Norma Legal Oficial del día 17 de octubre del año 2005 (17/10/2005)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, lunes 17 de octubre de 2005

EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Consejo de fecha 5 de octubre del 2005, con el MORDAZA unanime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; ACUERDA: Articulo Unico.- Autorizar el viaje en Comision de Servicios al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Director Regional de la Produccion, al senor AMES MORDAZA MORDAZA, Gerente de la Subregion de MORDAZA MORDAZA y al senor MORDAZA GRIPPA JOCHAMOWITZ, Consejero Regional de la provincia de MORDAZA MORDAZA, a fin de participar en el evento "Investigacion y Ordenamiento de la Actividad Pesquera Comercial en las zonas de Aprovechamiento Compartido del rio Amazonas", la misma que se llevara a cabo en la MORDAZA de MORDAZA - Colombia, entre los dias 13 y 14 de octubre del 2005. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente 17617

Visto en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 29 de setiembre de 2005, el Oficio Nº 001-090-00002762 emitido por el Servicio de Administracion Tributaria - SAT, que adjunta el expediente de ratificacion de la Ordenanza Nº 175-MPL, modificada por la Ordenanza Nº 183-MPL, mediante la cual la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre establece el servicio de estacionamiento vehicular temporal en su circunscripcion; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser ratificadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripcion para su entrada en vigencia y exigibilidad; Que, por Edicto Nº 227, se otorgo al Servicio de Administracion Tributaria- SAT, la facultad de emitir opinion tecnica acerca de las Ordenanzas que sobre materia tributaria hubieren aprobado las Municipalidades Distritales y que MORDAZA sometidas a la ratificacion del Concejo de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, a traves de la Ordenanza Nº 739 se aprobo la Ordenanza MORDAZA de la Tasa de Estacionamiento Vehicular Temporal en la Provincia de MORDAZA, estableciendo en su Primera Disposicion Transitoria, la obligacion de las Municipalidades Distritales que cuenten con Ordenanzas que regulen el servicio de estacionamiento vehicular de presentar sus solicitudes de ratificacion dentro de los plazos establecidos en la Ordenanza Nº 727, es decir para el estacionamiento vehicular en zonas de MORDAZA hasta el ultimo dia habil del mes de MORDAZA, todo ello con la finalidad de adaptarse a las disposiciones contenidas en la citada Ordenanza MORDAZA y en la Directiva Nº 001-006-00000005, que establece los criterios y metodologia para la estimacion de ingresos y determinacion de la tasa a cobrar por el servicio de estacionamiento vehicular; Que, mediante Oficio Nº 215-2005-MPL/OSG del 01.09.2005, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre reingreso su solicitud de ratificacion de su Ordenanza Nº 175-MPL, MORDAZA modificada por la Ordenanza Nº 183MPL, por medio de la cual establece el servicio de estacionamiento vehicular temporal su circunscripcion distrital; Que, la Ordenanza Nº 607, publicada el 24 de marzo de 2004, establecio un MORDAZA procedimiento para la ratificacion de las ordenanzas tributarias, motivo por el cual resulta de aplicacion para el presente procedimiento de ratificacion; Que, en lo que respecta a la potestad tributaria de las Municipalidades, los articulos 74º y 195º de la Constitucion Politica establecen la facultad de estas para aprobar, crear, modificar y suprimir tributos. En el mismo sentido, el articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por el Decreto Supremo Nº 156-2004EF, establece la potestad municipal para crear, modificar y suprimir tributos; Que, en el ambito de la provincia de MORDAZA, el articulo 26º de la Ordenanza Nº 739 establece que la creacion, modificacion y extincion de la tasa de estacionamiento se efectua a traves del instrumento legal de la Ordenanza Municipal; Que, en el presente caso y en ejercicio de sus facultades, mediante Ordenanza Nº 175-MPL, modificada por la Ordenanza Nº 183-MPL, la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre establecio el servicio de estacionamiento vehicular temporal en su circunscripcion; Que, el articulo 7º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributaria, aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99EF, dispone que el deudor tributario es la persona obligada al cumplimiento de la prestacion tributar ia como contribuyente o responsable. En este sentido, la diferencia entre contribuyente y responsable radica en que el primero realiza el hecho generador de la obligacion tributaria, en tanto que el responsable, es aquel que sin tener la condicion de contribuyente, debe cumplir la obligacion atribuida a este; Que, en el presente caso, cabe mencionar que el articulo 2º de la Ordenanza Nº 175-MPL establece que son deudores tributarios, los conductores de los vehiculos, cuando estacionen sus vehiculos en las zonas habilitadas para la prestacion del servicio de estacionamiento vehicular; Que, el articulo 68º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal senala que las tasas por estacionamiento vehicular son aquellos tributos que debe pagar todo aquel que estacione su vehiculo en las zonas comerciales, o de alta confluencia vehicular, establecidas

Autorizan viaje de representante del Gobierno Regional a Nicaragua para participar en taller sobre transporte acuatico y formas de MORDAZA
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 098-2005-SO-GRL
Iquitos, 6 de octubre del 2005 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Consejo de fecha 6 de octubre del 2005, con el MORDAZA unanime del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas en la Ley Organica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902; ACUERDA: Articulo Unico.- Autorizar el viaje del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en representacion del Gobierno Regional de MORDAZA a fin de par ticipar en el "Taller Latinoamericano sobre Transporte Acuatico y Formas de Vida" a realizarse en la MORDAZA de Bluefield - Nicaragua del 24 al 27 de octubre del 2005; cabe indicar que parte de los gastos seran cubiertos por los organizadores del evento (transporte, hospedaje y alimentacion en Nicaragua) y los gastos al interior del MORDAZA sera financiado por el Gobierno Regional de MORDAZA hasta por un monto de MIL DOSCIENTOS SETENTICUATRO Y 30/100 NUEVOS SOLES (S/. 1274.30). POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA RIVADENEYRA MORDAZA Presidente 17618

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE MORDAZA
Ratifican las Ordenanzas Nºs. 175 y 183-MPL de la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre que establecen servicio de estacionamiento vehicular temporal
ACUERDO DE CONCEJO Nº 303
MORDAZA, 29 de setiembre de 2005

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