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PÆg. 292961 NORMAS LEGALES Lima, sábado 21 de mayo de 2005 to Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamen- to de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Na- ción a los Monumentos Arqueológicos siguientes: - "Sitio Arqueológico Tutupaja" (UTM: 235,320 E - 9´081,060 N), ubicado en el caserío de Taurija, distrito de Taurija, provincia de Patáz, departamento de La Li- bertad. - "Sitio Arqueológico El Calvario" (UTM: 233,453 E - 9´080,621 N), ubicado en el caserío El Calvario, distrito de Taurija, provincia de Patáz, departamento de La Liber-tad. - "Sitio Arqueológico Piruru" (UTM: 246,700 E - 9´070,200 N), ubicado en el caserío de Huancaspata,distrito de Huancaspata, provincia de Patáz, departa- mento de La Libertad. - "Sitio Arqueológico Guenguish" (UTM: 239,017 E - 9´066,835 N), ubicado en el distrito de Huacrachuco, provincia de Marañón, departamento de Huánuco. - "Sitio Arqueológico Gonpish" (UTM: 242,525 E - 9´064,183 N), ubicado en el caserío de Villa Florida, dis- trito de Huacrachuco, provincia de Marañón, depar- tamento de Huánuco. - "Sitio Arqueológico Ushnu Colorado" (UTM: 255,632 E - 9´051,616 N), ubicado en el caserío de Huambo, distrito de Huacrachuco, provincia de Marañón, departa-mento de Huánuco. - "Sitio Arqueológico Chunupún" (UTM: 260,600 E - 9´052,700 N), ubicado en el caserío de Nueva Espe-ranza y Vinchos, distrito de Huacrachuco, provincia de Marañón, departamento de Huánuco. - "Sitio Arqueológico Ucrurragra" (UTM: 269,350 E - 9´046,240 N), ubicado en el caserío de Chocobamba, distrito de Huacrachuco, provincia de Marañón, depar- tamento de Huánuco. - "Sitio Arqueológico Pueblo Viejo" (UTM: 270,750 E - 9´046,700 N), ubicado en el caserío Pueblo Viejo, distrito de Huacrachuco, provincia de Marañón, departamentode Huánuco. - "Sitio Arqueológico Corralones" (UTM: 253,665 E - 9´050,214 N), ubicado en el caserío de Quenua, distritode Huacrachuco, provincia de Marañón, departamento de Huánuco. - "Sitio Arqueológico Wuiscash" (UTM: 260,333 E - 9´030,100 N), ubicado en el distrito de San Buenaventu- ra, provincia de Marañón, departamento de Huánuco. Artículo 2º.- Encargar al Instituto Nacional de Cultu- ra Huánuco, la elaboración del Expediente Técnico (Pla- no, Ficha Técnica y Memoria Descriptiva) de los monu-mentos arqueológicos mencionados en el Artículo 1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudie- se afectar o alterar el paisaje de los monumentos ar-queológicos declarados "Patrimonio Cultural de la Na- ción", deberá contar con la aprobación del Instituto Na- cional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a las Municipalidades Distritales y Provinciales correspon- dientes, COFOPRI, autoridades políticas, civiles y supublicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 09458 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 608/INC Lima, 12 de mayo de 2005 VISTO, el Acuerdo Nº 00175, tomado por la Comisión Nacional Técnica de Arqueología en su Sesión Nº 08 de fecha 21 de abril de 2005; y,CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Cultura es un Organis- mo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsa- ble de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación,conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Na- ción; encarga al Instituto Nacional de Cultura la función de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural dela Nación; Que, mediante Acuerdo Nº 00175 de fecha 21 de abril de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueo-logía recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los monumentos arqueológicos siguientes: - Sitio Arqueológico "Tinyawarco" o "Tinya Warkuna" (UTM PSAD/56: 472,153 E - 8´621,728 N),ubicado en el Anexo Buenos Aires, distrito de Vilca, provin- cia de Huancavelica, departamento de Huancavelica. - Sitio Arqueológico "Llacta Ccolloy Huancallpi" o "Llacta Qolloy Huancallpi" (UTM PSAD/56: 475,250 E - 8´609,196 N), ubicado en el Anexo de Huancallpi, distrito de Vilca, provincia de Huancavelica, departamento deHuancavelica. - Sitio Arqueológico "Viñas Orcco" o "Viñaj Orcco" (UTM PSAD/56: 476,492 E - 8´608,094 N), ubicado en elAnexo de Viñas, distrito de Vilca, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica. - Sitio Arqueológico "Llacta Ccolloy Canchocerca" (UTM PSD/56: 481,350 E - 8´612,376 N), ubicado en el Anexo de Canchocerca, distrito de Manta, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica. - Sitio Arqueológico "Astomarca" o "Astomarca Llactajolloi" (UTM PSD/56: 478,542 E - 8´608,718 N), ubicado en el distrito de Manta, provincia de Huancave-lica, departamento de Huancavelica. Estando a lo visado por la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología y de la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Su- premo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Or-ganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los Monumentos Arqueológicos siguientes: - Sitio Arqueológico "Tinyawarco" o "Tinya Warkuna" (UTM PSAD/56: 472,153 E - 8´621,728 N), ubicado en elAnexo Buenos Aires, distrito de Vilca, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica. - Sitio Arqueológico "Llacta Ccolloy Huancallpi" o "Lla- cta Qolloy Huancallpi" (UTM PSAD/56: 475,250 E - 8´609,196 N), ubicado en el Anexo de Huancallpi, distrito de Vilca, provincia de Huancavelica, departamento deHuancavelica. - Sitio Arqueológico "Viñas Orcco" o "Viñaj Orcco" (UTM PSAD/56: 476,492 E - 8´608,094 N), ubicado en elAnexo de Viñas, distrito de Vilca, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica. - Sitio Arqueológico "Llacta Ccolloy Canchocerca" (UTM PSD/56: 481,350 E - 8´612,376 N), ubicado en el Anexo de Canchocerca, distrito de Manta, provincia de Huancavelica, departamento de Huancavelica. - Sitio Arqueológico "Astomarca" o "Astomarca Llacta- jolloi" (UTM PSD/56: 478,542 E - 8´608,718 N), ubicado en el distrito de Manta, provincia de Huancavelica, depar-tamento de Huancavelica. Artículo 2º.- Encargar al Instituto Nacional de Cultu- ra Huancavelica, la elaboración del Expediente Técnico (Plano, Ficha Técnica y Memoria Descriptiva) de los monumentos arqueológicos mencionados en el Artículo1º de la presente Resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, cami- nos, carreteras, canales, denuncios mineros o