TEXTO PAGINA: 68
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G35/G30/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 26 de noviembre de 2005 - Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Cerro Ocorure, Cerro Barro Colorado yLadera Cerro San José, ubicados en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; - Aprobar los planos de delimitación con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva: - Cerro Ocorure, (Plano 336-INC-PETT-2005), a escala 1/1000, ubicado en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; - Cerro Barro Colorado, (Plano 337-INC-PETT-2005), a escala 1/2500 ubicado en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; - Ladera Cerro San José, (Plano 338-INC-PETT- 2005), a escala 1/1000 ubicado en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico, Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigacióny Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con la Ley Nº 28296, Ley General de Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto SupremoNº 017-2003-ED que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación a los sitios arqueológicos Cerro Ocorure, Cerro Barro Colorado y Ladera Cerro San José, ubicados enel distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima. Artículo 2º.- Aprobar los planos de delimitación con su respectiva Ficha Técnica y Memoria Descriptiva: - Cerro Ocorure, (Plano 336-INC-PETT-2005), a escala 1/1000, ubicado en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima. - Cerro Barro Colorado, (Plano 337-INC-PETT-2005), a escala 1/2500 ubicado en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima. - Ladera Cerro San José, (Plano 338-INC-PETT- 2005), a escala 1/1000 ubicado en el distrito de Antioquía, provincia de Huarochirí, departamento de Lima. Artículo 3º.- Disponer la inscripción en Registros Públicos y en el Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal (SINABIP) la Condición dePatrimonio Cultural de la Nación de los Sitios Arqueológicos mencionados en el Artículo 1º y de los planos señalados en el Artículo 2º de la presenteresolución. Artículo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros oagropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueológicos declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", deberácontar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 5º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial,autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 20031 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1546/INC Lima, 10 de noviembre de 2005VISTO, el Informe Nº 746-2005-INC/DREPH/DA- SDIC-PQÑ-GCR de fecha 2 de noviembre de 2005, del Lic. Guido Casaverde Ríos, Arqueólogo de laSubdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología; y,CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector Educación, con personería jurídica de derecho público interno;responsable de la promoción y desarrollo de las manifestaciones culturales del país y de la investigación, preservación, conservación, restauración, difusión ypromoción del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el Artículo VII del Título Preliminar de la Ley Nº 28296 - Ley General del Patrimonio Cultural de laNación, señala que el Instituto Nacional de Cultura está encargado de registrar, declarar y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, mediante Informe Nº 746-2005-INC/DREPH/DA- SDIC-PQÑ-GCR de fecha 2 de noviembre de 2005, el Lic. Guido Casaverde Ríos, Arqueólogo de laSubdirección de Investigación y Catastro de la Dirección de Arqueología, recomienda se declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Huaca DonCarlos 2, ubicado al interior del Colegio Particular Gutemberg en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima; Que, mediante Acuerdo Nº 651 de fecha 4 de noviembre de 2005 la Comisión Nacional Técnica de Arqueología, recomienda a la Dirección Nacional delInstituto Nacional de Cultura, declare Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Huaca Don Carlos 2, ubicado en el distrito de Comas, provincia y departamentode Lima; Con las visaciones de la Dirección de Gestión, Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio Histórico,Dirección de Arqueología, Subdirección de Investigación y Catastro y la Oficina de Asuntos Jurídicos; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; Decreto Supremo Nº 017-2003-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional deCultura; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nación al sitio arqueológico Huaca Don Carlos 2, ubicado en eldistrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Arqueología de la Dirección de Registro y Estudio del Patrimonio delInstituto Nacional de Cultura la elaboración del expediente técnico del sitio arqueológico mencionado en el artículo 1º de la presente resolución. Artículo 3º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, canales, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudieseafectar o alterar el paisaje del sitio arqueológico declarado "Patrimonio Cultural de la Nación", debe contar con la aprobación del Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Transcríbase la presente Resolución a COFOPRI, Municipalidad Distrital y Provincial, autoridades políticas y civiles correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS GUILLERMO LUMBRERAS SALCEDO Director Nacional 20032 RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 1547/INC Lima, 10 de noviembre de 2005 VISTO, el Informe Nº 733-2005-INC/DREPH/DA- SDIC-JARG de fecha 2 de noviembre de 2005, del Lic. Jesús Ramos Giraldo, Arqueólogo de la Subdirección de Investigación y Catastro de la Dirección deArqueología; y, CONSIDERANDO:Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Público Descentralizado del Sector