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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G33/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de octubre de 2005 La Ordenanzas que aprueben las Municipalidades Distritales los arbitrios municipales deben ser ratificadaspor las Municipalidades Provinciales, entrando en vigenciaal día siguiente de publicado el Acuerdo de Concejoratificatorio de la Municipalidad Provincial. No se pueden aprobar Ordenanzas con criterios en donde se apliquen el valor del autoavaluo para establecerel pago de los arbitrios municipales. Para el calculo delos servicios de recolección de residuos sólidos debeaplicarse los criterios de tamaño, ubicación y uso delpredio, más no el valor del mismo. Asimismo se establece que debe existir una conexión lógica entre la naturaleza del servicio brindado (en cadacaso, sea seguridad ciudadana, salubridad o limpieza) yel presunto grado de intensidad del uso de dicho servicio. En ese orden de ideas podemos apreciar que las Ordenanzas aprobadas por la Municipalidad Distrital deSan Martín de Porres respecto de los arbitrios municipales2001 al 2005 no reúnen los criterios de aprobaciónestablecidos en la sentencia del Tribunal Constitucional. Hemos aplicado una tarifa plana, la misma que se obtiene de dividir el costo del servicio entre la cantidad de predios.En tal sentido hemos aplicado dicho criterio a fin de que exista una conexión lógica entre la naturaleza del servicio yel presunto grado de intensidad del uso de dicho servicio. La sentencia del Tribunal Constitucional menciona que en la cuantificación de los arbitrios se debe distinguir dosmomentos: 1) la determinación del costo global 2) ladistribución de este costo global entre todos loscontribuyentes (en base a criterios razonables dedistribución). En la sentencia se ha incidido en el segundoaspecto de la cuantificación, por haber sido materia delpetitorio; sin embargo considera importante desarrollarla determinación global del costo para asegurar unacorrecta distribución entre todos los contribuyentes. Por lo antes expuesto hemos utilizado los costos que han sido materia de:un proceso de ratificación por partede la Municipalidad Metropolitana de Lima, vale decir elestudio de costos para los arbitrios de los años 2001 y2005. Debemos precisar que las Ordenanzas de arbitriosde los años 2001 al 2005 incurren en vicios deinconstitucionalidad, más no incurre en dicha omisión elestudio de costos de los servicios publicascorrespondientes a dichos ejercicios gravables. MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y RENTAS DETERMINACIÓN DE LAS TASAS DE ARBITRIOS MUNICIPALES AREA ORGÁNICA GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA Y RENTAS SERVICIO PROCESAMIENTO Y CÁLCULO DE LAS TASAS DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES DETERMINACIÓN DE LAS TASAS DE LIMPIEZA PÚBLICA Y PARQUES Y JARDINES PERÍODO NÚMERO COSTO DEL TASA L. P. TASA L. P. COSTO DEL SERVICIO TASA P. J. TASA P. J. DE SERVICIO DE DE PARQUES MENSUAL PREDIOS LIMPIEZA PÚBLICA MENSUAL Y JARDINES 2001 110,000.00 11,956,863.00 108.70 9.06 5,806,548.00 5 2.79 4.40 2002 106,706.00 11,956,863.00 112.05 9.34 5,806,548.00 5 4.42 4.53 2003 108,079.00 11,956,863.00 110.63 9.22 5,806,548.00 5 3.73 4.48 2004 114,918.00 11,956,863.00 104.05 8.67 5,806,548.00 5 0.53 4.21 2005 118,217.00 15,127,679.00 127.97 10.66 12,076,732.00 1 02.16 8.51 DETERMINACIÓN DE LAS TASAS DE SERENAZGO PERÍODO NÚMERO DE COSTO DEL TASA TASA PREDIOS SERVICIO SERENAZGO SERENAZGO SERENAZGO MENSUAL 2005 118,217.00 8,351,920.99 70.65 5.89 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES GERENCIA DE MEDIO AMBIENTE DETERMINACIÓN DEL COSTO DE LOS SERVICIOS MUNICIPALES 2001 ÁREA OPERATIVA DIVISIÓN DE LIMPIEZA PÚBLICA SERVICIO SERVICIO DE LIMPIEZA PÚBLICA GASTOS DEL SERVICIO DESCRIPCIÓN TOTAL TOTAL MENSUAL ANUAL RECOLECCIÓN Y TRANSPOR TE DE RESIDUOS 574,875.00 6,898,500.00 SÓLIDOS, ALQUILER DE CAMIONES PORTONELADA RECOGIDA (329 TM, DÍARIAS) BARRIDO DE CALLES, DE PLAZAS, RECOLECCIÓN Y TRANSPORTE DE ESCOMBROS,DESCRIPCIÓN TOTAL TOTAL MENSUAL ANUAL LAVADO DE CALLES, PLAZAS Y LOCALES PÚBLICOS, OPERATIVOS DE LIMPIEZA,ALQUILER DE EQUIPOS. COSTOS DE PERSONAL Y SERVICIOS 315,947.00 3,791,364.00DE TERCEROS SERVICIO DE LUZ, AGUA Y TELÉFONO 500.00 6,000.00 CAPACITACIÓN Y CAMPAÑA EDUCATIVA 4,167.00 50,004.00 OTRO RELLENO SANITARIO – VEHÍCULO DE 30,021.25 360,255.00LA MUNICIPALIDAD (100 TM DIARIO) GASTOS DE MATERIALES, HERRAMIENTAS, 42,148.00 505,776.00COMBUSTIBLES Y OTROS DEPRECIACIÓN DE MAQUINARIAS, EQUIPOS, 28,747.00 344,964.00INSTRUMENTO, COMPACTADORA, CARROMADRINA Y OTROS TOTAL 996,405.25 11,956,863.00