Norma Legal Oficial del día 04 de noviembre del año 2005 (04/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 4 de noviembre de 2005

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de delitos contra la administracion publica, la familia y la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 962-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 4 de octubre de 2005 VISTOS: El Oficio Nº 3240-2005-GO/RENIEC, y el Informe Nº 1086-2005-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 14 de septiembre de 2005; y, CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones pone de conocimiento que mediante Oficio Nº 494-2005-RENIEC/ GO/JR-IV-IQU de fecha 27 de MORDAZA de 2005, la Jefatura Regional de Iquitos, informa sobre las presuntas irregularidades cometidas por el ex locador SNP MORDAZA JONES MORDAZA MORDAZA, encargado del Punto de Atencion MORDAZA - Nauta - RENIEC, quien en desplazamiento efectuado a la localidad de Intuto - distrito del Tigre, y el distrito de Trompeteros - Iquitos, efectuo cobros indebidos a los ciudadanos por tramites de DNI, esto conforme a las declaraciones efectuadas por los ciudadanos obrantes en el expediente, quienes indican que han pagado por el tramite del DNI, los mismos que no han sido entregados; Que, la Gerencia de Operaciones dispuso que la Subgerencia de Control y Fiscalizacion, proceda a efectuar las investigaciones correspondientes con respecto a las presuntas irregularidades imputadas al mencionado locador; Que, luego de las investigaciones realizadas, la Subgerencia de Control y Fiscalizacion, mediante Informe Nº 144-2005-SGCF/GO/RENIEC de fecha 6 de septiembre de 2005, concluye que el senor MORDAZA JONES MORDAZA MORDAZA, ex encargado del punto de atencion de Nauta - Jefatura Regional Iquitos, ha cometido graves irregularidades funcionales, al haber realizado cobros indebidos y haberse apropiado de dinero entregado en pago de los tramites del Documento Nacional de Identidad al Banco de la Nacion, en agravio de los pobladores de las localidades de Intuto y Trompeteros - Iquitos, durante su desplazamiento a dichas localidades; Que, con fecha 18 y 20 de MORDAZA de 2005, se tomo la declaracion del senor MORDAZA Jones MORDAZA MORDAZA, quien manifesto que con respecto a los formularios utilizados por tramite de caducidad y que no figuran el fisico, manifesto que estos se encuentran traspapelados y que los pagos si fueron efectuados al Banco de la Nacion por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA y que luego fueron entregados a su persona, y que requiere de tiempo para poder subsanar el problema de los formularios y los pagos; es de precisarse que dicho ciudadano no ha sido ubicado a la fecha; Que, los hechos descritos precedentemente, constituyen indicios razonables de la comision del delito contra la Administracion Publica en su modalidad de Concusion, previsto y sancionado por el articulo 382º del Codigo Penal vigente, por cuanto el senor MORDAZA JONES MORDAZA MORDAZA, en su calidad de encargado del Punto de Atencion MORDAZA - Nauta - RENIEC, ha realizado el cobro ilegitimo por formularios de tramite de Documento Nacional de Identidad, no realizando el pago ante el Banco de la Nacion, en perjuicio del Estado y de los pobladores de las localidades de Intuto y Trompeteros - Iquitos; Que, en atencion a los considerandos precedentes, y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, resulta necesario autorizar al

Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil contra MORDAZA J O N E S P E R E Z VA S Q U E Z y l o s q u e r e s u l t e n responsables; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga las acciones legales que correspondan contra MORDAZA JONES MORDAZA MORDAZA y los que resulten responsables, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 18584 RESOLUCION JEFATURAL Nº 984-2005-JEF/RENIEC MORDAZA, 5 de octubre de 2005 VISTO: el Oficio Nº 2614-2005/GO/RENIEC, el Informe Nº 2045-2005-GO-SGREC/RENIEC y el Informe Nº 1007-2005-GAJ/RENIEC de fecha 22 de agosto del 2005, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, organo encargado de planear, organizar y super visar las acciones de gestion y control de calidad en materia de identificacion y estado civil, en su permanente labor de fiscalizacion, inherente al procedimiento administrativo, ha detectado que con fecha 16 de enero de 1991, se asento el nacimiento de un menor, hecho MORDAZA ocurrido el 29 de diciembre de 1990, tramite que genero la Partida de Nacimiento Nº 119 del Libro de Nacimientos del ano 1991, obrante en la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Provincial de MORDAZA, registrado como hijo de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por declaracion de padre del titular; Que, posteriormente, con fecha 20 de setiembre del 2003, al MORDAZA de la Ley Nº 26497, se inscribio en forma extraordinaria, el mismo hecho MORDAZA citado en el considerando precedente, generandose el Acta de Nacimiento Nº 62763625 del Libro de Nacimientos del ano 2003 de la Oficina de Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad del Centro Poblado de MORDAZA MORDAZA, distrito de Banos del MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, produciendose doble inscripcion de nacimiento de una misma persona, esta vez con fecha de nacimiento 1 de enero de 1993, registrado como hijo de MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por declaracion de los padres del titular; Que, la Gerencia de Operaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, organo encargado de organizar las actividades de la informacion registral de los hechos vitales, a traves de la Subgerencia de Registros del Estado Civil, ha determinado que las declaraciones efectuadas por los ciudadanos MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha lesionado la funcionalidad de los documentos, por cuanto hicieron insertar datos falsos en instrumento publico, esto es el Acta de Nacimiento,

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