TEXTO PAGINA: 33
PÆg. 302797 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de octubre de 2005 Que, con cartas C. 690-DJR/2005 registro P/D Nº 049540, C. 729-DJR/2005 registro P/D Nº 052179 y C. 757-DJR/2005 registro P/D Nº 053663 de fechas 10, 22 y 31 de agosto de 2005, la empresa TELMEX PERÚ S.A. enrespuesta al Oficio Nº 249-2005-MTC/17, propone prestar el servicio telefónico fijo local, en forma gratuita, a determinadas entidades estatales, donde preste elmencionado servicio a través de las bandas de 452,5 - 457,5 MHz y 462,5 - 467,5 MHz; Que, mediante Informe Nº 446-2005-MTC/17.01.ssp., la Dirección de Concesiones y Autorizaciones de Telecomunicaciones de la Dirección General de Gestión de Telecomunicaciones, opina que es procedente modificarel contrato de concesión de titularidad de la empresa TELMEX PERÚ S.A.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, el Texto Único Ordenado de su Reglamento General aprobado por Decreto SupremoNº 027-2004-MTC, con su modificatoria y el Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; Con la opinión favorable del Director General de Gestión de Telecomunicaciones y del Viceministro de Comunica- ciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el contrato de concesión aprobado por Resolución Ministerial Nº 528-2002-MTC/ 15.03, modificado por Resoluciones Ministeriales Nºs. 376- 2003-MTC/03, 1035-2003-MTC/03 y 336-2005-MTC/03, ypor Resoluciones Directorales Nºs 335-2003-MTC/17, 486- 2004-MTC/17 y 633-2004-MTC/17, a fin de incorporar el numeral 6.12 en la Cláusula Sexta, el cual esta referido ala obligación de la empresa TELMEX PERÚ S.A., de prestar el servicio concedido de manera gratuita en centros educativos estatales y hospitales, donde utilice las bandasde frecuencias 452,5 - 457,5 MHz y 462,5 - 467,5 MHz, conforme a los términos que se indican en la Adenda que se aprueba en esta resolución. Artículo 2º.- Aprobar la Adenda mediante la cual se modifica el contrato de concesión aprobado y modificado por las resoluciones indicadas en el artículo precedente;autorizándose al Director General de Gestión de Telecomunicaciones a suscribir la Adenda en representación del Ministerio de Transportes yComunicaciones, así como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevación a Escritura Pública del referido contrato y de las Adendas que se suscriban almismo. Artículo 3º.- La presente resolución quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita elacto administrativo correspondiente, si la Adenda no es suscrita por la empresa TELMEX PERÚ S.A. en el plazo máximo de sesenta (60) días hábiles computados a partirde su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17889 VIVIENDA Aprueban donación de maquinaria a favor de la Municipalidad Distrital dePampacolca para la implementación demaquicentro RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 263-2005-VIVIENDA Lima, 18 de octubre de 2005 Vistos; el Oficio Nº 030-2004-MDP de fecha 10 de febrero de 2004, presentado por la Municipalidad Distrital de Pampacolca, provincia de Castilla, departamento deArequipa; el Informe Técnico Nº 070-2005/VIVIENDA/ VMCS-PREBAM-ARR del Programa de Equipamiento Básico Municipal y el Memorándum Nº 086-2005-VIVIENDA/OGA-CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto de Urgencia Nº111-96 se dispuso la adquisición de maquinaria para la industria delcalzado, confección y tejido, procedentes de la República Popular China con la finalidad de equipar a pequeños y microempresarios; dicha norma fue modificada porDecreto de Urgencia Nº 023-97, con el que se autorizó a destinar y transferir hasta el cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital adquiridos vía el Decreto deUrgencia Nº 111-96 a entidades educativas del país, asimismo mediante Decreto de Urgencia Nº 086-97 se modificó el Decreto de Urgencia Nº 023-97 disponiendoque del saldo del cincuenta por ciento (50%) de los bienes de capital, se podrían transferir en calidad de donación a los centros educativos estatales y a organizacionessociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social sin fines de lucro; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministerios regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, determinándose el número de Ministerios, entrelos cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposición Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, según corresponda, asumía lascompetencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Básico Municipal y los órganosde apoyo, control, defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento es un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organización y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacióny Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002- VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar las condiciones de vida de la población facilitando su acceso a una viviendaadecuada y a los servicios básicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservación, mantenimiento y protección de los centros de población y sus áreas deinfluencia, fomentando la participación de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversión privada; Que, a través del Oficio de Vistos, el Sr. Vicente Justino Cárcamo Huamaní, Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pampacolca, solicitó al Ministerio de Vivienda, Construccióny Saneamiento la donación de Maquicentros; Que, mediante Memorándum Nº 166-2005/VIVIENDA- VMCS-PREBAM el Programa de Equipamiento BásicoMunicipal remitió el Informe Técnico Nº 070-2005/ VIVIENDA-VMCS-PREBAM-ARR, a través del cual expresó su conformidad en atención a las consideracionestécnicas del expediente de solicitud de donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del Programa de EquipamientoBásico Municipal - PREBAM y actuando de conformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los actos de disposición debienes muebles no patrimoniales asumidos por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para ser transferidos, aprobada vía la Resolución de SecretaríaGeneral Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opina por la procedencia de la donación de la maquinaria detallada en el Anexo que forma parte integrante de la presenteResolución; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la donación de la maquinaria que se detalla en el Anexo 1,que forman parte integrante de la presente Resolución, a favor de la Municipalidad Distrital de Pampacolca, provincia de Castilla, departamento de Arequipa, con la finalidad deimplementar un maquicentro para la Institución Educativa del Nivel Primario de Menores Nº 40140; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37º del Decreto Legislativo Nº 560, modificado por la Ley Nº 27779, Ley Nº 27792 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA;