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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G39/G32/G38/G38/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 20 de mayo de 2005 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G69/G64/G61/G64/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G65/G6E/G74/G72/G6F /G50/G6F/G62/G6C/G61/G64/G6F/G20/G4D/G65/G6E/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G6D/G70/G61/G6C/G63/G61/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G63/G65/G2D/G73/G69/GF3/G6E/G20/G65/G6E/G20/G75/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G65/G6E/G74/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G67/G75/G61/G73/G20/G6D/G69/G6E/G65/G2D/G72/G6F/G20/G6D/G65/G64/G69/G63/G69/G6E/G61/G6C/G65/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 020-2005-MINCETUR Lima, 19 de mayo de 2005 Visto, los Expedientes Nº 001337-2003-MINCETUR y Nº 0119231-2004-MINCETUR, mediante los cuales la Mu-nicipalidad del Centro Poblado Menor de Pampalca solicitase le otorgue la Concesión en uso, para la explotación delas fuentes de agua minero medicinales con fines turísticosdenominadas "Baños de Coris Pampalca"; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el Decreto Ley Nº 25533 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-94-ITINCI, modificado por Decreto Supremo Nº 14-95-ITINCI,en concordancia con la Ley Nº 27790, el Ministerio deComercio Exterior y Turismo - MINCETUR, es el ente encar-gado del otorgamiento de la licencia o concesión para eluso de las fuentes de agua minero medicinales y para elcontrol de su explotación con fines turísticos; Que, según el Informe Técnico Nº 313-2003-MINCE- TUR/VMT/DNDT-DNS-SDNS-MAS y los Informes LegalesNº 08-2004-MINCETUR/VMT/DNDT-LCHC y Nº 26-2004-MINCETUR/VMT/DNDT/LCHC de la Dirección Nacional deDesarrollo Turístico del Viceministerio de Turismo, así comoel Informe Legal Nº 137-2004-MINCETUR/ALVMT-MGA delViceministerio de Turismo, la Municipalidad del Centro Po-blado Menor ha cumplido con acreditar los requisitos exigi-dos mediante los artículos 5º y 10º del Reglamento delDecreto Ley Nº 25533, por cuya razón ha opinado favora-blemente respecto a la concesión en uso de las fuentes deagua minero medicinales denominadas "Baños de CorisPampalca" ubicadas en el Centro Poblado Menor dePampalca, distrito de San Pedro de Coris, provincia deChurcampa, Región Huancavelica; Que, según el artículo 12º del Reglamento antes men- cionado, la concesión de explotación se complementa conun contrato suscrito entre el titular de la concesión y elEstado representado por el Viceministro de Turismo o elfuncionario que éste designe; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25533, la Ley Nº 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio deComercio Exterior y Turismo y el Decreto Supremo Nº 05-94-ITINCI, modificado por Decreto Supremo Nº 14-95-ITINCI; Con la visación del Viceministro de Turismo y la opinión favorable de la Oficina General de Asesoría Jurídica delMINCETUR; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a favor de la Municipalidad del Centro Poblado Menor de Pampalca, la Concesión en usopara la explotación con fines turísticos, de las fuentes deaguas minero medicinales, cuya denominación y carac-terísticas son las siguientes: Nombre : Baños de Coris Pampalca Ubicación : Centro Poblado Menor de Pampalca, distrito de San Pe-dro de Coris, provincia deChurcampa, Región Huanca-velica Número de Fuentes : Tres (3)Características : T emperatura termal o caliente (25°C a 45°C) Caudal promedio anual de captación de agua 657,500m3 El plazo de la concesión es de quince (15) años, conta- do desde la fecha de suscripción del correspondiente Con-trato de Concesión. Artículo 2º.- La presente concesión queda sujeta a la suscripción del Contrato a que se refiere el artículo 12º delReglamento de Aguas Minero Medicinales para fines turís-ticos, aprobado por Decreto Supremo Nº 05-94-ITINCI,modificado por Decreto Supremo Nº 014-95-ITINCI. Artículo 3º.- Autorizar al Viceministro de Turismo a sus- cribir en representación del Estado, el respectivo Contratode Concesión, el mismo que consta de Catorce Cláusulas, y que debidamente visado y sellado forma parte de lapresente Resolución Suprema. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República ALFREDO FERRERO Ministro de Comercio Exterior y Turismo 09487 ECONOMÍA Y FINANZAS /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G78/G63/G65/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G66/G75/G6E/G2D /G63/G69/G6F/G6E/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G49/G4E/G56/G45/G52/G53/G49/G4F/G4E/G20/G61/G20/G6C/G6F/G73/G20/G45/G73/G74/G61/G2D /G64/G6F/G73/G20/G55/G6E/G69/G64/G6F/G73/G20/G4D/G65/G78/G69/G63/G61/G6E/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 069-2005-EF Lima, 19 de mayo de 2005Visto el Oficio Nº 159/2005/DEA-LEG/PROINVERSION, del Director Ejecutivo de la Agencia de Promoción de laInversión Privada - PROINVERSION, sobre autorizaciónde viaje; CONSIDERANDO:Que, el día 23 de mayo de 2005, se llevará a cabo en la ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, unaserie de actividades destinadas a promocionar el comercioy las inversiones entre México y Perú, dentro de cuyo mar-co se propondrá dar inicio a las negociaciones para la firmade un Tratado para la Promoción y Protección recíproca deinversiones entre ambos países; Que, corresponde a PROINVERSION, formular, propo- ner y ejecutar la política nacional de tratamiento a la inver-sión privada, así como coordinar y crear un ambiente propi-cio para el desarrollo de las inversiones; y promover laejecución de proyectos de promoción de inversión privadaen obras públicas de infraestructura y otros; Que, en tal sentido resulta indispensable la participa- ción del señor Sergio Bravo Orellana, Presidente del Comi-té de PROINVERSION en Infraestructura y Servicios Públi-cos de PROINVERSIÓN, por lo cual es necesario autorizarsu viaje, debiendo la mencionada agencia asumir los gas-tos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y tarifaCORPAC, con cargo a su presupuesto; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619, el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 28427, el DecretoSupremo Nº 047-2002-PCM y el artículo 2º del Decreto deUrgencia Nº 015-2004; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar, por excepción el viaje del señor Sergio Bravo Orellana, Presidente del Comité dePROINVERSIÓN en Infraestructura y Servicios Públicos dePROINVERSIÓN, a la ciudad de México D.F., Estados Uni-dos Mexicanos, los días 22 y 23 de mayo de 2005, para losfines expuestos en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuestode la Unidad Ejecutora 007 - Agencia de Promoción de laInversión Privada, del Pliego 009 del Ministerio de Econo-mía y Finanzas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes : US$ 697,47 Viáticos : US$ 440,00Tarifa CORPAC (TUUA) : US$ 28,24 Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el referido funcionariodeberá presentar un informe detallado describiendo lasacciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendi-ción de cuentas por los viáticos entregados.