TEXTO PAGINA: 25
PÆg. 302789 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de octubre de 2005 Químicos a Nivel Internacional - SAICM, que se llevó a cabo en Viena, Austria, del 19 al 24 de setiembre de 2005 la cual estuvo conformada de la siguiente manera: - Ingeniera Vilma Morales Quillama, Jefe del Área de Protección de Recursos Naturales, Flora y Fauna, de la Dirección General de Salud Ambiental (DIGESA) quien lapresidirá; - Ingeniero Genaro Lira Cordero, especialista de la Dirección de Insumos Agrícolas, del Servicio Nacional deSanidad Agraria (SENASA); y, - Tercera Secretaria en el Servicio Diplomático de la República, Denisse Marielle Luyo López funcionaria de laRepresentación Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Viena, Austria. Artículo Segundo.- La participación de los citados funcionarios no irrogó gasto alguno al Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 17976 Oficializan evento "33era. Sesión del Programa Externo de la Academia deDerecho Internacional de La Haya" quese realizarÆ en Lima RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1157-2005-RE Lima, 21 de octubre de 2005 VISTA: La carta de fecha 23 de junio de 2005, mediante la cual el Secretario General de la Academia de Derecho Internacional de La Haya, informa que su institución ha aceptado la invitación formulada por el Ministerio de Relaciones Exteriores y laPontificia Universidad Católica del Perú, para realizar la 33era Sesión del Programa Externo de la Academia de Derecho Internacional de La Haya, que se llevará a cabo en la ciudadde Lima, del 5 al 16 de diciembre de 2005; La Hoja de Trámite (GAC) Nº 5442 del Gabinete de Coordinación del Viceministro y Secretario General deRelaciones Exteriores que instruye conocer la disponibilidad presupuestal para atender la organización del evento y el Memorando (SAD-DGA-PTT) Nº 3083-2005 de laSecretaría de Administración que informa que se programará en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios para el mes de diciembre del presente año, lasuma necesaria a fin de atender el referido evento; CONSIDERANDO: Que, la Academia de Derecho Internacional de La Haya ha honrado a nuestro país otorgándole la sede de la 33era Sesión del Programa Externo de DerechoInternacional, el cual viene siendo organizado conjuntamente por ese prestigioso Centro de Estudios, el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú y laPontificia Universidad Católica del Perú; Que el citado evento ha sido programado para llevarse a cabo del 5 al 16 de diciembre de 2005, en la ciudad de Lima; Que, el mencionado evento congregará a un selecto grupo de profesores y alumnos participantes de Argentina, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Ecuador, Guyana,Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay y Venezuela, que se abocarán al estudio en un alto nivel científico del Derecho Internacional Público; que para tal efecto, deberánrealizarse trabajos preparatorios y coordinaciones tanto internas como internacionales, para lo cual se ha constituido un grupo de trabajo integrado por funcionariosdiplomáticos de Cancillería y miembros de la planta docente del Instituto de Estudios Internacionales de la Pontificia Universidad Católica del Perú; Que, contribuirá a la formación y especialización en el ámbito jurídico de profesionales del mundo académico, abogados y funcionarios Diplomáticos;De conformidad con los artículos 1º y 2º del Decreto Supremo Nº 001- 2001-RE, de 3 de enero de 2001 y el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 29 dediciembre de 1992; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Oficializar el evento "33era Sesión del Programa Externo de la Academia de DerechoInternacional de La Haya", que se llevará a cabo en la ciudad de Lima, del 5 al 16 de diciembre de 2005. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione la organización del evento que se oficializa por la presente Resolución, serán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal (Meta 021 Integración Política y NegociacionesEconómicas Comerciales) y la cooperación de la Academia de Derecho Internacional de La Haya y la Pontificia Universidad Católica del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR MAÚRTUA DE ROMAÑA Ministro de Relaciones Exteriores 17977 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Aceptan renuncia de Director del Centro de Conciliación y Arbitraje del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 303-2005-TR Lima, 20 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, la Cuarta Disposición Complementaria del Decreto Legislativo Nº 910, Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador, crea el Centro de Conciliación yArbitraje del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, como órgano de derecho público autónomo y especializado, encargado de brindar los servicios de conciliación y arbitrajeen materia laboral; Que, el Estatuto del Centro de Conciliación y Arbitraje del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobadopor Resolución Ministerial Nº 050-2001-TR, establece entre otros, que el Centro estará a cargo de un Director, quien es la máxima autoridad, así como de una SecretaríaTécnica General encargada de prestar apoyo y asesoramiento a la Dirección y al Consejo Consultivo; Que, el Artículo 7º del citado Estatuto, prescribe que el Director es designado mediante Resolución Ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por un período de dos (2) años y mientras dure su designaciónestá impedido de intervenir personalmente como árbitro, asesor o conciliador, en litigio alguno sometido a arbitraje o conciliación en el Centro; Que, en mérito a lo expuesto, mediante Resolución Ministerial Nº 243-2004-TR, de fecha 15 de setiembre de 2004, se designó al señor Hernán Sandoval Colquicocha,como Director del Centro de Conciliación y Arbitraje del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, el citado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente; Que, en mérito a lo expuesto, resulta conveniente emitir el acto administrativo mediante el cual se acepta larenuncia del mencionado servidor; Con la visación del Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27711, Ley del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el Decreto Legislativo Nº 910, Ley General de Inspeccióndel Trabajo y Defensa del Trabajador; la Resolución Ministerial Nº 050-2001-TR, que aprueba el Estatuto del Centro de Conciliación y Arbitraje del Ministerio de Trabajoy Promoción del Empleo; y el literal d) del Artículo 12º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado porResolución Ministerial Nº 173-2002-TR;