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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G30/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de noviembre de 2005 Guido Casaverde Ríos, Arqueólogo de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección deArqueología, recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Petroglifos de Checta, ubicado en el distrito de Santa Rosa de Quives, provinciade Canta, departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo Nº 622 de fecha 28 de octubre de 2005 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología,recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Petroglifos de Checta, ubicado en eldistrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento deOrganización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Petroglifos de Checta,ubicado en el distrito de Santa Rosa de Quives, provincia de Canta, departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio del Instituto Nacional de Cultura la elaboración del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el artículo1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", debe contar con laaprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 20029 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1536/INC Lima, 10 de noviembre de 2005VISTO, el Informe Nº 691-2005-INC/DREPH/DA- SDIC-JARG de fecha 18 de octubre de 2005, del Lic. Jesús Ramos Giraldo, Arqueólogo de la Subdirecciónde Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de lasmanifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar,declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 691-2005-INC/DREPH/DA- SDIC-JARG de fecha 18 de octubre de 2005, el Lic.Jesús Ramos Giraldo, Arqueólogo de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, manifiesta que el sitio arqueológico PisquilloChico, ubicado en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima, no se encuentra declarado Patrimonio Cultural de la Nación;Que, mediante Acuerdo Nº 617 de fecha 28 de octubre de 2005 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología,recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Pisquillo Chico, ubicado en el distritode Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Pisquillo Chico, ubicado en el distrito de Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima. Artículo 2º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudieseafectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", debe contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 20030 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1540/INC Lima, 10 de noviembre de 2005 VISTO, el Oficio Nº 1699-2005-AG-PETT-DE-DTSL de fecha 18 de octubre de 2005 del Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio deAgricultura; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, conpersonería jurídica de derecho público interno; responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación,preservación, conservación, restauración, difusión y promoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Oficio Nº 1699-2005-AG-PETT-DE- DTSL de fecha 18 de octubre de 2005 el Ing. Domingo Jaime Portugués Arias, Director Ejecutivo del ProyectoEspecial Titulación de Tierras y Catastro Rural del Ministerio de Agricultura, remite los expedientes técnicos de los sitios arqueológicos Cerro Ocorure, Cerro BarroColorado y Ladera Cerro San José, ubicados en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima, elaborados por el Lic. Alcides Álvarez Vera; Que, mediante Informe Nº 722-2005-INC/DREPH/DA/ SDIC/CJCG de fecha 27 de octubre de 2005, la Subdirección de Investigación y Catastro de la Direcciónde Arqueología, informa que los expedientes técnicos no presentan observaciones; Que, mediante Acuerdo Nº 620 de fecha 28 de octubre de 2005, la Comisión Nacional Técnica de Arqueología recomienda a la Dirección Nacional del Instituto Nacional de Cultura: