Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (22/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 302794 NORMAS LEGALES Lima, sábado 22 de octubre de 2005 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra persona natural porpresunta responsabilidad civil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 725-2005-MTC/11 Lima, 19 de octubre de 2005 CONSIDERANDO: Que, con Resolución Directoral Nº 0413-2005-MTC/ 11, de fecha 6 de abril de 2005, se declaró la extinción por causal de fallecimiento y la exclusión de la Planilla Única de Pagos de la pensionista CELIA JUANA POLOPOLO Vda. de ÁNGELES, autorizándose a la Dirección de Remuneraciones y Pensiones para que proceda a establecer la posible responsabilidad pecuniaria que sehubiere generado por cobro indebido o pago en exceso de pensión; Que, con Resolución Directoral Nº 0681-2005-MTC/ 11 del 6 de junio de 2005, notificada el 20 de agosto de 2005 se estableció responsabilidad pecuniaria contra don OSCAR AUGUSTO ÁNGELES POLO, ascendente a lasuma de cuatro mil seiscientos y 57/100 nuevos soles (S/. 4,600.57). Asimismo, se dispuso que la Dirección de Tesorería aplique los intereses de acuerdo a la Tasa deInterés Legal efectiva; Que, el Director de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General de Recursos Humanos, manifiesta quecon Oficio Nº 1295-2005-MTC/11 se notificó la Resolución Directoral Nº 0681-2005-MTC/11, siendo recepcionado dicho resolutivo el 20 de agosto de 2005; Que, mediante Informe Nº 1125-2005-MTC/11.AL, de fecha 19 de setiembre de 2005, la Asesora Legal de la Oficina General de Recursos Humanos señala quehabiendo transcurrido el plazo de ley, don OSCAR AUGUSTO ÁNGELES POLO no ha interpuesto recurso administrativo contra la Resolución Directoral Nº 0681-2005-MTC/11 habiéndose agotado la vía administrativa, por lo que resulta pertinente autorizar al Procurador Público del Ministerio de Transportes y Comunicacionespara el recupero de la suma antes citada incluyendo los intereses legales correspondientes; Que, la responsabilidad pecuniaria es aquella obligación de origen legal y contenido patrimonial que tiene por finalidad el resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados al Estado; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, concordante con el Decreto Ley Nº 17537, Ley de Defensa yRepresentación del Estado en Juicio, la defensa de los intereses del Estado está a cargo de los Procuradores Públicos; Que, el artículo 2º del Decreto Ley Nº 17537, señala que los Procuradores Públicos tienen la plena representación del Estado en juicio y ejercitan su defensaen todos los procesos y procedimientos en los que actúe como demandante, demandado, denunciante o parte civil; Que, el artículo único del Decreto Ley Nº 17667, publicado el 28 de mayo de 1969, establece que para demandar y/o formular denuncias a nombre del Estado, es necesaria la expedición previa de la ResoluciónMinisterial autoritativa; Que, de acuerdo con lo informado por el Director de Remuneraciones y Pensiones de la Oficina General deRecursos Humanos, con Oficio Nº 1295-2005-MTC/11 se notificó la Resolución Directoral Nº 0681-2005-MTC/11, siendo recepcionado dicho resolutivo el 20 de agosto de2005; Que, conforme a lo señalado por la Asesora Legal de la Oficina General de Recursos Humanos en su InformeNº 1125-2005-MTC/11.AL, de fecha 19 de setiembre de 2005, y habiendo transcurrido el plazo de ley sin que don OSCAR AUGUSTO ÁNGELES POLO, haya interpuestorecurso administrativo contra la Resolución Directoral Nº 0681-2005-MTC/11, ha quedado agotada la vía administrativa, por lo que debe autorizarse al ProcuradorPúblico del Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el recupero de la suma ascendente a cuatro mil seiscientos y 57/100 nuevos soles (S/.4,600.57)incluyendo los intereses legales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, Decretos LeyesNºs. 17537 y 17667, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 041-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes yComunicaciones, para que en representación y defensa de los intereses del Estado, inicie y culmine las acciones legales que correspondan contra don OSCAR AUGUSTOÁNGELES POLO, por los hechos descritos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes del caso al mencionado Procurador Público, para los fines correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSE JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 17888 Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra persona jurídica por incumplir obligaciones de contrato de arrendamiento de inmueble RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 729-2005-MTC/10 Lima, 19 de octubre de 2005VISTO: El Memorándum Nº 2495-2005-MTC/10 y sus antecedentes, en los que se solicita la autorización para que el Procurador Público encargado de los asuntosjudiciales del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, proceda a la interposición de las acciones legales que correspondan contra la empresa Nitratos S.R.L.; CONSIDERANDO: Que, mediante Contrato de Arrendamiento suscrito con fecha 5 de julio de 2000, el Ministerio de Transportes yComunicaciones otorgó en arrendamiento a la empresa Nitratos S.A. (actualmente Nitratos S.R.L.), el inmueble ubicado en la Av. Néstor Gambetta (carretera a Ventanilla)Kilómetro 4.7, que forma parte del ex Fundo Bocanegra compuesto de terrenos, edificaciones y pozos de agua, en la Provincia Constitucional del Callao, el cual estáconstituido por: a) un terreno principal no ribereño al mar, inscrito en el asiento 10, foja 8 del tomo 178 que continúa en la Ficha Nº 58214 del Registro de Predios del Callao;b) un terreno ribereño al mar, ubicado al norte de la desembocadura del río Rímac, inscrito en los asientos 1 y 2 fojas 353 y 354 del tomo 148 del Registro de Prediosdel Callao que continúa en la Partida Electrónica Nº 070008965 y c) un terreno ribereño al mar, ubicado entre la Prolongación de la Calle Bahía de Paracas y elKilómetro 4.5 de la Prolongación de la Av. Néstor Gambetta (Av. Ventanilla) distrito y provincia Constitucional del Callao, según consta en la FichaNº 48628 que continúa en la Partida Electrónica Nº 70087820 del Registro de Predios del Callao; Que, mediante Memorándum Nº 2495-2005-MTC/10 del 22 de setiembre de 2005, la Oficina General de Administración, remitió el Informe Nº 173-2005-MTC/10.05 del 21 de setiembre de 2005, por el cual, la Dirección dePatrimonio informa que mediante Oficios Nºs. 569 y 698- 2002-MTC/15.12 de fechas 31 de agosto y 17 de octubre de 2002 respectivamente, se comunica a la empresaNitratos S.A., la resolución de pleno derecho del contrato de arrendamiento suscrito con fecha 5 de julio de 2000, debido al incumplimiento de las obligaciones estipuladasen la Cláusula Sétima del mismo, referido al pago puntual de los arbitrios municipales. Asimismo, indica que la empresa Nitratos S.R.L. no se ha pronunciado respectode la devolución del predio de propiedad del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo vencido los treinta (30) días otorgados desde la comunicación del 6de setiembre de 2005, para la desocupación del mismo. Con ello, recomienda se autorice al Procurador Público