Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2005 (27/05/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 77

MORDAZA, viernes 27 de MORDAZA de 2005

NORMAS LEGALES

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"Normas y Procedimientos para recibir y utilizar donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, modificada por R.A. Nº 1370 del 10.8.2004; Que, la Ley Organica de Municipalidades, establece en el numeral 20) del articulo 9º, como atribuciones del Concejo Municipal el aceptar donaciones, legados, subsidios o cualquier otra liberalidad; Que, el Programa "Chiko's Ecologicos", MORDAZA denominado "Jardineritos de Mi Ciudad", es creado con la finalidad de rescatar a ninos y adolescentes que viven o trabajan en la MORDAZA o que realizan trabajos con un gran riesgo para su integridad fisica, a traves de la capacitacion para el trabajo, en el que desarrollen sus habilidades y destrezas, teniendo de esta forma acceso al sistema educativo, servicios de salud y posibilidad de aspirar a una mejor vida; Que, para alcanzar dicho fin se emitio la Resolucion de Alcaldia Nº 2416 del 17.6.98 y la Resolucion de Alcaldia Nº 2829 del 30.7.98, asi como la Resolucion Municipal Metropolitana Nº 042 del 11.3.03, que autorizan a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor la implementacion del Programa "Chiko's Ecologicos"; asi como la convocatoria de las empresas privadas y/o publicas para que a traves de convenios se gestione las donaciones del estipendio de los participantes de dicho programa; Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 367, de fecha 16 de MORDAZA de 2004, se modifica la Resolucion de Alcaldia Nº 2416, en el sentido de que el Programa "Jardineritos de Mi Ciudad", tendra la denominacion de "Chiko's Ecologicos", asimismo se autoriza a la Direccion Municipal de Comercializacion y Defensa al Consumidor a realizar la transferencia integral del Programa "Chiko's Ecologicos" a la Direccion Municipal de Salud y Bienestar Social, con el respectivo acervo documentario, debiendo transferir los conocimientos administrativos inherentes al programa en mencion; Que, la Direccion Municipal de Salud y Bienestar Social ha solicitado donaciones a la empresa privada Corporacion Turistica Peruana S.A.C, y de la Universidad de MORDAZA, informando mediante Oficio Nº 1059-2005-MML-DMSBS que las referidas empresas han efectuado a favor de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aportes en efectivo en calidad de donacion por un total de S/. 3,600.00 (TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), que han ingresado a traves de la Tesoreria de la MML al fondo creado para el Programa "Chiko's Ecologicos", que corresponden al estipendio de los meses de enero y febrero de los beneficiarios del referido programa, segun detalle siguiente:
Nº DONANTE Nº DE RECIBO 0092718 0092719 0095044 0095725 FECHA RECEP. 17/2/2005 17/2/2005 14/3/2005 23/3/2005 MES DE APORT. Nº DE TOTAL ESTIPEND. MENSUAL BENEF. S/. ENERO ENERO FEBRERO FEBRERO 1500.00 300.00 300.00 1500.00 05 01 01 03 1500.00 300.00 300.00 1500.00 3,600.00

Articulo Segundo.- Agradecer a la Corporacion Turistica Peruana S.A.C., y a la Universidad de MORDAZA, por el gesto de solidaridad y apoyo con la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, mostrado a traves de la donacion en efectivo realizada con destino al Programa "Chiko´s Ecologicos", a cargo de la Direccion Municipal de Salud y Bienestar Social. Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion Municipal de Salud y Bienestar Social, considerar lo establecido en la Directiva Nº 001-04-MML-OGP "Normas y Procedimientos para recibir y utilizar donaciones a favor de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, modificada por Resolucion de Alcaldia Nº 1370 del 10.8.2004. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA LOSSIO MORDAZA de MORDAZA 09763

Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de espacio radial
SERVICIO DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA - SAT
RESOLUCION JEFATURAL Nº 001-004-00000804 MORDAZA, 19 de MORDAZA de 2005 VISTOS: El Informe Tecnico Nº 189-082-00000026-A, de la Secretaria General de fecha 5 de MORDAZA de 2005; y el Informe Legal Nº 004-082-00000270 de fecha 18 de MORDAZA de 2005, de la Gerencia de Asuntos Legales. CONSIDERANDO: Que, el articulo 19º del Texto Unico Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece los casos en que las adquisiciones y contrataciones realizadas por una entidad estan exoneradas de los procesos de licitacion de publica, concurso publico o adjudicacion directa, segun sea el caso; Que, al respecto, el articulo 20º del texto normativo en mencion dispone que todas las exoneraciones, salvo las previstas en el literal b) del Articulo 19º referida a la contratacion de servicios publicos sujetos a tarifas unicas, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad, la misma que requiere de un informe tecnico legal previo; Que, en ese sentido, el articulo 146º del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, de conformidad con el articulo 147º del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion, salvo las previstas en los incisos b) y d) del Articulo 19º de la Ley, seran publicadas en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision o adopcion, segun corresponda y adicionalmente, deberan publicarse a traves del SEACE; Que, de acuerdo con lo indicado por el literal f) del articulo 19º del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen para los servicios personalisimos, de acuerdo a lo que establezca el Reglamento; Que, el concepto de servicios personalisimos ha sido regulado por el articulo 145º del TUO del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, que considera que cuando exista la necesidad de proveerse de servicios especializados profesionales, artisticos, cientificos o tecnologicos; procede la exoneracion por servicios personalisimos

01 Corporac. Turist. Per. 02 Universidad de MORDAZA 03 Universidad de MORDAZA 04 Corporac. Turist. Per.

TOTAL DE INGRESOS POR DONACIONES EN EFECTIVO

Que, para efecto del tramite de aceptacion de la referida donacion, la documentacion sustentaria consta en el Oficio Nº 1059-2005-MML-DMSBS que sustenta la donacion y MORDAZA de los Recibos de MORDAZA de Tesoreria que muestran la fecha de recepcion y monto de la donacion referida; De conformidad con lo opinado por la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion en su Dictamen Nº 89-2005-MML-CMAEDO; ACORDO: Articulo Primero.- Aceptar la donacion en efectivo realizadas por la Empresa Corporacion Turistica Peruana S.A.C. y por la Universidad de MORDAZA, por un monto total de S/. 3,600.00 (TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de la Direccion Municipal de Salud y Bienestar Social de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, para ser destinado al pago del estipendio correspondiente a los meses de enero y febrero, de los ninos-adolescentes beneficiarios del Programa "Chiko´s Ecologicos" que tiene a cargo la mencionada Direccion Municipal, acorde a lo expuesto en el Cuadro Resumen adjunto al Dictamen de la Comision Metropolitana de Asuntos Economicos y de Organizacion.

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