDADO en parte el recurso de apelación interpuesto por la empresa C & M PESCA S.A.C. , en el extremo referido al monto de la multa impuesta mediante Resolución Directoral Nº 447-2004-PRODUCE/DINSECOVI, en con-secuencia, MODIFICAR la citada resolución y disponer que la multa que co- rresponde imponer es de 2,86 Unidades Impositivas Tributarias y declararINFUNDADO el recurso de apelación interpuesto contra la Resolución Directo- ral Nº 023-2005-PRODUCE/DINSECOVI en el extremo referido a la comisión dela infracción al inciso 3 del artículo 76º del Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca. Nº 016-2005-PRODUCE/CAS 07/03/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la empresa PES- QUERA MISTRAL S.A. contra la Resolución Directoral Nº 410-2004-PRODUCE/ DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 017-2005-PRODUCE/CAS 18/03/05 RECTIFICAR el error material incurrido en la Resolución de Comité de Apelación de Sanciones Nº 109-2004-PRODUCE/CAS y precisar que el dispositivo legalpor el cual se sancionó a la empresa C.N.C. S.A.C. es el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca. Nº 018-2005-PRODUCE/CAS 18/03/05 DISPONER la inaplicabilidad de la sanción establecida mediante la Resolución Directoral Nº 366-2001-PE/DINSECOVI a la empresa PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. , en consecuencia dejar sin efecto la multa impuesta por dicha resolución. Nº 019-2005-PRODUCE/CAS 18/03/05 DISPONER la inaplicabilidad de la sanción establecida mediante la Resolución Directoral Nº 513-2002-PE/DINSECOVI a la empresa PESQUERA INDUSTRIAL EL ANGEL S.A. , en consecuencia, dejar sin efecto la multa impuesta por dicha resolución. Nº 020-2005-PRODUCE/CAS 01/04/05 Declarar INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por CORPORA- CION DEL MAR S.A. contra la Resolución Directoral Nº 458-2004-PRODUCE/ DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Nº 021-2005-PRODUCE/CAS 01/04/05 Declarar INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el señor UBAL- DO LEONARDO EMMA SERNA contra la Resolución Directoral Nº 006-2005- PRODUCE /DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte conside- rativa de la presente resolución, quedando agotada la vía administrativa. Nº 022-2005-PRODUCE/CAS 19/04/05 Declarar la NULIDAD de la Resolución Comité de Apelación de Sanciones Nº 101-2004-PRODUCE/CAS, por los fundamentos expuestos en la parte conside-rativa de la presente resolución. Aceptar el DESISTIMIENTO del recurso de apelación interpuesto por la empresa AUSTRAL GROUP S.A.A. , contra la Resolución Directoral Nº 568-2002-PE/DINSECOVI, en consecuencia declararconcluido el procedimiento administrativo sancionador. Remitir el expediente ala Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia-DINSECOVI paraque verifique el cumplimiento de los requisitos referidos al beneficio de pago de multas establecidas en el Decreto Supremo Nº 008-2002-PE. Nº 023-2005-PRODUCE/CAS 19/04/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor JUSTI- NO JIMENEZ ROBLES contra la Resolución Directoral Nº 445-2002-PE/DINSE- COVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presenteresolución, quedando agotada la vía administrativa y CONFIRMAR la multa de 13,58 Unidades Impositivas Tributarias impuesta mediante la Resolución Direc- toral Nº 295-2002-PE/DINSECOVI. Nº 024-2005-PRODUCE/CAS 19/04/05 Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la señora ROSA DELFINA AVILA DE DIAZ contra la Resolución Directoral Nº 125-2002-PE/ DINSECOVI, en consecuencia, se debe declarar la NULIDAD de la Resolución Directoral Nº 231-2001-PE/DINSECOVI, debiéndose retrotraer el procedimientoal momento anterior a su emisión y remitir los actuados a la Comisión Regional de Sanciones de Ancash para los fines pertinentes. Nº 025-2005-PRODUCE/CAS 21/04/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor MANUEL VICENTE BEDON ROSAS contra la Resolución Directoral Nº 019-2005-PRODU- CE/ DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa dela presente resolución, quedando agotada la vía administrativa y CONFIRMAR la multa de 2 Unidades Impositivas Tributarias impuesta mediante la Resolución Directoral Nº 019-2005-PRODUCE/DINSECOVI. Nº 026-2005-PRODUCE/CAS 21/04/05 Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por el señor HECTOR VICENTE BEDON ROSAS contra la Resolución Directoral Nº 242-2004-PRODU- CE/ DINSECOVI, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa dela presente resolucion, quedando agotada la vía adminitrativa. Nota:Las notificaciones a los interesados se efectuarán conforme a lo dispuesto por el artículo 21º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. 09335