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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2005 (30/10/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 303287 NORMAS LEGALES Lima, domingo 30 de octubre de 2005 del Pliego respectivo, la misma que deberá ser publicada en el Diario Oficial El Peruano antes del inicio de la comisión de servicios; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio deTransportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares aeronáuticos internacionalesestablecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debemantener un programa anual de vigilancia sobre la seguridad operacional a través de la ejecución de inspecciones técnicas a los explotadores aéreos en el país, basado en lasdisposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estándares de la Organización de Aviación Civil Internacional; Que, la empresa Tans Perú, con Carta TANS-GOPE-JINS- Nº 0241/05, del 13 de octubre de 2005, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aeronáutica Civil (Evaluación dePersonal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección General de Aeronáutica Civil, efectuar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737-200, en el Centro de Entrenamientode UNITED SERVICES de la ciudad de Denver, Colorado, a su personal aeronáutico propuesto, durante el día 2 de noviembre de 2005; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotación Nºs. 29324 y 29325, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitación correspondienteal Procedimiento a que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresa solicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticosy la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de InspecciónNº 2040-2005-MTC/12.04-SDO designando al Inspector Félix Alberto Alvarez Zevallos, para realizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipo Boeing 737-200, en el Centrode Entrenamiento de UNITED SERVICES, al personal aeronáutico propuesto por la empresa Tans Perú, en la ciudad de Denver, Colorado, Estados Unidos de América, durante losdías 1 al 3 de noviembre de 2005; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos a que se contrae laOrden de Inspección Nº 2040-2005-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, el Decreto de Urgencia Nº 015-2004 y el Decreto SupremoNº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Félix Alberto Alvarez Zevallos, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Denver, Colorado,Estados Unidos de América, durante los días 1 al 3 de noviembre de 2005, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por la empresa Tans Perú a través de los Recibos de AcotaciónNºs. 29324 y 29325, abonados a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyendo las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa por usode aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 660.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el Artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendariosiguientes de efectuado el viaje, deberá presentar un informe al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportesy Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos oderechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 18379 PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL Crean Juzgado de Paz con sede en el Centro Poblado Pampa Camona,Distrito Judicial de Junín RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 194-2005-CE-PJ Lima, 8 de setiembre del 2005 VISTOS:El Oficio Nº 286-2005-P-CSJJU/PJ cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín y elInforme Nº 044-2005-SEP-GP-GG-PJ de la Gerencia General del Poder Judicial; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Junín, remite a este Órgano de Gobierno propuesta de creación de un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Pampa Camona, distrito de Pichanaki, provincia deChanchamayo, departamento y Distrito Judicial de Junín; solicitada por las autoridades de la referida localidad; Que, la solicitud se fundamenta en tener una población aproximada de 3,535 habitantes, conjuntamente con los Anexos Nueva Florencia, Imperial Perené, Primavera, Vista Alegre, Alto Kimiriki, Tres Aguas, Centro Agua Dulce, UniónProgreso, Alto Shori, Unión Florida y Cerro Venado, así como en la necesidad de contar con una autoridad judicial, teniendo en cuenta que el Juzgado de Paz más próximose encuentra ubicado en la localidad de Pichanaki a 24 kilómetros de distancia, lo que representa para los pobladores trasladarse a pie durante aproximadamente 3horas o 1 hora en auto; por cuya razón no tienen acceso a un oportuno y eficaz servicio de administración de justicia; Que el Informe Nº 044-2005-SEP-GP-GG-PJ remitido por la Gerencia General del Poder Judicial, concluye que es factible la creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Pampa Camona, distrito de Pichanaki, provinciade Chanchamayo, departamento y Distrito Judicial de Junín Que, por el número de habitantes a los que beneficiaría el Juzgado de Paz, entre los que sepresentan conflictos de naturaleza Civil: deudas de mínima cuantía, incumplimiento de obligaciones; Penal: faltas contra la persona, faltas contra el patrimonio,violencia familiar; Familia: Alimentos de menores, reconocimiento de menores; Laboral: pago de jornal, autorización de trabajo de menores de edad,incumplimiento de faenas; y Notarial: legalización de documentos; y siendo objetivo de este Poder del Estado administrar justicia en forma rápida y eficaz, resultaprocedente la petición que se formula; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones con arregloa lo establecido en el inciso 24) del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de conformidad con el Informe de fojas 69 a72, en sesión extraordinaria de la fecha, sin las intervenciones de los señores Consejeros Javier Román Santistéban y José Donaires Cuba por razonesde salud y encontrarse de vacaciones, respectivamente, por unanimidad: