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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 2005 (27/05/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 23

PÆg. 293361 NORMAS LEGALES Lima, viernes 27 de mayo de 2005 es corroborada por la Unidad de Informática y Estadística de la Dirección General de Migraciones y Naturalización en el Informe Nº 0022-2005-IN-1601/UNIE-JAA de 31 de mar- zo de 2005 al señalar: "Se informa también que el sistema informático de Control Migratorio en la fecha indicada no registraba auditoría de las consultas realizadas sobre mo- vimientos migratorios y tampoco sobre pasaportes consul- tados"; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios del Ministerio del Interior (Órganos NoPoliciales) después de examinar todos los actuados, cum- plir todas las etapas y procedimientos establecidos dentro de un proceso regular y que el servidor Juan NarcisoFernandini López ejerciendo su derecho a la legítima de- fensa ha desvirtuado los cargos materia del presente Pro- ceso Administrativo Disciplinario, por unanimidad, ha reco-mendado al señor Ministro del Interior le absuelva de los cargos imputados debiendo expedirse la correspondiente Resolución Ministerial; Estando a lo dictaminado por la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior y de confor- midad con la Ley de Bases de la Carrera Administrativa yde Remuneraciones del Sector Público, Decreto Legislativo Nº 276, y lo dispuesto en el artículo 170º del Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por Decreto Supre-mo Nº 005-90-PCM, en el Decreto Supremo Nº 027-2005- PCM de 2 de abril de 2005 y en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370, Ley del Ministerio del Inte-rior aprobado por Decreto Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Absolver, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, al servidorJuan Narciso Fernandini López, identificado con DNI Nº 07217107, Inspector de Migraciones I - SPD de la Direc- ción General de Migraciones y Naturalización de los cargosimputados y que fueron materia del Proceso Administrativo Disciplinario instaurado a mérito de la Resolución Ministe- rial Nº 0270-2005-IN/0901 de 15 de febrero de 2005. Artículo 2º.- Disponer que la Oficina de Personal inser- te copia de la presente Resolución en el Legajo Personal del mencionado servidor y proceda a archivar los actua-dos. Regístrese, comuníquese y publíquese.FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 09826 Autorizan a procurador iniciar accio- nes judiciales contra presunto respon-sable de ocasionar perjuicio económicoal CAFAE - MININTER RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1129-2005-IN-CAFAE Lima, 19 de mayo del 2005 VISTO, el Informe Nº 012-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.AUD "Auditoría a la Información Financiera del Comité de Admi- nistración del Fondo de Asistencia y Estímulo del Ministerio del Interior correspondiente al año 2003"; emitido por elÓrgano de Control Institucional del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, en cumplimiento al Plan Anual de Control del año 2004, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 054- 2004-CG, el Órgano de Control Institucional del Ministeriodel Interior llevó a cabo la acción de control cuya naturale- za fue la de una Auditoría a la Información Financiera del Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo- CAFAE, correspondiente al año 2003, con el objetivo de evaluar el funcionamiento y efectividad de la estructura y sistema de control interno implementados por el CAFAE,que asegurasen una adecuada administración de las trans- ferencias de fondos y su ejecución, en concordancia con las normas técnicas de control interno y los dispositivoslegales vigentes;Que, luego de la revisión efectuada a los comprobantes de pago emitidos y pagados por el CAFAE - MININTER en el año 2003, el Órgano de Control Institucional observó el pago de S/. 8,550.00 (Ocho Mil Quinientos Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles) efectuado a favor del Sr. Juan José García Torres, quien presentó la Factura Nº 002-000086 del 13.11.03, consignando el nombre comercial "Taller deCarpintería García", RUC Nº 20336659541 y domicilio fis- cal en Ampliación Santa Cruz, Mz. Z, Lote 13 - Punta Hermosa, determinándose, luego de efectuada la consultaa la SUNAT, que el RUC consignado en la factura presen- tada, correspondía a la empresa "La Casita del Espejo S.A.C." con domicilio fiscal en Av. Prolongación Luna Piza-rro - La Victoria (Observación Nº 3); Que, el pago realizado a favor del Sr. Juan José García Torres se efectuó con los Cheques Nºs. 115344425 del6.11.03 por S/. 4,500.00 (Cuatro Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), voucher 04-110002, y 13101443 del 11.12.03 por S/. 4,050.00 (Cuatro Mil Cincuenta y 00/100Nuevos Soles), voucher 10-120004, quedando acreditado el desembolso efectuado por la Entidad; Que, asimismo, en el registro de ventas del mes de noviem- bre de 2003, el CAFAE MININTER consideró de la Factura Nº 002-000086, crédito fiscal del IGV por S/. 1,365.13 (Mil Trescientos Sesenticinco y 13/100 Nuevos Soles); Que, el Informe Nº 012-2004-2-0282-IN/OCI.OAI.AUD con- cluye que la Factura Nº 002-000086 de fecha 13.11.03 por S/. 8,550.00 (Ocho Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles),presentada por Juan José García Torres, registra un número de RUC que pertenece a "La Casita del Espejo S.A.C.", lo que hace que dicha factura no sea confiable, y en consecuencia,no sea sustento del gasto efectuado (Conclusión Nº 3), reco- mendando que el Comité Directivo disponga las acciones administrativas y/o legales pertinentes respecto al Comproban-te de Pago presentado (Recomendación Nº 3); Que, el Comité de Administración del Fondo de Asis- tencia y Estímulo del MININTER, por intermedio de su Pre-sidente, cursó al Sr. Juan José García Torres, la Carta Notarial Nº 003702-04 de fecha 27.7.04, recibida el día 4.8.04, mediante la cual se le solicitó la entrega de S/.8,550.00 (Ocho Mil Quinientos y 00/100 Nuevos Soles), en un plazo de 72 horas, bajo apercibimiento de iniciarse las acciones legales pertinentes; manifestando con Carta defecha 9.8.04, no encontrarse en la capacidad de devolver la suma indicada y que su representada arreglaría con la SUNAT, en cuanto correspondía a la Factura Nº 002-000086 que se le imputaba como falsa; Que, los hechos descritos denotan el perjuicio económico del que habría sido objeto el CAFAE-MININTER y la existenciade indicios de la supuesta comisión de ilícitos penales en agra- vio del Estado, al haber presentado Juan José García Torres, como sustento de pago, una Factura cuyo RUC correspondíaa otra razón social, teniendo el agravante de una contingencia frente a la SUNAT, por el uso del crédito fiscal de S/. 1,365.00 (Mil Trescientos Sesenticinco y 00/100 Nuevos Soles), por loque, deviene en necesaria la intervención del órgano de de- fensa judicial del Sector; Que, estando a lo recomendado por el Órgano de Control Institucional, a lo solicitado por el Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estimulo del MININTER y a lo dictamina- do por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Art. 47º de la Constitución Polí- tica del Estado, el Art. 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667 y a lo establecido enel Art. 5º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 370 - Ley del Ministerio del Interior, aprobado por Decre- to Supremo Nº 003-2004-IN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio del Interior para el inicio de las acciones judiciales contra Juan José García Torresconforme se desprende del Informe Nº 012-2004-2-0282- IN/OCI.OAI.AUD. Artículo 2º.- Remítase a la Procuraduría Pública los antecedentes de la presente resolución, para los fines a que se contrae la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. FÉLIX M. MURAZZO CARRILLO Ministro del Interior 09827