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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (15/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 72

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G30/G32/G33/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de octubre de 2005 Nº Ubicación Cuadra Lado Derecho Lado Izquierdo Diagonal Paralelo Diagonal Paralelo 49 Jr. Francisco Masias 26 6 50 Jr. De la Torre Ugarte 03 10 51 Jr. Soledad 02 8 8 52 Jr. Soledad 03 TOTAL PARCIAL 135 145 117 140 TOTAL 537 Artículo 11º.- Se encuentran inafectos al pago de la tasa de estacionamiento temporal vehicular urbano, los conductores de los vehículos oficiales que se encuentren cumpliendo sus funciones asignadas por Ley o laborespropias de su actividad, o sean propiedad de: a) Cuerpo General de Bomberos del Perú. b) Fuerzas Armadas. c) Policía Nacional. d) Ambulancias en general.e) Vehículos Oficiales del Gobierno Nacional, Regional o local. f) Vehículos estacionados en zonas reservadas para su categoría o actividad pública, según autorización municipal. g) Los vehículos estacionados por sus propietarios con frente a su vivienda y que se encuentren dentro del área habilitada, para que proceda ésta inafectación los vecinos deberán estar debidamente identificados yempadronados. Esta inafectación no alcanza conductores de negocios o trabajadores de los mismos que no sean vecinos residentes del distrito de Lince. Artículo 12º.- Disponer la reserva de ubicaciones en cada zona habilitada para el parqueo, para vehículos que transportan personas con discapacidad, conforme al artículo 46º de la Ley Nº 27050. Artículo 13º.- Se prohíbe el estacionamiento de vehículos en las zonas rígidas y en las zonas de seguridad. DISPOSICIONES FINALES Primera.- Facúltese al Alcalde de la Municipalidad de Lince, a fin de que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones que fueren necesarias para lograr laadecuada aplicación de la presente Ordenanza. Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de la publicación del Acuerdo de Concejode la Municipalidad Metropolitana de Lima que la ratifique. Tercera.- La Infracciones y Sanciones que mediante Ordenanza tipifique la Municipalidad Metropolitana deLima, serán adoptadas y aplicadas para la jurisdicción del distrito de Lince. Regístrese, comuníquese, cúmplase y publíquese. CÉSAR GONZÁLEZ ARRIBASPLATA Alcalde 17483 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6E/G7A/G61/G20/G4E/GBA/G20/G31/G33/G37/G2D/G4D/G44/G4C/G2C /G71/G75/G65/G20/G65/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G20/G72/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G74/G72/G69/G62/G75/G74/G61/G72/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61 /G54/G61/G73/G61/G20/G70/G6F/G72/G20/G45/G73/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G56/G65/G68/G69/G63/G75/G6C/G61/G72/G55/G72/G62/G61/G6E/G6F/G20/G79/G20/G7A/G6F/G6E/G61/G73/G20/G68/G61/G62/G69/G6C/G69/G74/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F ORDENANZA Nº 140-MDL Lince, 19 de agosto del 2005 VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 019-2005-MDL-CAL- CEA de las Comisiones de Asuntos Legales y de Economía y Administración y el Dictamen Nº 04-2005- MDL.-CDU, sobre Modificación de la Ordenanza Nº 137-MDL, sobre “Régimen Tributario de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Urbano y las Zonas HabilitadasArtículo 10º de la presente Ordenanza, teniendo los contribuyentes un tiempo de tolerancia de 10 minutos dentro de los cuales no se genera la obligación de pagarla tasa, concluido dicho tiempo los conductores deberán pagar la tasa incluso si el vehículo no ha llegado a usar el tiempo completo de la fracción. Artículo 9º.- El pago de la tasa deberá efectuarse en forma inmediata después de haber vencido la tolerancia y antes que el conductor abandone la zona deestacionamiento vehicular. Artículo 10º.- Las zonas de estacionamiento vehicular en la vía pública del distrito de Lince habilitadas paraprestar el servicio son las siguientes: ZONAS DE ESTACIONAMIENTO VEHICULAR URBANO EN LA VÍA PÚBLICA DE LINCE Nº Ubicación Cuadra Lado Derecho Lado Izquierdo Diagonal Paralelo Diagonal Paralelo 1 Trinidad Moran 06 9 2 Jr. Almirante Guisse 24 8 3 Jr. Belisario Flores 01 5 4 Jr. Bernardo Alcedo 01 7 5 Jr. Bernardo Alcedo 03 7 6 Jr. Bernardo Alcedo 05 8 7 Jr. León Velarde 01 4 8 Jr. Emilio Althaus 01 6 9 Jr. Francisco de Zela 15 6 6 10 Jr. Francisco de Zela 24 10 11 Jr. Garcilazo de la Vega 15 14 6 12 Jr. Julio C Tello 01 6 13 Jr. Julio C Tello 02 4 14 Jr. Julio C. Tello 09 9 6 15 Jr. Manuel Candamo 01 14 8 16 Jr. Mariscal Las Heras 02 12 17 Jr. Mariscal Las Heras 03 11 7 18 Jr. Mariscal Las Heras 04 6 19 Jr. Mariscal Miller 15 5 8 20 Jr. Mateo Pumacahua 24 8 7 21 Jr. Mateo Pumacahua 25 7 22 Jr. Risso 01 6 13 23 Jr. Risso 02 7 6 24 Jr. Risso 03 6 25 Jr. Risso 04 8 26 Jr. Tomas Guido 01 14 10 27 Jr. Tomas Guido 02 10 10 28 Jr. Tomas Guido 03 6 10 29 Jr. Tomas Guido 04 6 10 30 Jr. Tupac Amaru 20 5 31 Jr. César Vallejo 06 8 32 Av. Ignacio Merino 18 5 7 33 Av. Ignacio Merino 19 9 9 34 Av. Ignacio Merino 20 9 8 35 Av. Ignacio Merino 21 6 36 Av. Ignacio Merino 22 8 5 37 Av. Ignacio Merino 23 8 8 38 Av. Ignacio Merino 24 5 39 Av. Jose Leal 01 5 4 40 Av. Jose Leal 09 4 41 Av. Jose Leal 11 5 7 42 Av. Militar 18 10 43 Av. Militar 22 4 44 Av. Militar 23 6 45 Calle Las Orquídeas 27 4 46 Calle Las Begonias 26 10 47 Calle Los Jazmines 03 4 48 Calle Los Jazmines 04 6