Norma Legal Oficial del día 23 de noviembre del año 2005 (23/11/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 23 de noviembre de 2005

de dichas contrataciones por causal de situacion de emergencia; Que, el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el articulo 22º del mencionado T.U.O establece que se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional; Que, en este caso la Entidad queda exonerada de la tramitacion del expediente administrativo y podra ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el articulo 142º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar los procesos de seleccion que correspondan. Cuando no corresponda realizar un MORDAZA de seleccion posterior, en el informe tecnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisicion o contratacion definitiva; Que, asimismo, senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones. En este punto es importante destacar, segun el Informe Tecnico mencionado, que las necesidades de atencion de ayuda humanitaria a la poblacion damnificada o afectada de esta MORDAZA se han ido detectando de manera progresiva conforme han ido transcurriendo los dias posteriores a los movimientos teluricos del 25.SET.2005, 01.OCT.2005 y 30.OCT.2005, sustentado en los respectivos Reportes de Evaluacion de Danos de la Direccion Nacional de Operaciones; Que, de conformidad con las normas glosadas y considerando lo informado por la Direccion Nacional de Logistica, procede la regularizacion de las contrataciones de los servicios de transporte terrestre de carga requeridos para la atencion de las emergencias mencionadas, dentro del plazo de 10 dias siguientes a la finalizacion del evento que la produjo, por el monto total ascendiente a la suma de S/. 18,775.00 (Dieciocho mil setecientos setenta y cinco con 00/100 nuevos soles), segun detalle del Cuadro Unico, que como anexo forma parte integrante de la presente Resolucion; Que, el articulo 146° del mencionado Reglamento senala que la resolucion o acuerdo que aprueben la exoneracion del MORDAZA de seleccion, requiere obligatoriamente de uno o mas informes previos, que contengan la justificacion tecnica y legal de la procedencia y necesidad de la exoneracion; Que, de otro lado, el articulo 20° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones o contrataciones a que se refiere el mencionado articulo 19° de la Ley, se realizaran mediante acciones inmediatas. Todas las exoneraciones, salvo las referidas a la contratacion de servicios publicos, se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad. Asimismo, conforme al mencionado articulo la facultad de aprobar exoneraciones es indelegable; Que, de conformidad con el articulo 147º del Reglamento, las resoluciones o acuerdos que aprueben las exoneraciones de los procesos de seleccion seran publicados en el Diario Oficial El Peruano dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a su emision, salvo las referidas a exoneraciones por la causal de servicios publicos sujetos

a tarifa unica y con caracter de secreto, secreto militar o de orden interno por parte de las Fuerzas Armadas, Policia Nacional y Organismos conformantes del Sistema de Inteligencia Nacional, que deban mantenerse en reserva conforme a Ley, previa opinion favorable de la Contraloria General de la Republica. Ademas, deberan publicarse en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado ­ SEACE. Asimismo, una MORDAZA de la Resolucion y el Informe Tecnico Legal que la sustenta debera remitirse a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, bajo responsabilidad del Titular del Pliego; Que, conforme a lo establecido en el articulo 148° del Reglamento, la Entidad efectuara las adquisiciones o contrataciones en forma directa mediante acciones inmediatas, requiriendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida, por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico; Que, ademas, segun el articulo 148º del Reglamento, la exoneracion se circunscribe a la omision del MORDAZA de seleccion; por lo que los contratos que se celebren como consecuencia de aquella deberan cumplir con los respectivos requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantias que se aplicarian de haberse llevado a cabo el MORDAZA de seleccion correspondiente; Que, agrega el articulo 148º del Reglamento que, la adquisicion o contratacion del bien, servicio u obra objeto de la exoneracion, sera realizada por la dependencia encargada de las adquisiciones y contrataciones de la Entidad o el organo designado para el efecto; Que, de conformidad por lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobados por los Decretos Supremos Nºs. 083-2004-PCM y 0842004-PCM, respectivamente; y, En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Ley Nº 19338, sus normas modificatorias y complementarias y el Reglamento de Organizacion y Funciones del INDECI, aprobado por Decretro Supremo Nº 059-2001-PCM, modificado por Decreto Supremo Nº 005-2003-PCM; y con las visaciones de la Direccion Nacional de Logistica, de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo Primero: APROBAR la regularizacion de las contrataciones de los servicios de transporte terrestre de carga, realizado por diversas empresas cuyo detalle se consigna en el Cuadro Unico, que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolucion y que fueron prestadas para atender las emergencias suscitadas, como consecuencia de los sismos ocurridos el dia 25.SET.2005, el dia 01.OCT.2005 y el dia 30.OCT.2005, contrataciones que se realizaron contando con el Informe de Disponibilidad Presupuestal indicado en el Cuadro Unico en mencion y por la Fuente de Financiamiento: 00 Recursos Ordinarios. Articulo Segundo: DISPONER que la Secretaria General remita MORDAZA de la presente Resolucion Jefatural y del Informe Tecnico y Legal que la sustentan, a la Contraloria General de la Republica y al CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias de emitida la presente Resolucion. Articulo Tercero: DISPONER que la Direccion Nacional de Logistica ingrese la presente Resolucion en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE del CONSUCODE y que se encargue de su publicacion a traves del Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez dias habiles siguientes a su emision. Articulo Cuarto: DISPONER que la Secretaria General ingrese la presente Resolucion en el Archivo General Institucional y notifique a la Subjefatura, Direccion Nacional de Logistica, Organo de Control Institucional, Oficina de Planificacion y Presupuesto, Oficina de Administracion, Oficina de Asesoria Juridica y a la Oficina de Estadistica y Telematica, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA PODESTA LLOSA Jefe del Instituto Nacional de Defensa Civil

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