Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2005 (17/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 17 de octubre de 2005

Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y modificado con Decreto Supremo Nº 040-2004-MTC, el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC y el MORDAZA del Ministerio; Con la opinion favorable del Director General de Gestion de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a la empresa COMUNICACIONES TELEFONICAS E.I.R.L., concesion para la prestacion de los servicios portadores de larga distancia nacional e internacional en la modalidad no conmutado por el plazo de veinte (20) anos, en todo el territorio de la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con la empresa COMUNICACIONES TELEFONICAS E.I.R.L., para la prestacion de los servicios publicos a que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veintiseis (26) clausulas y tres (3) anexos que forman parte integrante de la presente resolucion. Articulo 3º.- Autorizar al Director General de Gestion de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba en el articulo anterior, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Para la suscripcion debera cumplir previamente con el pago por derecho de concesion, asi como la MORDAZA de la carta fianza que asegure el inicio de operaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17608

presentadas por el Congreso de la Republica, por supuestos hechos irregulares cometidos por los Funcionarios y ex Funcionarios; Que, como resultado de la revision a la documentacion proporcionada por la administracion de la EPS SEDAJULIACA S.A., la Comision Auditora evidencio que desde el ano 1999 ex funcionarios de la entidad autorizaron la habilitacion de fondos y de viaticos, a diversos funcionarios y servidores para las adquisiciones de bienes y servicios sorteando los procedimientos y a traves de la correspondiente Unidad Organica, argumentando casi en todas las oportunidades necesidades urgentes para la gestion de la Empresa, sin embargo la documentacion que adjuntan en las rendiciones de cuenta, los ejecutores de las referidas habilitaciones de fondos, y viaticos, no muestran la urgencia que se esgrimio al otorgarse los fondos, evidenciandose que han presentado documentos de gastos no autorizados, con fechas anteriores a las autorizaciones, asimismo fueron sustentados con documentacion irregular, advirtiendose ademas que dichos servicios finalmente no fueron brindados a la entidad, ocasionando un perjuicio economico a la entidad por S/. 38 580,72; hechos que evidencian indicios razonables que hacen presumir la comision de los delitos de Abuso de Autoridad en la modalidad de Omision de Funciones, Peculado y Contra la Fe Publica, en la modalidad de Falsificacion de Documentos, previstos y penados en los ar ticulos 377º, 387º y 427º del Codigo Penal, respectivamente; Que, de acuerdo a lo establecido al literal d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, constituye atribucion de este ente tecnico rector del Sistema Nacional de Control, disponer el inicio de las acciones legales pertinentes en forma inmediata, a traves del Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, en el caso que en la ejecucion directa de una accion de control se encuentre dano economico o presuncion de ilicito penal, para que inicie las acciones legales correspondientes contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; y, De conformidad con lo establecido en el inciso d) del articulo 22º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, el Decreto Ley Nº 17537 y sus modificatorias; SE RESUELVE:

ORGANISMOS AUTONOMOS CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delitos de peculado, contra la fe publica y otros
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 452-2005-CG MORDAZA, 11 de octubre de 2005 VISTO: el Informe Especial Nº 290-2005-CG/ORPU, resultante del Examen Especial practicado en la Entidad Prestadora de Servicios de Saneamiento SEDAJULIACA S.A. periodo comprendido del 1 de enero al 31 de diciembre de 2002, ampliandose a operaciones anteriores y posteriores al periodo citado, a fin de incluir la revision de la contratacion de services, asi como la ejecucion de determinadas obras efectuadas en el ano 1999; y, CONSIDERANDO:

Articulo Unico.- Autorizar al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la Contraloria General de la Republica, para que en nombre y representacion del Estado, inicie las acciones legales referidas a los hechos expuestos, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiendose para el efecto los antecedentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese, MORDAZA MORDAZA MORDAZA Contralor General 17578 RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 453-2005-CG MORDAZA, 11 de octubre de 2005 VISTO, el Informe Especial Nº 291-2005-CG/ORAR, resultante del Examen Especial efectuado a la Municipalidad Distrital de Socabaya por el periodo comprendido del 1.Ene.2002 al 31.Dic.2003, relacionados a los hechos que se revelan; y, CONSIDERANDO:

Que, el Examen Especial practicado a la Entidad Prestadora de Servicios y Saneamiento SEDAJULIACA S.A., corresponde a una accion de control no programada dentro del Plan Operativo de la Oficina Regional de Control MORDAZA de la Contraloria General de la Republica, dispuesto por el Despacho del senor Contralor General de la Republica, a fin de evaluar el resultado de cumplimiento de la normativa vigente a nivel de sus sistemas administrativos y operativos, asi como a la verificacion de las denuncias

Que, en cumplimiento del Plan Operativo de la Oficina Regional de Control MORDAZA para el ano 2004, se efectuo un examen especial a la Municipalidad Distrital de Socabaya; Que, como resultado de la accion de control practicada, la Comision Auditora ha evidenciado que en el MORDAZA de Seleccion de Menor Cuantia Nº 01-2003-CAABS-MDS, cuyo objeto fue la adquisicion de un (01) Camion Cisterna para

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