Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2005 (10/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 10 de octubre de 2005

Maderera Ecoforestal Bajo Puquiri S.A.C., mediante el contrato de concesion forestal con fines maderables Nº 17-TAM/C-J-003-02, en virtud de lo dispuesto por el literal a) y c) del articulo 18º de la Ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna MORDAZA y el literal e) del articulo 91-A de su Reglamento y modificatorias. Articulo 2º.- Dejar sin efecto el plan de manejo forestal para la zafra excepcional, el plan operativo anual para la MORDAZA zafra, aprobado mediante Resolucion de Intendencia Nº 079-2005-INRENA-IFFS, el plan general de manejo forestal, aprobado mediante Resolucion de Intendencia Nº 078-2005-INRENA-IFFS, las mismas que autorizaron el aprovechamiento de los recursos forestales maderables ubicados dentro del area del contrato de concesion forestal con fines maderables Nº 17-TAM/C-J-003-02. Articulo 3º.- Dejar sin efecto la utilizacion de las Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural, registradas ante el INRENA, para la movilizacion de los volumenes autorizados en los planes de manejo forestal a que se refiere el articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Dejar sin efecto el uso de Guias de Transpor te Forestal de productos forestales transformados, por los volumenes aprobados en los planes de manejo forestal a que se refiere el articulo 2º de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Caducar de pleno derecho las medidas cautelares contenidas en la Resolucion Gerencial Nº 010-2005-INRENA-OSINFOR de fecha 26 de agosto de 2005. Articulo 6º.- Encargar a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA para que a traves de las Administraciones Tecnica Forestal y de Fauna MORDAZA, ejecute lo dispuesto en la presente resolucion, procediendo a comisar cualquier producto forestal proveniente de la referida concesion, amparado con Guias de Transporte Forestal de productos al estado natural o de productos forestales transformados, de acuerdo a lo dispuesto en el literal b) del articulo 369º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, quedando a salvo el derecho de terceros, quienes podran acreditar sus derechos ante dichos organos siempre que estos hayan sido obtenidos con anterioridad al inicio del presente procedimiento. Articulo 7º.- Notificar la presente Resolucion Gerencial, a la Intendencia Forestal y de Fauna MORDAZA quien debera aplicar un plan de cierre de la concesion, revirtiendo el area concesionada a favor del Estado y procediendo a ejecutar las garantias entregadas por el concesionario conforme establece la Resolucion Jefatural Nº 147-2005-INRENA. Articulo 8º.- Notificar la presente Resolucion Gerencial a la Oficina de Control Interno, para que a la luz de los hechos acreditados durante el presente procedimiento, establezca las responsabilidades que correspondan en contra de las personas involucradas en la elaboracion, calificacion y la consiguiente aprobacion de los planes de manejo aprobados hasta la fecha a la empresa Maderera Ecoforestal Bajo Puquiri S.A.C. Articulo 9º.- Notificar la presente Resolucion Gerencial a la Comision de Control y Actividades contra la MORDAZA y Comercio Ilegal - COATCI, y al Centro de Informacion Estrategica Forestal - CIEF, para que tomen conocimiento de la misma y adopten las medidas necesarias. Articulo 10º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion Gerencial a la Oficina de Asesoria Juridica para que realice las evaluaciones y coordinaciones respectivas con la Procuraduria encargada de los Asuntos del Ministerio de Agricultura, a fin de determinar la posible comision de conductas que puedan configurar ilicitos penales, de acuerdo a los recaudos que obran en el expediente Nº 009-2005-OSINFOR.

Articulo 11º.- Notificar la presente Resolucion Gerencial a la empresa Maderera Ecoforestal Bajo Puquiri S.A.C. Registrese y comuniquese. MORDAZA FREUND MORDAZA MORDAZA Gerente de la Oficina de Supervision de las Concesiones Forestales Maderables 17205

Disponen archivar procedimiento administrativo unico iniciado al concesionario Maderera de Aprovechamiento Integral S.A.C.
RESOLUCION GERENCIAL Nº 036-2005-INRENA-OSINFOR

MORDAZA, 29 de setiembre de 2005 VISTO: El expediente administrativo Nº 004-2005-OSINFOR, sobre el procedimiento administrativo unico iniciado contra el titular del contrato de concesion forestal con fines maderables Nº 17-TAM/C-J-023-02, Maderera de Aprovechamiento Integral S.A.C., por la presunta comision de las causales de caducidad tipificadas en los literales a) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, Ley Nº 27308, los literales a), b) y f) del articulo 91-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, aprobado por Decreto Supremo Nº 0142001-AG y modificatorias, y los numerales 31.1 y 31.4 del Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables, en el cual obra el Informe Tecnico Legal Nº 033-2005-OSINFOR-URAN-USEC de fojas 652 a fojas 668; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Gerencial Nº 004-2005INRENA-OSINFOR, que corre de fojas 204 a fojas 208, la OSINFOR resuelve, en vir tud de la denuncia contenida en el Informe Nº 001-2005-INRENA-IFFSDCB/BRIGADA04, iniciar al concesionario Maderera de Aprovechamiento Integral S.A.C., con Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables Nº 17-TAM/ C-J-023-02, el procedimiento administrativo unico, previsto en la Resolucion Jefatural Nº 147-2005INRENA, por la presunta infraccion a la legislacion forestal y de fauna MORDAZA, tipificada en los literales a) y d) del articulo 18º de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, concordante con lo establecido en los literales b) y f) del articulo 91-A del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna MORDAZA, y los numerales 31.1 y 31.4 del Contrato de Concesion Forestal con Fines Maderables, cuya comision conlleva a la declaracion de caducidad del derecho de concesion forestal con fines maderables; Que, en la referida Resolucion Gerencial se otorga al concesionario en mencion, un plazo de 5 (cinco) dias habiles, contados a par tir de la fecha de notificacion, para que presente los descargos que considere per tinentes, debiendo adjuntar los documentos que acrediten la relacion contractual que vincula a los aserradores a destajo con el referido concesionario; Que, con fecha 12 de agosto de 2005, el gerente general de la empresa Maderera de Aprovechamiento Integral S.A.C., senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, recepciona la Resolucion Gerencial en mencion, en el local de la OSINFOR, sito en Av. Paseo de la Republica Nº 3147, Oficina 301, distrito de San MORDAZA, suscribiendo

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