Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

el MORDAZA de celeridad procesal; para ello, el Consejo Ejecutivo Distrital considera pertinente que la distribucion aludida se realice entre los juzgados penales de reos libres y carcel, sin considerar la competencia en razon de la situacion de privacion de MORDAZA de los demandados, a excepcion de los juzgados penales para procesos en reserva, los de ejecucion y aquellos ubicados en los Modulos Basicos de Justicia y los Juzgados Mixtos por motivos de descentralizacion y facilidad de acceso a la justicia. Setimo.- Que, asimismo y a fin de contribuir con la descarga de demandas de habeas MORDAZA que se concentran en las subespecialidades citadas, resulta conveniente que el Consejo Ejecutivo Distrital haga suya la propuesta efectuada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial respecto a la eliminacion de la subespecialidad reserva y ejecucion asignadas a diez Juzgados Penales. Octavo.- Que, de acuerdo con lo senalado por el Area de Desarrollo de la Presidencia, en su informe tecnico, la Gerencia de Informatica debe solucionar, a la brevedad posible, los errores de implementacion en cuanto al algoritmo de distribucion de ingresos en el sistema SIJ utilizado en las Mesas de Partes de MORDAZA subespecialidades, pues no solo involucra la distribucion de habeas MORDAZA sino tambien la correspondiente a todo MORDAZA de MORDAZA (denuncias provenientes de la Fiscalia, los derivados del Juzgado Penal de Turno Permanente, querellas, homonimias, entre otros). Por los fundamentos expuestos, el Consejo Ejecutivo Distrital de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, en uso de sus atribuciones en sesion ordinaria, por unanimidad: RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que a partir del 7 de noviembre del ano en curso, la distribucion de las demandas de habeas MORDAZA presentadas dentro del horario normal de labores, se efectue entre todos los Juzgados Penales, sin considerar la competencia en razon de la situacion de privacion de MORDAZA de los demandados, a excepcion de los competentes para conocer procesos en reserva, los de ejecucion y aquellos ubicados en los Modulos Basicos de Justicia y los Juzgados Mixtos, de manera equitativa y aleatoria. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Administracion Distrital, en coordinacion con la Oficina de Logistica y el Area de Desarrollo de la Presidencia, de acuerdo a las labores que le competen, la habilitacion de una ventanilla en el espacio fisico donde funciona la Mesa de Partes Unica de los Juzgados con Reos en Carcel (Edificio "Anselmo Barreto") para la recepcion, registro y distribucion de las demandas de habeas MORDAZA, a traves del sistema informatico utilizado por las Mesas de Partes Unicas de los Juzgados Penales, la misma que empezara a funcionar a partir de la fecha indicada en el Art. 1º de la resolucion. Articulo Tercero.- DISPONER que la Oficina de Personal asigne dos auxiliares jurisdiccionales, quienes estaran bajo la supervision del Jefe de la Mesa de Partes Unica de los Juzgados con Reos en Carcel, para la atencion, recepcion, registro y distribucion de los procesos constitucionales indicados, en forma inmediata y bajo responsabilidad, los mismos que deberan ser capacitados por el Area de Desarrollo de la Presidencia en el manejo del sistema informatico. Articulo Cuarto.- MODIFICAR el Art. 5º 1 de la Resolucion Administrativa Nº 407-2004-P-CSJLI/PJ, en el extremo en el que indica el envio y registro de MORDAZA certificada del Acta levantada por el Magistrado que tramita la demanda de habeas MORDAZA, la misma que debera ser remitida a la ventanilla habilitada, para su registro respectivo. Articulo Quinto.- Las demandas de habeas MORDAZA que MORDAZA presentadas fuera del horario de atencion establecido para las Mesas de Partes, continuaran siendo recepcionadas en la Mesa de Partes del Juzgado Penal de Turno Permanente para la prosecucion de su tramite. Articulo Sexto.- ENCARGAR a la Oficina Distrital de Control de la Magistratura (ODICMA) la supervision

periodica del MORDAZA de distribucion de demandas de habeas corpus. Articulo Setimo.- ENCOMENDAR a la Oficina de Administracion Distrital la coordinacion necesaria con el Administrador de la sede "Anselmo Barreto" el apoyo necesario para el traslado fisico, en el dia de los demandas a los Juzgados correspondientes. Articulo Octavo.- SOLICITAR al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial evalue la propuesta efectuada por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA respecto a la eliminacion de la subespecialidad reserva y ejecucion de diez Juzgados Penales. Articulo Noveno.- REQUERIR a la Gerencia de Informatica de la Gerencia General la atencion y solucion inmediata del aspecto relacionado con el reparto equitativo de procesos en el sistema SIJ implantado en las Mesas de Partes de los Juzgados Penales. Articulo Decimo.- Dejar sin efecto toda disposicion administrativa que contravenga la presente resolucion. Articulo Decimo Primero.- Poner la presente a conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Decanato de la Fiscalia Superior del Distrito Judicial de MORDAZA, OCMA, ODICMA, Administracion Distrital, Oficina de Logistica, Oficina de Personal, Administracion de la sede judicial "Anselmo Barreto", Mesas de Partes de los Juzgados con Reos Libres y Reos en Carcel, Area de Desarrollo de la Presidencia, Oficina de Prensa, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA LAU MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

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Art. 5º.- DISPONER que las demandas de Habeas MORDAZA que MORDAZA presentadas en la forma dispuesta por el articulo 27º de la Ley Nº 28237, deberan ser registradas en la Mesa de Partes Unica de la especialidad del juzgado donde se presento la demanda; para el efecto, el magistrado remitira en el dia y bajo responsabilidad, MORDAZA certificada del Acta levantada a la Mesa de Partes respectiva para la asignacion numerica correlativa, con prevencion al juzgado que conocio la accion.

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ORGANISMOS AUTONOMOS CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Modifican el Acuerdo Nº 1238-2005 del Pleno del Consejo y la III Disposicion General del Reglamento del MORDAZA Individual de Evaluacion y Ratificacion de Jueces y Fiscales
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 1109-2005-CNM MORDAZA, 26 de octubre de 2005 VISTO: El Informe Nº 034-2005-CPER-CNM, de la Comision Permanente de Evaluacion y Ratificacion de Magistrados,

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