Norma Legal Oficial del día 31 de mayo del año 2005 (31/05/2005)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, martes 31 de MORDAZA de 2005

de Moyobamba, esto es, el 25 de octubre del 2002, de manera tal que al momento de ser trasladado al establecimiento penal para su ingreso se dispuso su MORDAZA, y ha vulnerado el articulo 337º del Codigo de Procedimientos Penales en la tramitacion del expediente Nº 1999-197, seguido contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA en agravio de don MORDAZA MORDAZA Munoz, por delito de lesiones graves seguidas de muerte, hechos que atentan gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y lo desmerece en el concepto publico, lo que lo hace pasible de la sancion de destitucion, de conformidad con lo previsto en el articulo 31º numeral 2 de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, considera que hay motivos suficientes para aplicar en este caso, la sancion de destitucion, por lo que en uso de las facultades previstas por los articulos 154º inciso 3 de la Constitucion Politica, 31 numerales 2, 32 y 34 de la Ley Nº 26397, y 36 del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, y estando a lo acordado por unanimidad por el Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, en sesion del 17 de febrero de 2005; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la sancion de destitucion al doctor MORDAZA MORDAZA Ghezzi MORDAZA, por su actuacion como Juez Suplente del Juzgado Penal de MORDAZA, de la Corte Superior de Justicia de San Martin. Articulo Segundo.- Disponer la inscripcion de la medida a que se contrae el articulo primero de la presente resolucion en el registro personal del magistrado destituido, debiendose asimismo cursar oficio al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica y a la senora Fiscal de la Nacion, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

Que, de acuerdo con el Plan Anual de Control de la Oficina Regional de Control Huancayo de la Contraloria General de la Republica, se efectuo un Examen Especial a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Arma, orientado a determinar si los recursos financieros asignados a la citada entidad, fueron utilizados adecuadamente, con arreglo a la normativa vigente; Que, como resultado de la Accion de Control realizada, la Comision Auditora ha determinado que durante el ano 2000, funcionarios de la entidad MORDAZA autorizaron desembolsos de dinero por la elaboracion de expedientes tecnicos que, luego de ser evaluados denotan inconsistencias significativas que afectan su utilidad en la ejecucion fisica de las obras; igualmente, aprobaron egresos por expedientes que fueron recibidos por la Administracion, pero que a la fecha no se encuentran en los archivos de la entidad; acciones que han ocasionado perjuicio economico a la Municipalidad por el importe total de S/. 15 380,00; situacion que permite determinar la existencia de responsabilidad civil, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, asimismo se ha establecido que, durante los anos 1996-1998, funcionarios ediles desembolsaron sumas de dinero para la elaboracion de diversos expedientes tecnicos, que denotan inconsistencias significativas que afectan su utilidad en la ejecucion fisica de las obras; igualmente pagaron por expedientes que fueron extraviados durante la gestion MORDAZA 1999-2002; hechos que han ocasionado perjuicio economico a la Municipalidad por el importe de S/. 37 500,00, situacion que permite determinar la existencia de responsabilidad civil, de conformidad a lo dispuesto en el articulo 1321º del Codigo Civil; Que, de acuerdo con lo establecido en el inciso d) del Art. 22º de la Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este Organismo Superior de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, por parte del Procurador Publico, en los casos en que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, correspondiendo autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables y los hechos comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con el articulo 22º inciso d) de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA STANBURY MORDAZA LA HOZ MORDAZA 10029 Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie e impulse las acciones legales por los hechos expuestos y contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General de la Republica 10042

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de ocasionar perjuicio economico a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Arma
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 269-2005-CG MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005 Visto, el Informe Especial Nº 165-2005-CG/ORHU, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de MORDAZA Arma, provincia de Huaytara, Region Huancavelica, por los periodos enero 1996-diciembre 1998 y enero 1999 - diciembre 2002; y,

Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delitos en agravio del ex CTAR MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 270-2005-CG MORDAZA, 27 de MORDAZA de 2005

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