Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2005 (10/10/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, lunes 10 de octubre de 2005

NORMAS LEGALES

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maderables Nº 17-TAM/C-J-003-02, originando con ello la reversion a favor del Estado del area otorgada mediante el citado contrato. Asimismo, su emision significo la imposibilidad del aprovechamiento de las 7 especies maderables contempladas en el POA 20042005, con un volumen total de 1,060.809 metros cubicos, que de haber ocurrido hubiese significado un dano irreparable al bosque; Que, en consecuencia, dicha medida fue adoptada en estricto cumplimiento de lo dispuesto por el Reglamento aprobado por la Resolucion Jefatural Nº 1472005-INRENA, y de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y tenia por objetivo salvaguardar la ejecucion de la Resolucion final a emitirse por esta instancia, la cual esta directamente relacionada con la proteccion de los recursos forestales, velando por su aprovechamiento sostenible mediante la supervision del cumplimiento de las obligaciones contractuales de los concesionarios forestales con fines maderables, de acuerdo a las funciones otorgadas en la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA y su Reglamento; Que, la Resolucion Gerencial Nº 010-2005-INRENAOSINFOR constituye un acto administrativo que no puede ser objeto de impugnacion, pues este no se enmarca dentro de los supuestos previstos en el articulo 206º de la Ley del Procedimiento Administrativo General anteriormente referido, debido a que solo se restringe a iniciar el procedimiento administrativo unico previsto en la Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA; Que, segun los descargos formulados por el gerente de la empresa titular del contrato de concesion forestal con fines maderables Nº 17-TAM/C-J-003-02 el pasado 13 de septiembre, la movilizacion de la especie caoba con cargo al plan operativo de la MORDAZA zafra ha sido efectuada por el senor MORDAZA Sumalave MORDAZA, quien

se habria aprovechado de un poder otorgado por la citada empresa. Sobre el particular, dicho gerente advierte que el poder recien fue presentado para su inscripcion ante la Oficina de los Registros Publicos del departamento de MORDAZA de MORDAZA recien el 17 de MORDAZA de 2005, culminando dicho tramite recien el 30 de MORDAZA del mismo ano, fecha en la cual recien se pudo ejercer, en aplicacion del articulo 14º de la Ley Nº 26887, Ley General de Sociedades; Que, dado que los descargos presentados por el concesionario se circunscriben a desconocer la legitimidad de la representacion del senor MORDAZA Sumalave MORDAZA, resulta necesario determinar si los actos realizados por dicha persona fueron efectuados en nombre de la empresa Maderera Ecoforestal Bajo Puquiri S.A.C.; Que, de acuerdo a la MORDAZA certificada del Asiento C00002 de la Partida Nº 11000804 que corre a fojas 69 del expediente, mediante Escritura Publica del 13 de MORDAZA de 2005, otorgada ante Notario MORDAZA MORDAZA Pantigoso MORDAZA, la empresa Maderera Ecoforestal Bajo Puquiri S.A.C. otorgo poder general y especial a favor del senor MORDAZA Sumalave MORDAZA, con las facultades suficientes para representar a la empresa ante la Administracion Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA Tambopata- MORDAZA, para realizar cualquier MORDAZA de tramite administrativo en favor de MADECOBP, e inclusive para firmar y sellar las guias de transporte y las guias que MORDAZA necesarias ante las sedes correspondientes de INRENA; Que, del antedicho documento se advierte que el titulo que motivo la inscripcion de los poderes otorgados al senor MORDAZA Sumalave MORDAZA fue presentado ante la Oficina Registral de MORDAZA de MORDAZA el 17 de MORDAZA de 2005 y fue inscrito el 30 de MORDAZA del mismo ano. Asimismo, las movilizaciones de la especie caoba con

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DIARIO OFICIAL
FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR MORDAZA MORDAZA

REQUISITOS PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS
Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y Sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales, respectivamente, deberan tener en cuenta lo siguiente:
1.- Las normas y sentencias por publicar se recibiran en la Direccion del Diario Oficial, de lunes a viernes, en el horario de 10.30 a.m. a 5.00 p.m. 2.- Las normas y sentencias cuya publicacion se solicite para el dia siguiente no deberan exceder de diez (10) paginas. 3.- Todas las normas y sentencias que se remitan al Diario Oficial para la publicacion correspondiente deberan estar contenidas en un disquete y redactadas en WORD. 4.- Si la entidad no remitiese la MORDAZA o sentencia en disquete, debera enviar el documento al correo electronico: normaslegales@editoraperu.com.pe 5.- Si las normas contuvieran tablas o MORDAZA, estas deberan estar trabajadas en EXCEL, con una linea por celda sin justificar y, si se agregasen graficos, su MORDAZA sera en formato EPS o TIF a 300 DPI y en escala de grises.

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