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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (05/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 70

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G33/G36/G36/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 5 de noviembre de 2005 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G73/G20/G46/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G73 /G64/G65/G20/G52/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G73/G64/G65/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G64/G65/G41/G67/G72/G69/G63/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6A/G65/G63/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G64/G69/G76/G65/G72/G73/G6F/G73/G20/G70/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G73 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 387-2005-INDECI 26 de octubre del 2005 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo Nº 081-2002-PCM se creó la Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres (CMPAD) generados por fenómenos de origen natural o tecnológico, encargada de coordinar, evaluar, priorizar y supervisar las medidas de prevención de daños, atención y rehabilitación en las zonas del país que se encuentren en peligro inminente o afectados por desastres de gran magnitud; Que, mediante Ley Nº 28382 se amplió hasta S/. 50’000,000.00 (CINCUENTA MILLONES CON 00/ 100 NUEVOS SOLES) el monto de la Línea de Crédito Extraordinaria, Permanente y Revolvente, otorgada por el Banco de la Nación al INDECI al amparo del Decreto Legislativo Nº 442, modificado por el Decreto de Urgencia Nº 092-96. Los recursos provenientes de dicha Línea de Crédito se destinarán para realizar acciones que permitan reducir los efectos dañinos de un peligro inminente de origen natural o antrópico, brindar una respuesta oportuna a la población, ejecutar acciones de rehabilitación de la infraestructura pública para recuperar los niveles que los servicios básicos tenían antes de la ocurrencia de un desastre; y ejecutar acciones de recuperación de la capacidad productiva de las zonas afectadas por desastres; Que, la Octava Disposición Final de la Ley Nº 28562, Ley que autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, autoriza al Poder Ejecutivo para que mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, a propuesta de la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, incorpore, cuando sea necesario, previo informe favorable de laDirección Nacional del Presupuesto Público, los recursos en la Fuente de Financiamiento “Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno” provenientes de la Línea de Crédito referida en el considerando precedente, a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil – INDECI; Que, en Tercera Sesión de fecha 05.OCT.2005, la CMPAD aprobó los Proyectos señalados en el Anexo 01 adjunto a la presente Resolución, por el monto de TRESCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 311,979.00), incluido en el “Programa de Prevención y Rehabilitación 2005” y evaluado por el INDECI y la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas (DGPMSP-MEF); Que, mediante Oficio Nº 1753-2005-EF/68.01 de fecha 21.OCT.2005, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas determinó la elegibilidad de las Fichas Técnicas correspondientes a los Proyectos presentados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por el monto de TRESCIENTOS ONCE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 311,979.00); Que, mediante Decreto Supremo Nº 140-2005-EF, publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 19.OCT.2005, se incorporó vía Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005, Pliego 006 INDECI, la suma de TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3’ 459, 475.00), correspondiente a la Fuente de Financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito Interno, provenientes del crédito extraordinario, permanente y revolvente otorgado por el Banco de la Nación a favor del INDECI, con cargo a los recursos de la mencionada Línea de Crédito; Que, mediante Ley Nº 28500 de fecha 26.ABR.2005, se modificó el artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, referido a las Transferencias Financieras entre entidades del Sector Público, señalándose que son consideradas también transferencias financieras las que realizan, entre otros, el INDECI, el cual en el marco de sus funciones y fines establecidos por su norma de creación o regulación,14 Rehabilitación de Sandia Sandia 45 11,6 37.00 MST -GRP- Oficio 1757- aulas y muro de PUN-014 2005-EF/68.01 contención IES JoséCarlos Mariátegui 15 Rehabilitación de Sandia Sandia 60 16,6 08.00 MST -GRP- Oficio 1757- aulas del IESA PUN-015 2005-EF/68.01 Laqueque 16 Rehabilitación de Sandia Sandia 45 11,6 70.00 MST -GRP- Oficio 1757- aulas de la institu- PUN-016 2005-EF/68.01 ción educativa pri-maria de Aripo 72460 17 Rehabilitación de Sandia Sandia 60 12,5 63.00 MST -GRP- Oficio 1757- aulas del IEP PUN-017 2005-EF/68.01 72455 de Aricato 18 Rehabilitación de Sandia Sandia 60 13,7 60.00 MST -GRP- Oficio 1757- aulas del IEP PUN-018 2005-EF/68.01 72459 de Alto Ccapuna 19 Rehabilitación de Sandia Cuyocuyo 45 12,5 10.00 MST -GRP- Oficio 1757- aulas del centro PUN-019 2005-EF/68.01 educativo primarioNº 72441 Cuyocuyo 1,099,480.00 18642Ubicación Características Elegibilidad Nº Nombre del Provincia Distrito Localidad MetaPlazo Monto Sector Código Referencia Observaciones Proyecto Física días (Nuevos Soles S/.)